Derechos Humanos en Chile
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31/08/2024
Ya no están II
Por Gabriel Fuentes Campusano.
Señor Director: Con fecha 22 de agosto último, don Alejo Tisi escribió en su prestigioso medio El Líbero un artículo relacionados con delitos de “lesa humanidad”…
27 agosto, 2024
Señor Director:
Con fecha 22 de agosto último, don Alejo Tisi escribió en su prestigioso medio El Líbero un artículo relacionados con delitos de “lesa humanidad”, en razón a que han sido y están siendo aplicadas leyes nacionales e internacionales en forma retroactiva, principio universal que atenta contra un debido proceso.
En los comentarios que se hacen del mencionado artículo, entre ellos, don José Tomás señala que “es inadmisible e inadecuado afirmar que no existían militares responsables de cometer delitos de lesa humanidad”. En mi calidad de abogado, le respondo que existe un principio universal que es el de irretroactividad de la ley (salvo que beneficie al reo en lo penal), incluso el artículo 24 del Estatuto de Roma que tipifica los delitos de lesa humanidad (2009), señala taxativamente en el artículo 24 que 1- “Nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor. 2- De modificarse el derecho aplicable a una causa antes de que se dicte la sentencia definitiva, se aplicarán las disposiciones más favorables a la persona objeto de la investigación, el enjuiciamiento o la condena.”. Creo que el artículo 24 citado lo expresa todo, no se permite aplicar delitos de “LESA HUMANIDAD” antes de su entrada en vigencia, en el caso nacional, a partir de septiembre de 2009. Don José Tomás, en su comentario se equivoca, no es que quien cometa un delito quede impune, por atroz que sea, sino que corresponde condenarlo conforme a al Código Penal, que podría llegar a justificar la más alta pena.
Quisiera agregar que una de las unidades afectadas en La Araucanía, entre varias otras, fue el Regimiento de Caballería Nº3 “Húsares” de Angol, que contaba en octubre de 1973 con una planta de once oficiales de arma, desde el Cdte. de Regimiento hasta el subteniente menos antiguo. De ellos durante el proceso judicial fallecieron su Cdte. y 2º Cdte. del Regimiento y los dos capitanes existentes, es decir todos los oficiales de mayor rango, sobreviviendo a la fecha siete oficiales, un teniente y seis subtenientes recién egresados de la Escuela Militar, todos condenados en diciembre de 2023, en primera instancia, por el juez Álvaro Mesa Latorre, a altas penas pese a que esta causa había sido resuelta en el año 2005 por la Excma. Corte Suprema, toda vez que el Segundo Comandante del Regimiento, en una actitud valiente, declaró que él había dado la orden de ejecutar a los dos jóvenes que habían disparado contra un puesto de centinelas de la guardia sur del Regimiento, o sea, no evadió su responsabilidad.
Otro aspecto que no puede pasar inadvertido es que fueron condenados a penas altísimas tres conscriptos, uno que fue sobreseído por fallecer hace un par de años, otro a 15 años y otro a 13 años de prisión efectiva, en circunstancias que lo que hicieron o no, fue producto de una orden superior. Estos muchachos fueron llamados a cumplir con su Servicio Militar Obligatorio, siendo en la época menores de edad, la mayoría con poca educación, incluso algunos analfabetos. A los subtenientes de entonces, nos correspondió instruirlos y hacer las gestiones para que dieran exámenes en liceos públicos con facultades para ello. Algo que destaco, fue la lealtad demostrada por aquellos conscriptos de esa época, que fueron muy leales y que obedecían sin pensarlo pues confiaban plenamente en sus superiores. Hoy al leer el expediente y ver cómo sancionan a estas víctimas sin considerar su grado, su edad, el cumplimiento de un servicio para la patria, me da una tremenda angustia, de no poder intervenir más que escribiendo por estos “héroes del 73”.
Gabriel Fuentes Campusano
3 Comentarios
José Tomásdice:
26 agosto, 2024 en 22:06
Gracias, Gabriel, por haberme instruido, despejado mis dudas y aclarado mis comentarios escépticos e ignaros.
Me disculpo si es que mis palabras fueron impertinentes o generaron algún tipo de molestia para usted o para don Alejo Tisi.
Finalmente, concluyo que las situaciones ocurridas en el gobierno militar del general Pinochet sólo son conocidas a fondo por quienes las vivieron, y existen casos en donde no había otra opción que atender a la contingencia.
No obstante, la justicia es quien dictamina, aún cuando varias veces tienda a errar.
Carlos Souper Quinterosdice:
27 agosto, 2024 en 00:35
Referido a la Justicia, una cosa es errar, es humano y comprensible, otra cosa muy distinta es PREVARICAR, eso es un delito, se hace en forma voluntaria, mal intencionada, grotesca y cobarde.
Humberto Julio Reyesdice:
28 agosto, 2024 en 12:07
Excelente carta, ojalá fuera leída por quienes, tozudamente, siguen hablando de delitos de lesa humanidad no tipificados cuando sucedieron los hechos que hoy justifican gravosas condenas, tanto para los ex uniformados como para el Fisco, supuestamente defendido por el Consejo de Defensa del Estado y que pareciera ser un pozo sin fondo
Publicada por El Líbero
ROBERTO HERNANDEZ
@RAHM52
Cartas al Director El Mercurio, hoy 31 de agosto, deja en evidencia una vez más la falta de justicia justa y asimetria judicial que hoy viven cientos de ancianos y enfermos ex uniformados, muchos de ellos juzgados y condenados a la bandada, bajo una venganza política y judicial.
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