ACCIONES Y OMISIONES DE MEDIO SIGLO DE HISTORIA QUE HAN DETERMINADO EL TRATAMIENTO JUDICIAL BRINDADO A MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CARABINEROS.

En 1970, en medio de la “Guerra Fría” entre las potencias occidentales, lideradas por Estados Unidos y las del este, sometidas a la URSS (Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas), América Latina era un campo de batalla en que dicha guerra fría se tornaba “caliente” por la disputa del control territorial y político del continente, al llevarse a cabo por parte de los movimientos revolucionarios inspirados en el marxismo, una “guerra de guerrillas” a fin de implantar lo que en la doctrina se denomina la “dictadura del proletariado”, utopía que, como lo atestigua la historia, sólo ha llegado a la “dictadura del partido comunista”, terminando por caer estrepitosamente en todos los países en que logró imponerse, a excepción de Cuba, Vietnam y más recientemente Nicaragua y Venezuela. China es un caso aparte, ya que, gobernada férreamente por el Partido Comunista, ha implementado en lo económico un capitalismo extremo en que la clase trabajadora es sólo un medio de producción más, carente de libertad y por ende de los derechos que, en mayor o menor medida, gozan los trabajadores del resto de los países más o menos civilizados del mundo.

Tras la instauración de una dictadura marxista en Cuba, lograda por Fidel Castro y Ernesto Che Guevara con el apoyo de los Estados Unidos de Norteamérica, que puso término a la dictadura de Fulgencio Batista, el modelo de lucha se exportó al resto de América Latina, esta vez con el apoyo de la URSS y la oposición de Estados Unidos y todo el continente se convirtió en un campo de batalla en el que las dos grandes potencias se enfrentaron militarmente por el control del continente, respaldando cada una a sus fuerzas aliadas, esto es, regímenes democráticos establecidos, por una parte y movimientos revolucionarios armados organizados bajo la modalidad de guerrillas, por la otra.

En un hecho inédito en el mundo, en Chile es elegido por vía democrática un gobernante marxista que, no obstante obtener sólo poco más de un tercio de los sufragios, fue ratificado por el Congreso Nacional, previa suscripción de un Pacto de Garantías de respeto a la institucionalidad democrática que, como es público conocimiento, fue incumplido, procurándose sustituir dicha institucionalidad por una de carácter totalitario inspirada en la doctrina marxista, conformándose grupos armados de apoyo, al igual que en el resto del continente, para asegurar materialmente el poder, previendo que éste pudiera perderse en futuras elecciones o como resultado del alzamiento de los opositores. La prensa de la época, al alcance de cualquier interesado, así lo acredita, desvirtuando la sistemática tergiversación posterior de los hechos. La lucha revolucionaria era promovida abiertamente por amplios sectores del propio gobierno que sostenían que la democracia pudo ser la vía para acceder al poder pero no para conservarlo, lo que sólo se lograría por medio de la fuerza, toda vez que, a poco andar, la oposición al gobierno superaba ampliamente a sus adherentes.

Por entonces visita Chile Fidel Castro quién aconseja a Salvador Allende movilizar a sus partidarios para tomar el control material de calles, industrias y campos que permita llevar a cabo una auténtica revolución para implantar un sistema similar al de Cuba, estimando que, de lo contrario, el proceso fracasaría inevitablemente, ya que la consolidación del régimen dependería del resultado de una confrontación final con las fuerzas opositoras. Una postura similar sostiene públicamente el senador socialista Carlos Altamirano quien, uniendo la acción a la palabra, se transforma en líder y actor protagónico de la violencia generalizada que se desencadena en el país y lleva a los chilenos a una profunda división que deriva en violentos enfrentamientos.

El gobierno cede a la presión de los violentistas radicalizados, a quienes califica de “jóvenes idealistas”, incumpliendo las resoluciones de los tribunales de justicia en todos aquéllos casos en que éstos se pronunciaban sancionando las acciones violentas llevadas a cabo por los extremistas organizados en brigadas armadas, cuyo es el caso del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), el Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU), el Frente Manuel Rodríguez (FPMR), la Izquierda Cristiana y la Brigada Ramona Parra, entre otros, las que consistían en la usurpación violenta de, campos, industrias, comercios, viviendas, etc., asaltos a instituciones financieras, incluidos actos terroristas y asesinatos, todo lo cual, ante la imposibilidad de dar efectividad al derecho para restablecer el imperio de la ley, lleva a amplios sectores opositores a organizarse para enfrentar estos hechos, dotándose de medios al efecto, entre ellos armamento y llevando a cabo acciones preventivas o punitivas, ante lo cual el propio gobierno anuncia, a su vez, la organización de “cordones industriales” conformados por trabajadores armados cuya misión era defender las industrias “tomadas”, despojando del dominio a sus legítimos dueños y entregándolas a “interventores designados”.

