Muerte de militar



Muerte de militar

La ministro Marianela Cifuentes refiriéndose a Carlos Rey Cortés, el oficial de la FACH que se suicidó al ser notificado de su procesamiento y de la orden de aprehensión para ingresar a prisión preventiva, declaró: “a él no se le imputaba una autoría directa, sino como jefe de la patrulla; no necesariamente implica en el futuro una condena”; “puede que él se haya asustado por estar desinformado”.

Lo más probable es que dicho oficial haya tomado tan trágica determinación precisamente por todo lo contrario, porque estaba muy bien informado y sabía perfectamente lo que le esperaba: que con el sistema de procedimiento penal inconstitucional que le es aplicado a los militares —que no respeta el derecho humano a un debido proceso, en el que una misma persona es la que investiga, acusa y falla— cuando un juez somete a proceso a un imputado ya está convencido de su culpabilidad.

También sabía que los jueces que procesan a los militares que debieron afrontar la violencia revolucionaria fallan contra leyes expresas y vigentes y que condenan a los oficiales al mando de quienes habrían cometido un delito porque dada su mayor jerarquía “debieron” conocer, ordenar o autorizar la comisión de los hechos delictivos investigados; como le ocurrió al general Héctor Orozco, que fue condenado a diez años de presidio solo por el hecho de que era el comandante del regimiento al que pertenecían los imputados, sin acreditar su participación en el hecho punible como autor, cómplice o encubridor.

Y el comandante Rey estaba al mando de la patrulla desde la cual se le disparó a la víctima, el año 1974, por lo que su condena era más que segura.

 

Adolfo Paúl Latorre, Abogado