ESTADO DE DERECHO. CAUSAS DETERMINANTES DE SU QUIEBRE Y NUEVAS AMENAZAS PARA EL SIGLO XXI

ESTADO DE DERECHO. CAUSAS DETERMINANTES DE SU QUIEBRE Y NUEVAS AMENAZAS PARA EL SIGLO XXI
No ha sido habitual en Chile, ni mucho menos en estos últimos veinte años, que se otorgue una efectiva importancia trascendental al ESTADO DE DERECHO, considerado como atributo esencial de la Nación, y resguardo de los derechos de los chilenos, así como la paz, el orden y la seguridad de la sociedad toda. En efecto, si se observan, por ejemplo, los juicios o estudios (¿) que se han hecho sobre la crisis política que sufrió nuestro país y que culminó en 1973 con el pronunciamiento o golpe militar, y su gobierno posterior, se ignoran u omiten tanto las causas como las consecuencias directas de la erosión, primero, y el quiebre profundo, después, del estado de derecho.
El hecho de ignorar la realidad del quiebre anterior al 11 de Septiembre, la época en que se produce, las causas que motivan su erosión, y las que lo desbordan y destruyen radicalmente, no sólo lleva a tergiversar la verdad histórica, sino también, hacia delante, posibilita reincidir, en otras formas, en los mismos errores del pasado.
Las grandes convulsiones político – sociales de una nación tienen siempre muchas facetas, aún contradictorias, que se superponen, o se suman o anulan. Pero, si analizamos de esta prisma el efecto sobre el estado de derecho, podemos diferenciar los elementos más destructores en la crisis vivida; y, talvez, advertir hechos que amenazan eventuales quiebres futuros.
Un análisis objetivo de este proceso permite fijar la época en que se desarrolla; y, también, precisar sus causas principales.
Época : 1965 – 1973
Causas : Ideologismo; y; el síndrome que engendra ……
Revolución.
EPOCA : Aún cuando el proceso de ideologizar la política chilena se ha venido desarrollando algunos años antes, es en 1965 que se inician ya, a impulso de una ideología, actos gubernativos precisos que, son contrarios al estado de derecho; que van en aumento y se multiplican a medida que enfrentan contratiempos y fracasos; y que, después de 1970, se van a hacer total y abarcar la destrucción total del mismo,en 1973.
CAUSAS : IDEOLOGISMO. No es el pensamiento político, ni las doctrinas, ni la filosofía política. Es una enfermedad que exacerba la pasión y la superpone a la reflexión y a la prudencia. Es, gráficamente un espejismo, que distorsiona la realidad, y confunde la visión y el juicio configurando un auto engaño.
En esa época el ideologismo – con fuerte dosis de mal digeridos precedentes foráneos -, se adueñó de la mayoría de los partidos políticos. Y muy pronto, la pérdida de asidero y compromiso con la realidad nacional, los llevó a engendrar a la hila del diablo: la revolución.
El Partido Demócrata Cristiano, ocupaba el nombre de los grandes partidos de Alemania, e Italia –Todavía fuerte en esos años-, pero, se alejaba y los contradecía al influjo de una ideología extrema.
Acuñó en lema: “Revolución en Libertad”; y su consigna : “Todo tiene que cambiar”. Con la figura de un destacado político de su partido, obtuvo un gran triunfo electoral, a fines de 1964, que repitió en la elección parlamentaria de Marzo de 1965, (43%), en la cual –debido al sistema electoral vigente-, significó más de 80 diputados y casi la mitad del Senado. El Presidente Frei Montalvo quedó embotellado con ese resultado y la mayoría parlamentaria, en el ideologismo de su partido.
El Partido Socialista, con creciente influencia ideológica castrista, y el Partido Comunista, con su sólida ideología marxista – leninista, y prácticas estalinista, elaboran su propia revolución. Su consigna : “Todo el Poder para el Pueblo”. Sufrieron una fuerte derrota, pero supieron aprovechar muy bien e impulsar, con la presión competitiva, al PDC a acrecentar el acento socialista de su ideología.
En esta pugna ideológica el espejismo se fue haciendo total en el gobierno del PDC. Creían haber clavado la rueda de la fortuna para muchas décadas; haber arrebatado todas las banderas ala izquierda marxista; haber destruido para siempre a la derecha; y que era la hora de imponer al país su ideología.
En este afán se inició, sin siquiera advertirlo, la destrucción y el quiebre –todavía parcial- del estado de derecho.