En reiteradas ocasiones el gobierno se ampara en los denominados “resquicios legales” para sortear las leyes que entraban su accionar, pero de manera progresiva prescinde de ellas, vulnerándolas abiertamente. Varios Ministros de Estado son acusados constitucionalmente y destituidos, por lo que deben hacer dejación del cargo, pero son designados inmediatamente por el presidente en otra cartera, burlándose abiertamente las sentencias.

El país se sume en una crisis política, social y económica extrema, con una violencia generalizada y con un gobierno acusado de violar la Constitución y las leyes por parte de la Corte Suprema de Justicia y del Senado de la República.

El presidente Allende, prescindiendo del carácter apolítico y no deliberante de militares y carabineros, los involucra en la contingencia designándolos ministros en diversas carteras de estado, ajenas a su cometido, comprometiendo a las Fuerzas Armadas en misiones del todo impopulares y repudiadas por la ciudadanía. Cabe hacer notar que ningún régimen marxista se ha consolidado en el mundo sino es con el control previo del poder militar, lo que es acreditado en América por los gobiernos de Cuba, Venezuela y Nicaragua. De más está hacer referencia a Rusia, Bulgaria, Checoeslovaquia, Hungría, Yugoslavia, Polonia, Alemania del Este, China, Vietnam, etcétera. Razonable es presumir que Salvador Allende perseguía el mismo objetivo al incorporarlos a su gabinete.

El propio Senado de la República y la Corte Suprema de Justicia, declaran formalmente la ilegalidad del régimen e instan a las Fuerzas Armadas a intervenir a fin de poner término a la violencia y evitar una guerra civil,  sentido en que se pronuncia expresamente el ex Presidente de la República don Eduardo Frei Montalva en su calidad de Presidente del Senado, sin duda la figura política más relevante de la época, quien brindaría su público apoyo tanto a nivel nacional como internacional a la intervención de las Fuerzas Armadas y de Orden.

Se produce dicha intervención el 11 de septiembre de 1973, ocasión en que las Fuerzas Armadas y Carabineros se emplean con todos sus medios, actuando de forma rápida, profunda y masiva, para neutralizar y vencer a los grupos armados que de forma decidida las enfrentaron durante algunas semanas, culminando las acciones con la derrota de las fuerzas afines al régimen. Hubo víctimas por ambos lados, correspondiendo la mayor cantidad de bajas a los vencidos.

Simultáneamente, en el resto del continente se enfrentaban fuerzas militares gubernamentales con movimientos guerrilleros, especialmente en Perú, Bolivia, donde pierde la vida Ernesto “Che” Guevara en enfrentamientos, inclusive, con militares norteamericanos, Uruguay, Argentina y Colombia, con decenas de miles de víctimas y desaparecidos, inmensamente superiores a las habidas en Chile, concluyendo esta fase de la “Guerra Fría” con la derrota de las fuerzas irregulares y el advenimiento de numerosos regímenes militares o dictaduras, como prefiera llamárseles, que con el tiempo dieron lugar al retorno de los gobiernos democráticos a la usanza occidental.

La relación que antecede tiene por propósito situar la intervención militar en el contexto real en que ella ocurre, no sólo en Chile sino en todo el continente y como puede apreciarse se da de forma generalizada y adquiere, en mayor o menor medida, niveles propios de una guerra en el contexto de la “guerra fría” en que se evitaba los conflictos a gran escala. De hecho, los guerrilleros exigían se les dispensara el trato de combatientes para el resguardo de sus derechos como tales.

