¡ INSOLITO !:
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Santiago, 2 de noviembre de 2026
Dos hombres recibieron quince años de presidio por una sentencia que no les atribuye un solo acto. Los condenaron por pertenecer, no por hacer. Mientras esa condena se revisa en casación, hicieron lo que la ley permite a cualquier persona: presentaron una querella contra el juez que la firmó y contra los dos integrantes de la sala que la confirmaron sin escribir un fundamento propio, mientras el único ministro titular de esa sala votaba por absolverlos. Un juez de garantía la admitió y la envió a la Fiscalía. Hasta ahí, el país funcionó como dice funcionar.
Lo que vino después merece contarse despacio.
El ministro Álvaro Mesa Latorre, de la Corte de Apelaciones de Temuco, no está preso ni corre riesgo de estarlo. Aun así, la Defensoría Penal Pública, el servicio que todos los chilenos financian para defender a quien no puede pagar un abogado, puso a sus profesionales a redactar recursos de amparo en su favor y en el de sus dos colegas. Y los presentó en el lugar menos imparcial posible: la propia Corte de Temuco. Cuatro meses antes, esa Corte reconoció que no podía conocer los amparos de Mesa Latorre y los mandó a Valdivia. Esta vez los recibió, los declaró admisibles, pidió informe con plazo de 48 horas y los agregó a la tabla. Hubo que reclamar su incompetencia y esperar a que sus ministros se inhabilitaran uno tras otro, hasta que certificó que no quedaba quien pudiera juzgar el asunto, para que los expedientes salieran de ahí.
Valdivia los rechazó por unanimidad. El máximo tribunal lo ha dicho tres veces: estas querellas deben investigarse. Cualquier litigante común habría entendido. El ministro no.
La Defensoría apeló, y lo que ahora pide a la Corte Suprema hay que leerlo con calma. Abandonó el argumento de la libertad, porque no hay libertad en juego, y solicita a cambio que se congele la investigación mientras dure la casación del fallo. Ese trámite puede tardar años. El delito de prevaricación prescribe en cinco. La Defensoría misma escribe que una querella no suspende la prescripción. Basta unir las tres frases para entender lo que se pide: que la causa duerma en un cajón hasta que el calendario la mate, y que sea la Corte Suprema quien lo ordene. Lo dicen con una frase que debería avergonzar a quien la escribió: la medida “no priva a los querellantes de nada”.
Todo esto, además, por partida doble. Contra una sola resolución se dedujeron dos amparos; contra dos sentencias calcadas, dos apelaciones de treinta páginas con un texto idéntico en el que sólo cambian los nombres. Dos roles en Temuco, dos causas en Valdivia y ahora dos ingresos en la Suprema para leer el mismo documento. Un organismo público obligado a cuidar el dinero de todos ha duplicado sus gestiones en favor de tres jueces. La economía procesal, al parecer, es una exigencia reservada a los demás.
Para darle ropaje jurídico se invoca la independencia judicial, se citan relatores de Naciones Unidas y, lejos de los tribunales, se habla de honra herida y de persecución, como si pedir que se investigue a un juez equivaliera a atentar contra la justicia. Querellarse contra un médico no ataca a la medicina. La independencia existe para que un juez pueda fallar sin miedo, no para que pueda fallar sin consecuencias. La Constitución lo establece sin adornos: los jueces son personalmente responsables de toda prevaricación en que incurran, y en Chile no hay persona ni grupo privilegiados. Ninguna relatoría deroga eso.
Piense qué ocurriría si el querellado fuera usted. Nadie le presentaría un amparo. Su causa no entraría a tabla en una semana. El Estado no pagaría sesenta páginas para que la investigación en su contra se detuviera hasta prescribir. Le responderían lo mismo que a todo el mundo: que la Fiscalía investigue y que, si es inocente, lo demuestre ahí. Eso, y sólo eso, es lo que estos dos hombres piden para quienes firmaron su condena.
La igualdad ante la ley se proclama cada 1 de marzo, en la inauguración del año judicial. Se demuestra cuando el investigado lleva toga. A ellos les bastó pertenecer para ser condenados. Falta saber si pertenecer a una Corte alcanza para no ser investigado.

Carla Fernández Montero
Abogada penalista