Esto ocurrió con el proceso de la Reforma Agraria. Sus tres etapas fueron las siguientes:
1.- Reforma Constitucional: El artículo 10 nº 10, que establecía la garantía del derecho de propiedad, sufrió drásticas modificaciones, en perjuicio de los propietarios de predios rurales. Para ellos, no regía en caso de expropiación un valor equitativo fijado de común acuerdo por un tribunal, sino era el avalúo fiscal para los efectos de la contribución territorial; y no debía pagarse previamente al contado, sino en un plazo de 30 año, en la forma que indique la ley; y la ley –violando incluso la buena fe-, añadió, que si el predio era calificado por los funcionarios del Estado, como mal explotado, el pago a 30 años sería sin intereses ni reajustes, (en un país con una inflación creciente).
2.- La ley especial (o “Ley Aylwin”). La aplicación cada vez más drástica y masiva de la reforma agraria, llevo a los propietarios afectados a recurrir a los tribunales de justicia, obteniendo importantes éxitos.
Con esta oposición, y frustrados por numerosas derrotas, judiciales y aún de rechazo de los propios campesinos, el Gobierno recurrió a dos armas: una, fue la violencia, aún instigada y apoyada por funcionarios de la CORA, para tomar por la fuerza predios que rechazaban la expropiación – (caso primero de Longaví)-; y dos, aprobar una ley especial, iniciada con moción del senador Aylwin, que quitaba competencia a los tribunales de justicia para conocer de reclamo alguno de los propietarios contra la resolución de expropiación. Más aún, en una disposición transitoria, se ponía término a los 80 juicios perdidos por el Estado, ante Cortes de Apelaciones, y que se encontraban por recursos del Estado pendientes ante la Corte Suprema. Esos juicios ganados por los expropiados, dejaban por Ley especial de existir. Es decir, por ley, el Estado se robó 80expedientes, y el patrimonio de esos chilenos.
3.- Como la Reforma Agraria contemplaba que no podían expropiarse para ese fin predios de una cabida inferior a 40 hectáreas de riego básica, en el Reglamento de la Ley se agregó un artículo que permitía al Gobierno, en caso de que hubiese un conflicto laboral en un predio que lo paralizara, podía intervenirlo y nombrar interventor, que pasaba a administrarlo, en vez de su dueño… Otra disposición, indicaba que los empleados agrícola de un predio expropiado, no podían integrar un asentamiento.
Estas acciones sucesivas del Gobierno desde 1965 a 1969, para imponer su ideología, significó un grave quiebre del estado de derecho y de los principios esenciales del orden constitucional que debe resguardarlo. Rompió el principio de igualdad ante la ley, en perjuicio de un grupo de personas, y la garantía constitucional de su derecho de propiedad. Rompió, asimismo, el principio y derecho fundamental de tener acceso a la justicia, negándolo sólo a ellos; y el derecho al debido proceso, incluso al respeto de los juicios ya ganados en Cortes de Apelaciones. Debe advertirse que tales derechos son expresamente fijados como tales en la Declaración Universal de Derechos Humanos, impunemente violados en esa materia y oportunidad. Y, en el último caso, significa violar los atributos del dominio a los propietarios discriminatoriamente afectados, y al derecho de trabajar de los empleados agrícolas. (Anécdota: el senador Allende, me comentó en 1969 que a él no le habrían aceptado una reforma agraria como de la Frei. Pero después en su Gobierno, extremaron las acciones ilegales).
Una vieja tradición oral en Holanda, cuenta que una tarde un niño regresaba a su casa, al pasar junto a un dique que detiene las aguas del mar, observó que tenía una pequeña filtración y por ella entraba ya un hilo de agua. Sin vacilar metió su dedo en el agujero y contuvo el agua, y allí se mantuvo toda la noche. Cuando lo salieron a buscar, alarmados por su ausencia, encontraron al muchacho en su heroica acción. Sin su oportuna decisión el agua habría agrandado cada vez más el agujero y habría terminado destruyendo el dique entero, inundando su pueblo y las tierras aledañas.
Esa visión no la tuvo, desgraciadamente el Gobierno en 1965. El agujero que hizo en la Constitución al burlar la garantía constitucional para los propietarios rurales, rompiendo en su perjuicio la igualdad ante la ley; y, después en la ley especial, miscelánea, derecho de acceder a la justicia y a debido proceso, significó abrir un gran forado en el estado de derecho. El que fuera parcial, en el sentido de afectar sólo a una categoría de propietarios, de predios rurales, no aminora la responsabilidad de haber hecho posible aquella destrucción, y dándole, aún, categoría de acción legítima al hacerlo por la vía de una arbitrariedad establecida en la Constitución y en sendas leyes especiales, como también en un reglamento presidencial.