El posterior retorno a la democracia en estos países llevó aparejada la revisión de los hechos de violencia acaecidos, lo que se da con una perspectiva histórica prescindente de la situación previamente descrita, orientada especialmente a perseguir la responsabilidad penal de los agentes del estado por violación de derechos humanos consagrados en acuerdos internacionales, dando por sentado que son los únicos victimarios, desestimando los atentados, secuestros, homicidios y víctimas causadas por quienes precisamente promovieron y llevaron a cabo la lucha armada, no ejerciéndose a su respecto acciones legales por esos hechos, como si no hubiese habido contienda alguna. Más aún, quienes participaron en “la otra violencia” fueron reconocidos como víctimas, siendo indultados e indemnizados por el estado.

¿Qué hubiese ocurrido si los vencedores hubiesen sido las fuerzas respaldadas por Rusia y Cuba? Podría tomarse como ejemplo lo ocurrido en Cuba tras la victoria de Fidel Castro y la implantación, por la fuerza, de la más férrea, implacable y duradera dictadura comunista en América, donde por décadas los disidentes fueron ejecutados en el paredón, tras simulacros judiciales con sentencias preestablecidas, contándose por miles las víctimas y dónde los crímenes de lesa humanidad nunca han sido investigados y hasta el día de hoy se condena a quienes piensan diferente y se atreven a manifestarse, a graves penas de presidio, como ha ocurrido hace sólo un par de meses.

Sin duda, la misma suerte de Cuba, en caso de haber triunfado la revolución marxista, habría corrido el resto del continente, muy especialmente Chile, que llegó a constituir un símbolo a nivel mundial bajo el argumento de haber sido el único país en que el marxismo había accedido al poder por la vía democrática y había sido derrocado, no por un país que se rebeló, sino por un mero golpe militar.  No ha habido ni un solo régimen comunista en el mundo que no se haya perpetuado en el poder con el apoyo de las armas y simultáneamente haya permitido la existencia de opositores a los cuales invariablemente ha perseguido, encarcelado y exterminado.

Lo aseverado es reflejado en el siguiente episodio, casi anecdótico: en 1998, en una causa por violación de derechos humanos, es procesado en Argentina el Almirante Emilio Eduardo Massera por la Jueza María Servini de Cubría, y en la audiencia, al hacer uso de la palabra el Almirante Massera, dirigiéndose a la Jueza, expresó: “Usted ha podido estar aquí para juzgarme porque nosotros ganamos la guerra; de lo contrario, si ellos la hubiesen ganado, ni usted ni yo estaríamos aquí.” El Almirante Massera murió privado de libertad en su casa, en 2010, en razón de que la legislación argentina, muy respetuosa de los derechos humanos, concede tal beneficio a los procesados mayores de setenta años.

Chile fue el país de la región en que se registró la menor cantidad de víctimas y donde tras el retorno a la democracia, rigurosamente ceñido a las normas constitucionales preestablecidas, tras algunos años de cierta calma se inició con el mayor rigor la persecución penal de los agentes del estado involucrados en hechos de violencia ocurridos en o derivados de la contienda antes descrita, con un criterio sorprendentemente prescindente de instituciones esenciales del derecho penal universal, tales como la prescripción, la amnistía y la cosa juzgada, que tienen el propósito de restablecer la paz social después de conflictos armados como los vividos en Chile y en el resto de los países latinoamericanos, llegándose a aplicar incluso leyes penales dictadas con posterioridad a los hechos investigados y a los tratados internacionales suscritos por Chile años después, vulnerando de esta manera el principio de la  irretroactividad de la ley penal, haciendo primar absolutamente la teoría entonces recién en boga de los “derechos humanos” que paradojalmente es interpretada en un único sentido, esto es, que únicamente los agentes del estado pueden incurrir en los tipos penales que sanciona, no  concibiéndose que las conductas terroristas o la violencia armada proveniente de fuerzas irregulares, cuyo ha sido el caso, puedan importar violaciones a los derechos humanos de la población o de los propios agentes del estado.

