Inocencia comprobable



Inocencia comprobable

El General Juan Emilio Cheyre fue procesado por el ministro Mario Carroza como cómplice en el homicidio de 15 personas, hecho acontecido hace 43 años atrás en La Serena, en el caso “Caravana de la Muerte”.

Por Axel Buchheister, abogado

He escrito columnas argumentando que los juicios de derechos humanos no cumplen un estándar básico del debido proceso. En este caso además, como en otros, se procesa a un inocente. ¿Cómo lo sé? Muy simple: leí el auto del procesamiento -antes que el procesado, porque se publicó en la página web del Poder Judicial previo a notificárselo a él, con lo que parece que darlo a la publicidad era prioritario a cumplir con las formalidades procesales- y lo que ha publicado la prensa en estos días.

En la resolución judicial, en lo referente a la existencia del delito, el ministro precisa con cierto detalle que a las víctimas se les ajustició “sin juicio previo”. En cuanto a la participación de Cheyre en este hecho, no contiene ni una sola reflexión que explique en qué habría consistido concretamente. Debemos ser el único país de la OCDE (estándar que hoy ocupamos para atribuirnos el carácter de país serio), en que a alguien se le inculpa de participar en un delito sin que se le explique, al menos sucintamente, cómo se habría materializado su participación, especialmente cuando la niega vehementemente. Se afecta así gravemente el derecho a la defensa.

Por la prensa, el ministro Carroza nos ha aclarado que “en el fondo el elemento esencial es el conocimiento de lo que se estaba realizando en las tres horas que estuvo la comitiva en La Serena”. Una precisión que a usted, que cree que Cheyre es culpable por eso, debiera preocuparle, porque si va a cobrar un cheque y en ese momento asaltan el banco, sucede que estaba ahí y tuvo conocimiento de lo que estaba ocurriendo.Por algo el Código Penal establece que “cómplice” es quien, sin estar concertado previamente, coopera en la ejecución del delito. Hay una diferencia entre tener conocimiento y cooperar, que es la que separa a un testigo de un cómplice.

La resolución enumera sólo datos formales y nombres de testigos. La prensa se extendió más, señalando que dos testimonios son claves. Uno, de un ex carabinero que asegura que Cheyre fue muy activo en los consejos de guerra, que son una forma de juicio. Citar este testimonio es incoherente y no prueba nada sobre los homicidios, que se cometieron “sin juicio previo”. El segundo, de alguien que declara que el día anterior Cheyre lo habría torturado a él y otras personas. Aunque esto fuera cierto, ¿de qué forma prueba la participación en los homicidios al día siguiente de personas distintas?

A los individuos, sin distinción, se les debe presumir inocentes mientras no se demuestre lo contrario. Si lo antes expuesto es todo lo que tienen, no hay duda de la inocencia del general. Difícilmente tengan más, porque ya lo habrían hecho saber, cuando se ve que el caso amerita dar prontamente a la publicidad.

Hay quienes dicen que el general Cheyre tiene bastante “culpa” en lo que le sucede. Opino como ellos, pero de ahí a aceptar que se condene a un inocente por eso, hay un trecho demasiado largo.