El quiebre en el estado de derecho, pasó a ser así un imperativo de esas ideologías y una necesidad para toda revolución.
La derrota del PDC en las elecciones de 1970, (llegó tercero, con una magra votación), permitió el triunfo del senador Allende, de la Unidad Popular, con la primera mayoría relativa (36%).
Él prometió su propia revolución marxista, pero por un camino distinto a la revolución de Lenin, y a la dictadura del proletariado. El PDC se resolvió elegirlo en el Congreso Pleno, previo al acuerdo en torno a un Estatuto de Garantías, que más tarde se transformó en reforma constitucional.
La construcción de la revolución socialista se inició con rapidez, utilizando el nuevo Gobierno a fondo los puntos de quiebre del estado de derecho abiertos por la Reforma Agraria, y extendiéndose a las propiedades de industrias, bancos y grandes empresas comerciales, con el uso primero de resquicios legales, y muy pronto de abiertas ilegalidades.
Antes de enterar dos años en el poder, el forado abierto al estado de derecho era virtualmente total. El dique se rompió y el país fue inundado por el caos, la anarquía, la violencia, la crisis económica, la inflación, el desabastecimiento, y la proliferación de grupos armados que usurpaban los campos, o las industrias, e impulsaban la guerra civil.
Las advertencias fueron inútiles. El ideologismo revolucionario no aceptaba someterse a la legalidad y a la Constitución, ni a respetar el estado de derecho.
La Corte Suprema representó públicamente al Gobierno la gravedad que configuraba la negativa de las autoridades ejecutivas a dar cumplimiento a las resoluciones judiciales, y el hecho de impedir que la policía interviniera en defensa de las víctimas de delitos flagrantes.
El Presidente Allende agravó aún más la actitud inconstitucional del Gobierno, al responder sosteniendo su derecho a hacer un juicio de mérito de la oportunidad de dar o no dar cumplimiento a las resoluciones de los tribunales. Atropelló así las atribuciones del Poder Judicial.
En la Cámara de Diputados doce acusaciones a ministros por graves infracciones a la Constitución y a leyes fueron aprobadas, y el Senado destituyó a los acusados. El Presidente respondió con un gesto de desprecio, haciendo un enroque de carteras entre el destituido y otro ministro.
El Congreso aprobó una reforma constitucional sobre las áreas de la economía, para permitir un orden entre empresas estatales o de la llamada “área social –creada ilegalmente- y el área privada, resguardando la legalidad y los derechos de sus propietarios. El Gobierno llegó a promulgar una parte de las disposiciones aprobadas, desconociendo así, una vez más, las atribuciones del Poder Legislativo.
La violencia de los partidos y movimientos de la Unidad Popular, los grupos armados y el acopio de armas, la preparación de formación de cordones industriales y poblacionales, y de escuelas de guerrillas rurales, sumadas a la llegada de 20.000 extremistas extranjeros y a la grave intromisión de Cuba en esas actividades, se confirmaron entonces, y hoy han sido reconocidas por sus propios dirigentes. Carlos Altamirano, entonces Secretario General del Partido Socialista, ha reconocido hace poco que el PS, tenía 11.000 hombres armados, y el que el MIR tenía muchos más. Orlando Millas, diputado comunista, ha reconocido este año, la responsabilidad de los dirigentes del PC de haber inducido a la juventud a prepararse, acá y en Cuba, para la lucha armada. Todo, en preparación de una eventual guerra civil para hacer triunfar su revolución, y revertir el fracaso de su Gobierno.
La Cámara de Diputados, en histórica sesión del 22 de Agosto de 1973, aprobó un proyecto de Acuerdo, en el que analiza los hechos que configuran la deliverada acción del Gobierno para destruir el estado de derecho, violar la Constitución y las leyes, desconocer las atribuciones de los otros poderes del Estado, y afectar gravemente la unidad nacional y la paz social; y concluía señalando que el Presidente Allende había incurrido en ilegitimidad de ejercicio, y llamaba a las Fuerzas Armadas, cuyos altos representantes habían sido llevados a integrar el gabinete por el Presidente, para que exigieran o pusieran término a los atropellos denunciados y restablecer el estado de derecho.
El 11 de Septiembre de 1973, fue la respuesta a la crisis total que sufría el País. El éxito del pronunciamiento militar fue rápido y total. La acción armada logró en pocos días asegurar el orden y la paz social, aniquilando los grupos armados que combatieron, y que no huyeron al extranjero, se ocultaron o asilaron en embajadas. Su aplastante eficacia impidió que en Chile estallara la guerra civil tan anunciada y preparada por el extremismo marxista.
