Beneficios a condenados por lesa humanidad

Editorial diario La Tercera, 20 de Noviembre de 2016

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El presidente de la Corte Suprema, en entrevista con este medio, profundizó respecto de una materia de especial sensibilidad como es la procedencia de que condenados por crímenes de lesa humanidad accedan a beneficios penitenciarios, en particular cuando se trata de ancianos y enfermos. El magistrado señaló que, a su juicio, los condenados por derechos humanos -en la medida que cumplan con los requisitos objetivos que señala la ley- “tienen derecho a la libertad”, que no debería haber diferencias entre condenados y que “sería una expresión de respeto a los DD.HH. que mucha gente pudiera salir a cumplir a su casa. El derecho humano de las víctimas se cumplió, fueron sentenciados, y ahora viene el derecho humano de los condenados”.
Sus palabras fueron objeto de inmediata reacción, y organizaciones ligadas a la defensa de los derechos humanos solicitaron su renuncia al cargo, por considerar que está sentando un “precedente nefasto”, que contraviene todos los convenios internacionales, según los cuales los beneficios carcelarios solo procederían para los reos comunes. 
descarga Aun cuando se trata de un tema complejo, los dichos del presidente de la Corte Suprema permiten volver a poner en discusión la pertinencia de que los condenados por crímenes contra los derechos humanos sean excluidos del derecho humanitario, especialmente en el caso de ancianos o personas enfermas.
La normativa que hoy regula la entrega de beneficios carcelarios no excluye a los condenados por crímenes de lesa humanidad, pero en los hechos cada vez que han elevado una solicitud, ésta ha sido rechazada. En el Congreso se tramita un proyecto de ley -originado en moción del Senado- en que se busca actualizar las normas sobre libertad condicional. Conforme los cambios introducidos en la Cámara de Diputados, este tipo de condenados quedarán definitivamente excluidos de todo beneficio, aun cuando se trate de ancianos o enfermos. El proyecto avanza en una dirección opuesta a la que ha manifestado un grupo transversal de senadores, quienes en junio enviaron un oficio a la Presidenta de la República para que se aplique el derecho humanitario a todos los condenados, sin excepción.
El país ha dado pasos sustanciales en la promoción y defensa de los derechos humanos, suscribiendo una serie de tratados internacionales y dictando legislaciones especiales, que se extienden a ámbitos tan diversos como la defensa de las minorías, reconocimiento de pueblos originarios, convención contra la tortura y genocidio, entre varios otros. Estos avances son inconsistentes cuando por otro lado se pretenden consagrar tratamientos discriminatorios entre reos, que ni siquiera reconocen situaciones excepcionales, lo que parece alejarnos de la vanguardia en derechos humanos.
convencion-oea-adultos-mayotes Entre los acuerdos que el país ha suscrito figura la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (2015), en una de cuyas disposiciones se indica que los Estados “garantizarán el acceso de la persona mayor privada de libertad a programas especiales y atención integral, incluidos los mecanismos de rehabilitación para su reinserción en la sociedad y, según corresponda, promoverán medidas alternativas respecto a la privación de libertad”.
Las reflexiones del presidente de la Corte Suprema abren nuevas perspectivas al debate, y son un recordatorio de que en la medida que el país siga avanzando en verdad y reparación a víctimas, recogiendo también las consideraciones humanitarias, se da un valioso paso en favor de la reconciliación.

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