Otro aberrante fallo de un juez, ahora es el ministro Jaime Arancibia



Otro aberrante fallo de un juez, ahora es el ministro Jaime Arancibia

Ahora el juez Jaime Arancibia, encargado de llevar los juicios por hechos sucedidos en la V Región de  Chile hace 47 años, condena injustamente a dos ex soldados conscriptos, por cumplir con las disposiciones legales de la época.

Como toda persona culta o que existía en esos años, sabe que el país se encontraba en una grave crisis institucional, por lo que las autoridades nacionales de ese entonces decretaron el Toque de Queda en todo el país y el protocolo que regía era comunicado por «Bandos Militares» que eran dictados por los Jefes de la Fuerza (hoy Jefes de la Defensa) y que en el caso del Toque de Queda era igual para todo el territorio; éste establecía que si una persona incumplía con el confinamiento y se desplazaba sin el salvoconducto correspondiente, arriesgaba el hecho de que lo detuviera una patrulla militar o de las policías.

El mismo «Bando» establecía que si la persona no obedecía la orden de «alto» y trataba de escapar, los militares, carabineros o policías debían disparar un tiro al aire y si así aún el desobediente seguía arrancando, se le disparaba al cuerpo. Esto no solo era así en esa época, lo era desde siempre y se había cumplido tal cual en los gobiernos anteriores de Allende, Frei Montalva, etc. y nunca se procesó y sancionó a alguien por ello, por supuesto se investigaba el caso para ver si se había cumplido el protocolo de la época y punto. Cabe hacer presente que en esos años estaba vigente en Chile la pena de muerte.

El castigar hoy a dos ex soldados conscriptos, por haber seguido estrictamente los Bandos Militares de la época (hoy protocolos), es una injusticia monumental, por cuanto ellos cumplieron con su deber militar, hicieron lo que debían hacer conforme a las órdenes recibidas por las autoridades de facto de esa fecha y hoy no se les puede acusar con las leyes y disposiciones que no existían cuando sucedieron los hechos, por lo que el juez no está respetando los principios de irretroactividad de la Ley, prescripción penal y menos la Ley de Amnistía vigente.

En este particular caso, el hecho de que la persona lamentablemente fallecida haya sido un enfermo mental no agrava el caso como lo trata de justificar el ministro, ya que es imposible que los soldados supieran de la condición del afectado, es una lamentable situación en que la responsabilidad de que la víctima haya estado incumpliendo el Toque de Queda y no cumpliera la orden de alto sería responsabilidad de los que permitieron que él estuviera en horas no autorizadas en la vía pública, es decir sus familiares o el Estado si es que se trataba de un indigente.

En los últimos años, la intromisión de nuevos estándares en Derechos Humanos (DD.HH.) que ha logrado imponer la izquierda, como una manera de vengarse de los militares y policías que tuvieron que actuar por mandato de la gran mayoría del país y salvarlo de una inminente guerra civil, ha llevado a que hoy no se respete a la autoridad y el mejor ejemplo lo tenemos hoy, cuando con el Toque de Queda que nos rige con la pandemia que nos afecta, los delincuentes, terroristas, subversivos e incumplidores de la Ley, no lo respetan y saben que si arrancan, las FF.AA. y policías no les dispararán y más aún si ellos están en superioridad numérica e incluso armados, podrán hacerle frente e imponer su voluntad.

Ojalá que los que permitieron que esto suceda, no aleguen en el futuro por la muerte de sus familiares contagiados por quienes incumplieron las disposiciones de las autoridades, entre ellas el Toque de Queda, ya que ellos serán los verdaderos responsables y no las FF.AA. y policías que se vieron obligados a cumplir con los nuevos protocolos.

 

Vea el comunicado del Poder Judicial y saque sus propias conclusiones:

https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/ministro-jaime-arancibia-condena-a-ex-conscriptos-del-ejercito-por-homicidio-calificado-en-vina-del-mar-en-1973