Justicia y DD.HH.



Justicia y DD.HH.

*El Juicio que Nunca Termina: cómo el pasado sigue gobernando la justicia en Chile*

Por Ing. Jorge Sepúlveda Haugen_

Hay momentos en la historia de los países en que la justicia deja de parecerse a una balanza y comienza a parecerse a un escenario. Un escenario donde los actores ya están definidos antes de que comience la obra, donde el público espera un resultado específico y donde los jueces, muchas veces sin darse cuenta, terminan participando en una representación más grande que el propio expediente judicial.

Para entender lo que ha ocurrido en Chile durante décadas en torno a los procesos por hechos ocurridos en los años setenta, hay que partir por una imagen simple. Imaginemos un tribunal como un faro. El faro no elige a quién ilumina. Su función es proyectar luz para que todos puedan ver con claridad dónde están las rocas. La justicia funciona exactamente igual: su misión es iluminar los hechos, separar verdad de suposición, responsabilidad de rumor, culpa de circunstancia.

Pero cuando el faro deja de iluminar el mar y comienza a iluminar solo el barco que todos esperan ver naufragar, entonces deja de ser un faro y se convierte en un reflector.

Ese cambio aparentemente pequeño es el corazón del problema.

Durante décadas, la discusión sobre el pasado reciente de Chile dejó de ser una investigación abierta sobre hechos complejos y se transformó en una narrativa cerrada donde los roles quedaron definidos con antelación. En esa narrativa existen víctimas absolutas y culpables absolutos. Y cuando una sociedad adopta ese tipo de relato moral, algo muy delicado comienza a ocurrir dentro de la justicia.

El proceso deja de buscar la verdad y comienza a buscar confirmación.

Es como cuando una persona cree firmemente que alguien le mintió. A partir de ese momento todo lo que observa parece confirmar esa sospecha. Cada gesto se interpreta como prueba. Cada silencio como confesión. Cada duda como estrategia.

Ese fenómeno tiene un nombre en psicología: sesgo de confirmación.

Y cuando ese sesgo se instala en un sistema judicial, el tribunal corre el riesgo de convertirse en una máquina que confirma lo que ya cree saber.

Aquí aparece otra metáfora útil.

La justicia es como un reloj antiguo. Funciona porque cada engranaje tiene un lugar preciso: la ley, la prueba, la defensa, la presunción de inocencia, el principio de legalidad. Si uno de esos engranajes se mueve demasiado, el reloj empieza a perder precisión. Si varios engranajes se alteran al mismo tiempo, el reloj deja de marcar la hora correcta.

En muchos procesos relacionados con los hechos de los años setenta, algunos de esos engranajes comenzaron a moverse. La interpretación de tratados internacionales, la creación de figuras jurídicas expansivas y la reinterpretación de delitos permitieron reabrir causas décadas después de ocurridos los hechos. Esto no fue solo una evolución del derecho; fue un cambio profundo en la forma de entender la ley.

Una de las herramientas más discutidas ha sido la idea del “secuestro permanente”, una construcción jurídica que permite considerar que un delito continúa ocurriendo mientras no se determine con certeza el destino final de una persona. Esa interpretación permitió evitar la prescripción de delitos y mantener abiertos procesos durante décadas. Desde el punto de vista técnico, muchos juristas han debatido intensamente esta tesis porque modifica la naturaleza misma del delito y altera principios clásicos del derecho penal.

Aquí conviene detenerse en una pregunta fundamental.

¿Por qué ocurre algo así?

La respuesta no es simple, pero podemos entenderla con otra imagen.

La memoria colectiva de un país es como un fuego. Puede dar luz y calor cuando se utiliza para recordar y aprender. Pero también puede transformarse en una hoguera cuando se usa para mantener viva una emoción permanente.

Después del fin de los grandes proyectos revolucionarios del siglo veinte, muchas corrientes políticas encontraron en el discurso de los derechos humanos un nuevo centro moral. Ese discurso cumplió una función histórica importante: recordar abusos, proteger a las víctimas y evitar que los Estados vuelvan a cometer los mismos errores.

Pero con el tiempo también se transformó en algo más.

En algunos espacios se convirtió en una identidad política.

Y cuando una causa moral se convierte en identidad política, necesita símbolos permanentes para mantenerse viva.

Los símbolos pueden ser fechas, monumentos, relatos históricos… o procesos judiciales.

En ese punto aparece un fenómeno que rara vez se menciona con claridad: la formación de una verdadera industria institucional alrededor de estos temas.

No se trata solo de justicia. También existen abogados especializados, programas estatales, organizaciones internacionales, financiamiento académico y litigación permanente. Cada uno de estos actores cumple una función legítima dentro del sistema, pero juntos forman un ecosistema que necesita seguir funcionando.

Como cualquier ecosistema, necesita energía.

En este caso, la energía son los procesos judiciales.

Cuando un sistema depende de la existencia permanente de procesos, condenas e indemnizaciones, el riesgo es evidente: el sistema puede comenzar a necesitar nuevos casos para mantenerse activo.

Aquí aparece otro elemento delicado: el dinero.

Las reparaciones económicas y las pensiones asociadas a algunas sentencias introducen incentivos materiales dentro del sistema. Esto no significa que el sufrimiento de las víctimas sea falso ni que las reparaciones sean injustificadas. Pero sí significa que el proceso judicial deja de ser completamente neutral. Hay intereses humanos, expectativas económicas y trayectorias profesionales en juego.

