EL CASO QUEMADOS. UNA SENTENCIA QUE DEJA DUDAS

por Gonzalo Ibañez Santa María

Nuevamente los tribunales nos traen novedades. Esta vez, la de que, después de 32 años de acaecidos los hechos, el ministro Mario Carroza ha condenado a un grupo de militares porque, según él, fueron responsables de las heridas que recibió una joven, y de la muerte de otro joven, como consecuencia de las quemaduras que aquellos les habrían provocado. 

El caso fue juzgado y sentenciado en 1986. Sin embargo, se reabrió porque, treinta años después, dos de los soldados que estaban en la patrulla cambiaron su declaración e inculparon a uno de los oficiales, Julio Castañer, que nunca antes había sido calificado como responsable. De hecho, en la fecha indicada fue condenado el capitán Pedro Fernández Titus, quien comandaba el grupo, por no haber prestado a estos jóvenes el debido auxilio. Esta vez, se prefirió a un oficial subordinado.

Esta sentencia viene poco después de aquella que pronunciara otro ministro de corte sobre el caso Frei, 38 años después del fallecimiento del expresidente, condenando a un grupo de médicos, aun contra la opinión de un yerno del mismo Frei, que es médico y que participó en las operaciones que se le realizaron. Él fue claro en negar que hubiera habido algo que pudiera calificarse como delito. Por eso, no es de extrañar que tal sentencia haya sido recibido en medio de un escepticismo generalizado.

La de ahora deja también dudas. Sobre todo, si se tiene en cuenta el larguísimo tiempo que se tomaron esos dos soldados para cambiar su declaración, lo que hace muy difícil, por no decir imposible, la defensa de los inculpados. De hecho, mi parecer es que, en ese caso, correspondía aplicar la prescripción que señala la ley. Y no se diga que estos delitos  serían de “de lesa humanidad”, que la ley declara imprescriptibles, porque esta categoría recién entró en nuestra legislación el año 2009. Por otra parte, los demás integrantes de la patrulla se mantuvieron en sus dichos. Incluso, uno de ellos aprovechó la oportunidad -por cierto, sin recibir presión alguna- para señalar que había sido él quien, en la confusión del momento, volcó el recipiente que contenía la bencina de la cual brotarían después las llamas que afectarían a esos jóvenes.  Varió, en fin, la identidad del principal inculpado. Y, para nada lo menos importante, quedó a firme el hecho de  que la bencina con la cual el sentenciador dice que las víctimas fueron rociadas, la llevaban ellas mismas para provocar incendios en una manifestación en la que participaban. 

Tanto un caso, el de Frei, como este otro, dejan inevitablemente dudas de que en Chile se esté siendo imparcial a la hora de aplicar la justicia.

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