Indulto presidencial



Indulto presidencial

El ministro de Justicia Jaime Campos explicó que el proyecto de ley que elimina la facultad presidencial del indulto particular para personas condenadas por supuestos delitos de lesa humanidad establece más exigencias para la obtención de beneficios; entre ellas la del “arrepentimiento por los hechos cometidos”, puesto que “a eso nos obliga la legislación internacional suscrita por nuestro país”. Esto último no es efectivo. Por lo demás, ¿de qué podrían arrepentirse los cientos de militares que han sido condenados siendo inocentes o estando exentos de culpa o de responsabilidad criminal y a quienes les ha sido vulnerado su derecho humano a un debido proceso?

Finalmente cabría señalar que la referida facultad presidencial está establecida en nuestra Carta Fundamental, en forma amplia y discrecional, de modo que para restringirla es necesaria una ley de reforma constitucional.

Adolfo Paúl Latorre
Abogado