Requerimiento de inaplicabilidad al Tribunal Constitucional por inconstitucionalidad de las normas jurídicas con las que se juzga a los militares

art_54b92c4be1e56.jpgEl Miércoles 5 de Abril de 2016, el abogado Adolfo Paúl Latorre presentó en el Tribunal Constitucional un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las normas jurídicas sobre la base de las cuales a los militares —término genérico, en el que incluye a los carabineros y a los civiles adscritos a los servicios de seguridad del Estado durante el gobierno militar— les está siendo aplicado el antiguo sistema de procedimiento penal inquisitivo (entre las normas que impugnó está la disposición octava transitoria de la Constitución).

Lo anterior, no obstante que el nuevo sistema procesal penal acusatorio entró en plena vigencia, en todas las regiones del país, hace ya más de diez años y que éste le es aplicado al 99,9% de los habitantes de nuestro país.

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“Al no existir razón alguna que justifique tal diferencia de tratamiento –  considera el abogado Paúl – estamos ante una flagrante discriminación arbitraria, lo que las normas generales y permanentes de la Constitución prohíben. Por tanto, las normas que estoy impugnando, que establecen tan palmaria vulneración al principio de igualdad ante la ley, son manifiestamente inconstitucionales” indica.

Más adelante agrega que “la aplicación del antiguo sistema inquisitivo —que no respeta las normas del debido proceso— le impide a los militares una adecuada defensa y el derecho a un juicio justo y a ser juzgados por un tribunal imparcial, vulnerándose así sus garantías constitucionales y sus derechos humanos. Lo anterior se ve agravado por el hecho de que son juzgados por tribunales unipersonales establecidos con posterioridad a la perpetración de los hechos investigados, atropellando con ello la garantía establecida en el artículo 19 número 3 inciso 5 de la Constitución”.
El abogado Paúl considera que la razón y la justicia están de su lado, y que sus argumentos son tan claros, macizos y contundentes  que el Tribunal Constitucional, descarga (10).jpgsi fallase jurídicamente —y dando cumplimiento a su alta misión de tutelar la supremacía constitucional y de salvaguardar los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas— no tendría otra opción que acoger su requerimiento.

Sin embargo, considerando que una decisión tal sería absolutamente “políticamente incorrecta” —un verdadero “terremoto” político y jurídico—, considera el abogado Paúl que lo más probable es que los ministros no se atrevan a acogerlo y que lo rechacen por alguna causal de forma y no de fondo. “Me parece que, en el mejor de los casos, mi requerimiento sería declarado admisible a fin de que sea el Pleno quien resuelva el asunto” indica el jurista.

A continuación agrega que “si bien las posibilidades de que el Tribunal Constitucional acoja mi requerimiento son prácticamente nulas, espero que mi acción de inaplicabilidad sirva para poner en el tapete el tema de que solo a los militares se les aplica el monstruoso procedimiento penal inquisitivo antiguo”.

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