Es como cuando una ciudad comienza a vivir alrededor de una sola industria. Poco a poco todo se organiza para que esa industria continúe existiendo.

En paralelo ocurre otro fenómeno profundamente humano: el odio heredado.

El odio no siempre nace de la experiencia directa. Muchas veces se transmite como una historia familiar, como un relato social, como una emoción colectiva. Con el tiempo puede transformarse en una energía política poderosa.

Pero el odio tiene una característica curiosa: necesita alimentarse constantemente. Si deja de encontrar nuevos símbolos, comienza a apagarse.

Por eso muchas sociedades mantienen abiertos conflictos del pasado durante generaciones. No porque la justicia lo exija necesariamente, sino porque el relato emocional necesita seguir vivo.

En ese ambiente, los tribunales pueden convertirse en escenarios donde el pasado se sigue representando una y otra vez.

El problema es que dentro de ese escenario hay personas reales.

Personas que envejecen, que enferman, que enfrentan procesos judiciales durante décadas. Muchos de los acusados hoy tienen edades avanzadas y han pasado años defendiendo su inocencia o intentando reconstruir hechos ocurridos medio siglo atrás.

El proceso judicial se transforma entonces en una especie de laberinto.

Un laberinto donde cada pasillo conduce a otro juicio, cada apelación a otra revisión, cada sentencia a una nueva interpretación.

Y en ese laberinto ocurre algo que debería preocupar a cualquier sociedad que valore el derecho: el proceso mismo comienza a convertirse en castigo.

La justicia deja de ser una respuesta y se transforma en un estado permanente.

Al mismo tiempo han surgido episodios que han generado dudas en la opinión pública, como casos en que personas inicialmente consideradas desaparecidas fueron posteriormente ubicadas en otros países o en circunstancias distintas a las originalmente planteadas. Aunque estos casos no representan la totalidad de los procesos, muestran lo complejo que puede ser reconstruir hechos ocurridos hace décadas y cómo un error inicial puede arrastrar consecuencias enormes.

Cuando se juntan todos estos elementos —memoria histórica, narrativa política, incentivos institucionales, sesgos humanos y procesos judiciales prolongados— el resultado puede ser un sistema judicial sometido a tensiones enormes.

La pregunta que queda flotando en el aire es simple pero profunda.

¿Puede la justicia investigar el pasado sin convertirse en instrumento del pasado?

Porque cuando la justicia comienza a parecerse demasiado a una herramienta para confirmar una historia previamente escrita, algo esencial se pierde.

El derecho fue creado para proteger a las personas frente al poder.

Pero cuando el derecho se transforma en una herramienta del poder simbólico de la historia, el equilibrio se rompe.

Y cuando ese equilibrio se rompe, el tribunal deja de ser un lugar donde se descubre la verdad.

Se convierte en un lugar donde la historia continúa escribiéndose.

No con tinta.

Con sentencias.

 

 

 

Para los zurdos si, pero para el otro lado nada:

Revés para exagente DINA: Corte Suprema rechaza demanda por “error judicial” en caso Frei Montalva

El máximo tribunal descartó unánimemente que la condena inicial contra Raúl Lillo Gutiérrez fuera arbitraria, subrayando que el fallo del ministro Alejandro Madrid se basó en antecedentes racionales y no en un capricho.

La Corte Suprema puso fin a las pretensiones indemnizatorias de Raúl Diego Lillo Gutiérrez, exagente civil de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), al rechazar el recurso que buscaba declarar como un “error judicial” su procesamiento y condena en primera instancia por la muerte del expresidente Eduardo Frei Montalva. Lillo había sido condenado originalmente como autor de homicidio por el ministro de fuero Alejandro Madrid, decisión que fue revertida en instancias superiores, lo que motivó su acción legal contra el Estado.

En un fallo unánime, la Segunda Sala Penal del máximo tribunal —integrada por los ministros Valderrama, Llanos y Letelier— determinó que las resoluciones impugnadas no fueron “injustificadamente erróneas” ni “arbitrarias”. Según los magistrados, el hecho de que la sentencia fuera revocada posteriormente por tribunales de alzada no implica que el juez de primera instancia haya actuado de forma caprichosa o irreflexiva, sino que simplemente existió una discrepancia en la valoración de los antecedentes.

Fundamentos del fallo:

El tribunal fue enfático en señalar que el ministro Madrid dictó su sentencia basándose en un gran número de pericias, informes científicos y declaraciones de testigos que permitieron fundar racionalmente la convicción de un homicidio. El fallo aclara que el concepto de “error judicial” solo es aplicable cuando una resolución contradice la razón o carece de una explicación lógica, lo cual no ocurrió en este caso sublite.

“No puede erigirse como motivo suficiente la discrepancia con los juicios de valor allí emitidos”, plantea la resolución, subrayando que la investigación cumplió con las exigencias del Código de Procedimiento Penal. Con esto, la Corte Suprema blinda la labor de los ministros de fuero en causas de derechos humanos, validando que la existencia de interpretaciones jurídicas distintas en instancias superiores es parte del ejercicio normal del derecho y no una falta grave a la justicia.