Como consecuencia de esta discriminatoria atribución de responsabilidades, quienes fueron actores de uno de los bandos en pugna se vieron favorecidos con el indulto, la prescripción o, en caso de alguna condena, con los beneficios carcelarios que la ley contempla. Por el contrario, los agentes del estado que han sido condenados por “violaciones de los derechos humanos”, permanecen privados de libertad hasta el término de sus días, ya que en caso de cumplir el plazo de una condena, de manera dosificada se van presentando nuevas querellas por hechos ocurridos en la misma época de la primera, que tornan ilusoria cualquier opción de libertad, ya que como los presuntos delitos han sido declarados “imprescriptibles” se puede recurrir a esta fórmula sucesiva y reiteradamente, considerando además, que dictado el nuevo auto de procesamiento la denegatoria de la libertad provisional es una constante, habida consideración de que, por las condenas previas y la gravedad de los delitos, el procesado constituye un peligro para la sociedad, aún a los 80, 90 y más años. Como cuentas de un rosario, las sucesivas causas por hechos ocurridos en una misma época, gracias a la imprescriptibilidad de los delitos por violaciones a los derechos humanos, permiten transformar las sucesivas condenas en un auténtico presidio perpetuo, con la agravante de constituir una verdadera tortura moral para quienes, cuando están por recuperar su libertad tras cumplir la condena, en virtud de esta triquiñuela procesal, sufren la tremenda angustia de saber que no lo lograrán. Digna de imitar por su sentido humanitario resulta la legislación argentina, conforme a la cual, los mayores de 70 años, como ocurre también en varios países de Europa, cumplen prisión en su domicilio. Los presos militares en Chile mueren en la cárcel porque así está resuelto de antemano. Esta oprobiosa página constituirá una mancha indeleble en la historia judicial de nuestro país.

Todo lo anterior, incluso, a pesar del expreso reconocimiento por parte de un Comandante en Jefe de una de nuestras Instituciones, en orden a que se había incurrido por parte de militares en actos constitutivos de delitos, susceptibles de ser encasillados en la doctrina de las denominadas violaciones de derechos humanos, reconocimiento efectuado de buena fe y con el propósito de contribuir a poner término a la grave crisis humana que afectó a nuestro país, proporcionándose información tendiente al esclarecimiento de los hechos y a brindar respuesta a los familiares de las víctimas y propender a las indemnizaciones que pudiese corresponder. La contrapartida, paradojalmente, fue un notable incremento de los procesos a militares, sin que hubiese de parte de quienes dieron origen a la violencia, ningún gesto o acto de conciliación para con aquéllos que, incluso siendo extremadamente jóvenes y cumpliendo órdenes superiores conforme al principio de la obediencia debida, pudieron haber incurrido en hechos que, décadas después, fueron sancionados como delitos, tras juicios que manifiestamente recibieron un tratamiento procesal espurio, en que el propósito evidente, desde la primera gestión, era el de condenar, sentándose una jurisprudencia de la Corte Suprema, Sala Penal, tan uniforme en la materia, como es difícil encontrar precedente en la historia de dicho tribunal: casi un axioma: “Dado A, tiene que ser B”. Centenares de expedientes “cortados por la misma tijera” que son verdaderas clonaciones, unos de otros, con intercambio de piezas y actuaciones de una a otra causa para conducir a una sola e inequívoca conclusión.

Ya cumpliendo condena, el ensañamiento se hace extensivo a los beneficios carcelarios, a los cuales no pueden acceder numerosos reclusos septua, octo o nonagenarios, 50 años después de la presunta ocurrencia de los hechos investigados, so pretexto de interpretaciones meramente antojadizas de los entes llamados a concederlos, tales como “no haber brindado colaboración eficaz al esclarecimiento de los hechos investigados” o “negar su participación en los mismos”, como si quién sostiene su inocencia pudiera contribuir admitiendo participación o culpa y aportar antecedentes que en su propia convicción no existen o, como es más triste aún, en aquellos casos en que el condenado carece de memoria por padecer demencia senil, alzheimer u otras patologías mentales.

Como puede apreciarse, la inequidad descrita ha pasado por una suerte de tergiversación de la historia al omitirse antecedentes esenciales que acreditan que hubo en América Latina un conflicto armado a gran escala entre dos facciones inconciliables, manejadas por las grandes potencias de la época, con un saldo de muertos y desaparecidos que todos hemos de lamentar.

Este análisis, como queda de manifiesto, no constituye en modo alguno una forma de “negacionismo” de los hechos ni de las eventuales responsabilidades que pudiera haber cabido a los agentes del estado, pero sí pretende poner en evidencia que en su juzgamiento y posterior tratamiento penitenciario, ha habido una falta manifiesta de equidad, al prescindirse del contexto en que se cometieron los hechos calificados de delito, constituyendo esta omisión, paradojalmente, una suerte de negacionismo inverso, algo así como “mi violencia se justificaba, la tuya no”.

