Justicia y DD.HH.
Justicia y DD.HH.
Debido proceso que, cuando se trata de militares perseguidos, no se cumple:



Por algo no aprobó el examen de Derecho:

En EL LIBERO sobre el aberrante juicio contra el capitán de carabineros Patricio Maturana
Caso del capitán Maturana
Señor Director:
A propósito de la absolución al comandante Crespo cabría comentar que entre los cientos de procesos judiciales abyectos contra Carabineros por causales espurias hay casos que constituyen canalladas que claman al cielo, como es el caso de la condena a 12 años y 183 días de presidio al capitán Patricio Maturana Ojeda por un delito que es imposible de cometer.
Este insólito caso está descrito, detalladamente, en un libro titulado Infamia. Caso Campillai. La verdad del capitán Patricio Maturana Ojeda.
Según la tesis de la Fiscalía el capitán Maturana habría apuntado su carabina lanza gases, una Stopper de 37 mm, en contra de Fabiola Campillai, con la intención de herirla, privándola del sentido de la vista.
Al respecto es preciso señalar que este tipo de elemento antidisturbios impide hacer disparos precisos ya que dicha arma, a diferencia de las de fuego convencionales, no contiene estrías en el interior del cañón, que sirven para impartir velocidad de rotación al proyectil y darle estabilidad balística durante el vuelo. Mal podría suponerse que Maturana hizo uso de este armamento para apuntarle en el rostro a una persona específica a casi 51 metros de distancia.
Por otra parte, es muy dudoso que la lesión de Campillai haya sido producida por el impacto de una cápsula cuyo peso es de alrededor de 45 gramos y, especialmente, por la falta de rastros de quemaduras en la piel o en su vello facial, así como de contaminación química en sus heridas. De haber existido ese contacto —considerando que los cartuchos de gas lacrimógeno como los disparados por la Stopper pueden alcanzar temperaturas superiores a los 200º— debió haber habido trazas de quemaduras y de contaminación química. Nada de eso fue revelado en los informes médicos, dato que fue mañosamente desestimado durante el proceso judicial.
Lo más probable es que las lesiones hayan sido ocasionadas por una piedra u otro objeto contundente arrojado por alguno de los participantes de la manifestación. Al respecto es del caso señalar que, en las indagaciones preliminares realizadas en el sitio del suceso, el inspector funcionario de la Brigada Investigadora de Delitos Contra los Derechos Humanos declinó recoger dos piedras de tamaño similar a las utilizadas por los manifestantes, que se encontraban al lado de los restos de sangre de Campillai, aduciendo que tales piedras “no tenían interés criminalístico”.
A fin de complementar la información sobre este caso diremos que doña Fabiola Campillai formaba parte de “un grupo de manifestantes que habían botado la reja de cierre perimetral que protege la línea férrea y montado una barricada incendiaria sobre la ferrovía con el objeto de bloquear el paso del Metrotren a Rancagua, que en ese momento venía en camino atestado de gente a bordo”.
Campillai declaró que no estaba entre los manifestantes y que había salido “a comprar el pan para mis hijos”; lo que no concuerda con declaraciones de testigos que la vieron “portando un pañuelo oscuro cubriendo parte de su rostro y que llevaba piedras en sus manos”. Por otra parte, en un vídeo tomado minutos antes de los disparos aparece “dirigiéndose en malos términos al piquete de Carabineros conminándolos a hacer abandono del lugar”.
Campillai, luego de enterarse que la Corte de Apelaciones de San Miguel había revocado la prisión preventiva del capitán Maturana —decretando su arresto domiciliario— exclamó: “¡Manifestémonos donde estemos, salgamos a las calles y destruyamos todo y quememos todo! Maturana es un asesino, porque eso intentó hacer, intentó matarme!”.
Habiendo en este caso numerosas dudas, más que razonables, de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley, era absolutamente improcedente la dictación de una sentencia condenatoria; razón por la que nos atrevemos a afirmar que ella fue una canallada, dictada solo por el odio y la venganza acostumbrada de los jueces contra los militares en los juicios sobre derechos humanos.
La única solución para corregir tal aberración judicial es que el Presidente de la República le conceda al capitán Maturana un indulto particular.
Adolfo Paúl Latorre – Abogado
El enlace es el que sigue: https://ellibero.cl/carta/caso-del-capitan-maturana/
Ley “Naín-Retamal”: ¿Avance jurídico?
Señor Director:
La ley Nº 21.560 publicada el 10 de abril de 2023, para fortalecer el ejercicio de la función policial (denominada “Naín-Retamal”) en nada corrigió las imprudentes restricciones a carabineros para poder combatir eficazmente el vandalismo, la insurrección revolucionaria o el terrorismo.
En efecto, la norma del proyecto original presumía legalmente que concurrían las circunstancias de legítima defensa cuando actuaban “en defensa propia, en defensa de terceros y para impedir un delito”.
Sin embargo, en la ley promulgada fueron suprimidas las palabras “y para impedir un delito”, quedando su texto como sigue: cuando “repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física o su vida o las de un tercero, empleando las armas o cualquier medio de defensa” (lo que ya estaba en nuestro ordenamiento jurídico: artículos 10 del Código Penal y 208, 410, 411 y 412 del Código de Justicia Militar).

