Defensa de la democracia

En un reciente mensaje el presidente Piñera dijo: “Nuestra democracia tiene el derecho y el deber de protegerse y proteger el Estado de Derecho y a la ciudadanía de la violencia”.

¿Cómo pretende lograrlo en caso de que se reanuden los actos terroristas y la violencia vandálica al nivel de la ocurrida a partir del 18 de octubre del año pasado o aún peor?; ¿cómo podrían los carabineros proteger a la ciudadanía de la violencia o resguardar las instalaciones del metro, supermercados, etc, si no se atreven a usar sus armas de fuego ni siquiera en defensa propia?; ¿cómo podrían hacerlo los militares dando cumplimiento a las absurdas e imprudentes reglas de uso de la fuerza que, en la práctica, los dejan sin capacidad disuasiva o represiva y los limitan a actuar como meros espantajos?

La obligación esencial del Estado es la conservación del orden público. Para cumplir tal obligación cuenta con el monopolio de la violencia física legítima —representada por la espada en la tradicional imagen de la justicia—; violencia que, por deber de autoridad, está obligado en justicia a aplicar para contener la violencia ilegítima y lograr mediante ella la restitución del orden social exigido por el bien común.

En muchas ocasiones la única forma de reprimir a quienes ejercen la violencia terrorista e insurreccional es mediante el uso de armas letales, lo que puede acarrear consecuencias fatales; consecuencias que no significan una violación de los derechos humanos de quienes están dispuestos a matar y a morir por la revolución y que son bien conocidas y aceptadas por ellos.

El Estado tiene la obligación de defenderse con todos los medios a su alcance, aunque para ello sea preciso adoptar medidas extremas. Salus populi suprema lex est —la salvación del pueblo es ley suprema— era el primer principio del Derecho Público Romano.

La historia solo condena a los pueblos que renuncian a defenderse.

Adolfo Paúl Latorre, Abogado

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