El caso Cheyre y cuánto hemos avanzado en DD.HH.



El caso Cheyre y cuánto hemos avanzado en DD.HH.

El procesamiento de Juan Emilio Cheyre ha vuelto a poner en el tapete el tema de los DD.HH., y con fuerza, pues se trata de un comandante que más allá de su responsabilidad en los hechos que se le imputan -que los tribunales deberán precisar-, hizo una contribución a la consolidación de la democracia y a una reforma del Ejército ajustando su doctrina al respeto de los derechos humanos.

Por Genaro Arriagada Herrera

El debate plantea un asunto crucial para nuestra convivencia: ¿Cuánto ha hecho Chile en materia de derechos humanos? La respuesta debe partir por analizar los pilares de la llamada justicia transicional: verdad, reparación, justicia penal y no repetición.

Una forma de justicia es investigar y establecer la verdad. En Chile, la instancia más emblemática ha sido la Comisión de Verdad y Reconciliación. Además, el Estado ha adoptado medidas tendientes a reparar a las víctimas, con el otorgamiento de beneficios previsionales, económicos, prestaciones de salud, subsidios educacionales, reintegro a empleos públicos y otras. Para identificar a las víctimas e implementar diversas medidas de reparación, se han creado la Corporación Nacional de Reparación y Conciliación, a la que se le encargó promover la reparación del daño sufrido por las víctimas; la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura; o la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política.

En nuestro país ha ido emergiendo una cultura institucional de garantía y tutela de los derechos humanos que busca asegurar la no repetición de estos hechos. Por ejemplo, se creó el Instituto Nacional de Derechos Humanos e iniciativas como el Museo de la Memoria.

Ni en verdad ni en reparación hay algo equivalente en España, Portugal, Polonia, Hungría, la antigua Checoslovaquia ni tampoco en Brasil o Sudáfrica, menos en Rusia. Aunque superemos a esos países, nuestros esfuerzos por la verdad y la reparación serán siempre insatisfactorios. ¿Quién puede reparar la muerte de un ser querido?

Pero el hueso duro de roer es la justicia penal. En esta materia el país ha ido avanzando a través de la interpretación de normas preexistentes -por ejemplo, el efecto permanente del delito de secuestro- y otorgando primacía a las normas internacionales por sobre la Ley de Amnistía de 1978.

La tarea de lograr avances en justicia penal habría sido distinta de no ser por el cambio que se registró en la Corte Suprema y el Ejército. El Ejército heredado de la dictadura poco o nada tenía que ver con el que en 2002, bajo la Comandancia de Cheyre, frente a los abusos a los DD.HH. declaraba un “nunca más” y reivindicaba la figura del general Carlos Prats. No valorar estos cambios es una injusticia y un error.

La justicia penal, en este campo, tiene una íntima contradicción, pues justicia y transición pertenecen a universos distintos. La justicia viene del mundo de los valores; la transición, de la política. Y ambos términos a veces se mueven en sentidos opuestos.

Para la política, una transición pacífica de la dictadura a la democracia no es un problema judicial. Es un asunto donde la política debe predominar, pues ella debe arbitrar entre objetivos variados, a veces antagónicos. Uno de ellos es lograr el mayor grado de justicia respecto a pasados abusos en materia de derechos humanos. Pero también la estabilidad política, el poner fin a una guerra -militar o ideológica-, crear un clima que haga posible el desarrollo económico y el progreso social.

En Chile la relación entre transición y justicia ha marchado bien, comparativamente a otras experiencias. En cambio, en Polonia, como lo dijo el primer líder de la transición: “…trazamos una línea gruesa con el pasado y únicamente responderíamos por lo que hiciésemos a partir de ese momento”. La transición ahogó a la justicia. Aunque inaceptable para nuestros estándares, este es el camino seguido por Rusia y los países de Europa Oriental.

España aprobó en 1977 (por el primer parlamento de la transición) una amnistía que beneficiaba a los responsables de crímenes políticos tanto por el régimen franquista como por sus enemigos. Fueron los principales partidos de la izquierda los que defendieron esta ley con entusiasmo y, como lo dijo Felipe González, “en aquel momento a nadie se le ocurría pensar que estábamos en condiciones de exigir responsabilidades por los crímenes y delitos de la dictadura; era algo inimaginable”.

En Brasil, transcurridas casi cuatro décadas desde el término de la dictadura, la Corte Suprema ha declarado vigente una amnistía que cubre incluso a los responsables de torturas. Como débil paliativo se ha creado -¡con 35 años de retraso!- una Comisión de Verdad.

Son muchas las ocasiones en que estando derrotados los aparatos represivos y no habiendo amenaza de una vuelta al antiguo orden, los procesos y la justicia penal se detuvieron o aminoraron en nombre de la paz y de salvar sociedades que estaban al borde del colapso. Así ocurrió al término de la II Guerra Mundial en Europa, con la desnazificación en Alemania o la persecución de los colaboracionistas en Francia.

En cuanto a Colombia, a la luz de la información disponible, la paz se logrará tras la firma de un acuerdo de justicia transicional que significará amnistía por crímenes cometidos por los guerrilleros (y los militares); que reduce penas; que premia con amnistía, parcial, la confesión y aporte a la verdad; que permite a los guerrilleros cumplir penas en recintos especiales que no sean cárceles. La amnistía de que se habla no se extenderá a delitos como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, lo que parece esencial; pero amnistía habrá. La izquierda colombiana (y latinoamericana) aplaude el convenio que se negocia en La Habana y bajo los auspicios de Cuba y Noruega. La derecha colombiana, en cambio, rasga vestiduras y exige justicia total -la misma que no demandó cuando se trató de un acuerdo con los paramilitares-, penas draconianas y cárceles comunes.

Cuando algunos claman por una mayor justicia en materia de pasados abusos contra los derechos humanos y por ello denuncian la amnistía, lo hacen con razón. En efecto, ella es la limitación de la justicia. Pero el político podrá decir que hay amnistías de distinto tipo y que utilizando algunas de ellas -no todas, pues hay otras que son inaceptables- se puede contribuir a crear un mundo mejor. No intentemos reducir la moral política a la sola búsqueda de la justicia, ni crear un mundo donde toda atenuación de penas, cualquiera que sea, constituya una falla moral. Y evitemos, en una materia tan compleja, el doble estándar que lleva a aclamar en un país aquello que en otro no se acepta siquiera discutir.

El caso Cheyre, por las características de su persona y desempeño, debiera servir para un debate elevado sobre un asunto que viene desgarrando a nuestro país desde hace más de cuatro décadas.

Genaro Arriagada Herrera