En Chile, no hubo guerra civil. No existió una “guerra no internacional”, como consideran y describen los Convenios de Ginebra. Es un hecho absoluto, que no se dieron nunca, ni en la toma del poder por las Fuerzas Armadas y de Orden, ni después, los elementos ni los requisitos que los Convenios y sus Protocolos exigen para configurar una “guerra no internacional”, una guerra civil, que los haga aplicables.
Los hechos posteriores, tampoco son propios de una guerra civil. Configuran una fuerte represión, ejercida para cortar intentos de revivir la revolución fracasada, o de organizaciones terroristas. No se ha considerado un hecho que registra la historia universal. Una Revolución siempre genera una Contrarrevolución. La violencia de aquella engendra la violencia en la respuesta de ésta. A veces triunfa una, otras veces la otra. Si se midiera con fría objetividad comparativa, se podría comprender que jamás ha habido en el mundo una Contrarrevolución tan eficaz, tan rápida y definitiva, que haya producido resultados tan constructivos, y que, aún en la dura y fuerte represión, haya causado o sufrido menos víctimas fatales. Bastaría comparar los 8 o 9.000 fusilados en el paredón por la triunfante revolución comunista en Cuba; o el millón de muertos en la guerra civil española, para derrotar e impedir que dominara una revolución comunista y socialista. En la primera, hasta hoy perdura -50 años después- su dictadura; en el segundo caso, el régimen duró 40 años. Acá, reestablecido el estado de derecho, reconstruida la nación, creada una institucionalidad que ha dado estabilidad, orden y progreso al país, se traspasó el Poder en forma ejemplar, dando cumplimiento al programa auto impuesto.
Los enemigos máximos del estado de derecho –el ideologismo y la revolución-, han quedado en lo posible marginados, con relativa incapacidad para nuevamente destruir el estado de derecho y el orden, paz y unidad de la Nación.
Nunca, por cierto, en un Estado que goza de libertad, pueden quedar eliminados los riesgos y los desafíos. Y tampoco hoy día Chile está libre de los ideologismos. Espero que sí de la revolución.
ADVERTENCIAS HOY Y DESAFIOS DE MAÑANA
Existen, sin embargo, síntomas, parciales, pero agudos que erosionan el estado de derecho. Son, sin duda agujeros que agrietan el dique. Por lo mismo, hay que advertirlos, y denunciarlos, pues son evidentes amenazas para el futuro.
El “estado de derecho” es y debe ser integral, total y para todos, individuos, personas jurídicas o entidades, que forman la realidad social, en su respectiva identidad. Si se excluye a un sector como hizo la Reforma Agraria entre 1965 y 1973, se produce un quiebre grave en el estado de derecho. Ese agujero, que además agrietó la unidad del orden constitucional y de sus principios, causó y causará siempre que todo el andamiaje del sistema colapse. Así ocurrió hace 40 años: así ocurrirá siempre, cuando se vulnere el estado de derecho al influjo de las ideologías.
Hoy, por desgracia, Chile no está libre de ese error, no obstante que debió aprender de las experiencias pasadas.
Hoy, en dos planos diferente, se está erosionando el estado de derecho. Y, en ambos planos, una vez más, esto ocurre por influjo de ideologías. Lo más grave, tal vez, es que en esta oportunidad, comparten responsabilidades los tres Poderes del Estado.
UN PLANO: Está configurado por la acción política del Gobierno y de sus funcionarios, que presionan indebidamente al Poder Judicial; y, lo que es más grave aún, por actuaciones arbitrarias y violatoria del derecho de Tribunales Superiores de Justicia, al juzgar a un sector de chilenos: sólo a miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden por delitos ocurridos hace más de 30 años.
Sentencia de mayoría de Cortes de Apelaciones y de la Sala Penal de la Corte Suprema, han incurrido, para condenar a los inculpados, en violaciones manifiestas de las normas constitucionales y del ordenamiento penal y procesal penal chileno; han interpretado mal el Derecho Internacional, o lo han tergiversado abusivamente; han ignorado las normas que regulan su incorporación al derecho interno; han calificado mal los hechos y circunstancias, para acomodarlos al deseo de condenar a como de lugar a los inculpados; se han negado aplicar el derecho penal vigente en Chile, pretextando estar subordinado a inexistentes normas de costumbre; han fallado ideológica o subjetivamente, contrariando el derecho positivo vigente; e ignorando, incluso, que su autoridad para juzgar la otorga la Constitución, a la que deben someter sus actuaciones, so pena de nulidad, sin perjuicio de las demás sanciones que determine la ley.