Han transcurrido 50 años y en la última década se ha producido un acelerado deterioro institucional en nuestro país, apreciable para cualquier observador imparcial, habiéndose enseñoreado el crimen en nuestra sociedad de una manera exponencial, debido, entre otros factores, a la falta de voluntad de las autoridades políticamente responsables, la benevolencia de nuestros tribunales para con los delincuentes, la vigencia de un sistema procesal penal garantista que ha fracasado rotundamente, ya que no sólo privilegia los derechos del delincuente por sobre la víctima sino lisa y llanamente propicia la impunidad, todo ello con la manifiesta decadencia moral en los diversos ámbitos del quehacer nacional, en que la responsabilidad es un principio ausente de larga data.

Algunas autoridades han consentido la violencia, al fingir malentender que tienen la facultad y no la obligación de emplear los medios legales, esto es la fuerza legítima, para reprimirla. Esta conveniente postura obedece al temor de verse expuestos a ser acusados de violar derechos humanos y sufrir las consecuencias. Es más, para asegurarse, han implementado Reglas de Uso de la Fuerza que tornan ilusoria la efectividad de la acción de las Fuerzas Armadas y Carabineros en su misión preventiva o represiva de la violencia, de modo de poder “eximirse de culpa” en caso de haber víctimas por el empleo de la fuerza y hacer recaer la responsabilidad exclusivamente en los ejecutores, esto es, militares y carabineros, como ha sido fácil apreciar en numerosos procesos incoados contra éstos, lo que contrasta con la inoperancia de la persecución penal en contra de los violentistas.

Otras autoridades han eludido su obligación de resguardar el orden público y perseguir la responsabilidad de quienes delinquen, por considerar legítimas las acciones de violencia cuando tienen por objeto reivindicar derechos sociales por vías violentas.

Hoy el país se encuentra seriamente dividido, entre otras razones a raíz de un proceso constitucional que no había pasado por la mente de nadie y que tampoco constituía el antecedente ni el propósito de quienes subvirtieron gravemente el orden público en octubre de 2019, pero que nuestra clase política, a excepción precisamente de quienes incitaron la violencia, abordó cual tabla de salvación de su propio descrédito y la impulsaron en un gran y celebrado Acuerdo, que solucionaría todos los males de Chile. ¿Cesó la violencia? En ningún caso y paradojalmente encontró retroalimentación en el seno de la propia Convención Constituyente, como lo atestigua el texto constitucional propuesto, que ha radicalizado los antagonismos, enfrentando peligrosamente a los ciudadanos ahora al interior de lo que se dio en llamar “la casa de todos” y que tristemente podría no ser más que una falacia o engañifa, porque los problemas de Chile no están en su Constitución, ya sea la de Pinochet o la de Lagos, sino en la desinformación de su propio pueblo y en quienes muy desacertadamente se han erigido en sus representantes.

En este escenario de crisis y violencia en que la lucha armada es ya una realidad, por ahora unilateral, no descartándose a poco andar la bilateralidad, surgen ciertas preguntas: ¿Qué rol desempeñarán nuestras Fuerzas Armadas en ese más que hipotético escenario? ¿Quién y de qué forma determinará su empleo, si es que llegara a requerirse? A la luz de los prejuicios o temores, según el caso, que genera su empleo en la clase política, ¿tendrán la opción de actuar de manera efectiva disponiendo de sus medios para lograr un objetivo legítimo, cual sería restablecer la paz conforme a los principios que informan su accionar? Derivado de lo mismo, ¿de qué lado estarán quienes han propiciado y legitimado el empleo de la fuerza como forma de reivindicar derechos y de acceder al poder?

Y, finalmente, si esta desgraciada situación deviene en gravísimos enfrentamientos o incluso en una guerra civil, quienes nos puedan haber conducido a ella, ya se trate de vencedores o vencidos, aunque en la realidad sólo habrá perdedores, ¿asumirán la responsabilidad que corresponda a todos y cada uno de ellos?

 

JUAN MIGUEL RODRIGUEZ ETCHEVERRY

ABOGADO

 

SANTIAGO, julio de 2022.

 

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