ADOLFO PAÚL LATORRE, Abogado
Viña del Mar, 15 de enero de 2026.
Impunidad
Señor Director:
Objetores del fallo que absolvió al comandante Crespo han opinado que su crimen quedó impune.
Al respecto cabría comentar que su actuación obrando en defensa de su persona, que produjo graves lesiones a un manifestante violento, no es reprochable ni legal ni moralmente, al concurrir las circunstancias eximentes de responsabilidad criminal establecidas en el artículo 10 del Código Penal y por la aplicación del principio del doble efecto; cuando una acción única produce dos efectos: uno bueno, emanado directamente de la acción, y otro malo, no deseado y derivado indirectamente de la acción.
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
Viña del Mar, 17 de enero de 2026.
Condenados por delitos de lesa humanidad
Señor Director:
Ningún militar o carabinero ha sido condenado por un crimen o delito de lesa humanidad; es decir, por alguno de los establecidos como tales en los artículos 1º a 9º de la ley 20.357. Todos los condenados lo han sido por delitos comunes tipificados en el Código Penal; delitos que prescriben según las normas de ese mismo Código.
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
RECORDANDO LO INCUMPLIDO POR LOS POLÍTICOS:
En cuanto a justicia y derechos Humanos el programa de gobierno de SPE indicaba lo siguiente:
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
La adaptación del sistema de justicia a las cambiantes condiciones sociales es un requisito esencial para que pueda cumplir con las importantes funciones que le son propias. Un país sin un sistema de justicia acorde a los tiempos no podrá consolidar plenamente su desarrollo ni su democracia. Por ello se requieren reformas que creen una justicia moderna, oportuna y asequible para todos.
Si bien ha habido avances en el sistema judicial, no cabe duda que es necesario acelerar su modernización, especialmente en lo que se refiere a la dictación de un nuevo Código Penal, la eliminación de las dilaciones o demoras injustificadas en las investigaciones y el juicio penal, el perfeccionamiento del Código de Procedimiento Penal a la luz de más de una década de experiencia, y el cambio integral a la justicia civil, inexplicablemente postergado por el actual gobierno.
También es necesario avanzar en la homologación de las garantías procesales del antiguo y el nuevo sistema procesal penal. Habiendo transcurrido 17 años desde la Reforma Procesal Penal, es necesario avanzar en dar garantías a todas las personas imputadas para que tengan derecho a un juicio racional y justo, sujeto a las mayores garantías establecidas en nuestro ordenamiento jurídico. Como lo ha reconocido el propio Tribunal Constitucional, la reforma procesal pretendió dejar atrás un sistema que carecía de un genuino juicio contradictorio que satisficiera las exigencias del debido proceso.
Como complemento, se debe avanzar en la consolidación de un sistema de justicia vecinal, como instancia cercana y accesible de resolución de conflictos de menor cuantía pero alto impacto.
Desde la óptica de la modernización y acceso a la justicia, debemos modificar el sistema de nombramientos y las exigencias de funcionamiento de notarios y conservadores. Asimismo, debemos avanzar hacia la digitalización de sus sistemas. Tratándose de los jóvenes infractores, debemos concentrar nuestros esfuerzos en reformar la Ley de Responsabilidad Adolescente y crear el nuevo Servicio de Reinserción Social Juvenil. Igualmente importante es avanzar en la modernización de Gendarmería y el desarrollo de políticas de reinserción y rehabilitación, privilegiando el acceso a trabajo y educación en las cárceles.
En materia de derechos humanos, es esencial potenciar la recientemente creada Subsecretaría de DD.HH., tanto en sus capacidades técnicas como en el alcance de sus políticas. Debemos, además, fortalecer el rol de Chile en el contexto internacional como garante de los DD.HH., con participación activa en la denuncia de atropellos a los mismos a nivel regional, particularmente utilizando la Carta Democrática de la OEA.
Por último, debemos avanzar hacia una sociedad que trate a todos sus miembros en forma equitativa, sin importar su raza, nacionalidad, religión, género, orientación sexual, condición u origen social, en definitiva, en que exista un trato igualitario y sin discriminaciones arbitrarias entre hombres y mujeres. Hoy existe una institucionalidad incipiente que se hace cargo de las temáticas relacionadas con la diversidad. Pero se hace necesario seguir profundizándola tanto a nivel central, como regional y local, de forma de asegurar que todos nos sintamos incluidos e integrados, más allá de nuestras diferencias.
Me parece que es necesario un acercamiento a las nuevas autoridades para plantear estas necesidades como un piso mínimo para una aplicación de justicia justa para los ex uniformados. Ya el gobierno de Piñera dejó esto sólo en el papel… tratemos de evitar que esto vuelva a ocurrir. Quedamos cada día menos… en pocos años no quedará ninguno. No permitamos que la historia nos borre de su memoria o nos marque oprobiosamente..