Bastaría observar con detención las disposiciones de los artículos 5, 6, 7, 19 nº 3, y 54 de la Constitución, además de los que se refieren al Poder Judicial, para apreciar desde ya los vicios en que incurren todas las aludidas sentencias condenatorias. Y, también, como son un agujero, intencionado ideológicamente, en el dique del estado de derecho.
OTRO PLANO: Tratados inconstitucionales.
La responsabilidad mayor recae en el Poder Ejecutivo. Por una posición ideológica el Gobierno incurre con reiterada porfía, en suscribir tratados que contravienen disposiciones precisas de la Constitución, violando precisamente el art 6º de la Constitución. Más aún, cuando es advertido de la inconstitucionalidad por sentencia del Tribunal Constitucional, busca formas de marginar lo fallado, con virtuales resquicios, mientras aumenta las presiones sobre el Congreso para que aprueben lo que es inadmisible.
Lo grave es que, hasta ahora, con tropiezos y demoras, ha ido obteniendo la aprobación de tratados no sólo inconstitucionales, en su esencia y en sus disposiciones, sino gravemente contrarios a la soberanía de la Nación.
Estas actuaciones son, en esencia, inconstitucionales, y por ende, gravemente destructoras del estado de derecho. Además, son contrarias al interés nacional permanente, por implicar un deterioro grave de la soberanía nacional.
Dichos tratados implican una cesión de soberanía jurisdiccional penal de la república. Ésta es y debe ser siempre, sin excepciones, exclusiva función del Estado. Los delitos cometidos dentro del territorio de Chile, por chilenos, caen dentro de su jurisdicción penal exclusiva y excluyente. En un deber irrenunciable.
El Estado que cede soberanía, es menos soberano, es decir, es menos independiente. Cede lo que es un atributo irrenunciable de su soberanía a otros Estados. O a una entidad internacional, que se superpone sobre el Poder Judicial del Estado. Esto significa ratificar el tratado que crea la Corte Internacional Penal; y aquello, el Tratado sobre el desaparecimiento de personas.
El estado de derecho asegura a todos los chilenos, la plenitud de los derechos que la Constitución garantiza; y, entre ellos, tanto el ser juzgado sólo por las autoridades que la Constitución establece, y no por cualquier juez de cualquier otro Estado; como también, la integridad de las garantías del sistema jurisdiccional penal que el art.19 nº 3 incluye; entre ellos, la prescripción y la amnistía.
El hecho de que Cortes de Apelación y la Corte Suprema se nieguen a aplicar esas normas legales positivas, pretextando dar valor superior a una supuesta norma de costumbre internacional, inexistente en el derecho interno de Chile, configura una violación manifiesta del orden Constitucional de Chile, y, una destrucción deliverada del estado de derecho de nuestra Nación. Todo lo anterior, es responsabilidad de los tres Poderes del Estado, en distintas formas y oportunidades.
La suma de los dos planos, por el trasfondo que tienen, revelan que ambos son causados por un neo ideologismo. En aras de él, no se detienen a pensar siquiera en el daño irreparable que se hace a la soberanía nacional –que es y debe seguir siendo absoluta, perpetua e indivisible, para asegurar el presente y el futuro de Chile-; ni en el progresivo quebrantamiento de la Constitución (art. 5º y 6º) que configuran las actuaciones de autoridades que contravienes sus normas, ni en la nulidad de derecho público que afecta a dichas actuaciones (art.7º).
Esta conducta, que no es ni puede ser racional, ni se conforma voluntariamente, tiene otros orígenes. La impulsan vicios intelectuales, que tienen su origen en el ideologismo, y que llegan al extremo de negar, o renegar, del sentido nacional.
Si existen graves deficiencias en la educación chilena, como se ha evidenciado aplastantemente, en ningún aspecto ella es superior al total desconocimiento e ignorancia respecto a la historia y a la geografía de Chile. Esa ignorancia no sólo no crea el amor patrio, sino que promueve generaciones despojados de identidad nacional, sino que los deja inermes frente a los ideologismos foráneos, a las tendencias desnacionalizadoras, y abiertos al nirvana verbalista y hueco del internacionalismo ideologizado.
Nadie puede amar a lo que no se conoce, ni comprende, ni lo convoca a vivirlo plenamente. Por eso, en esa ignorancia, no se ama a Chile, por encima de otros sentimientos, ni se entrega nada frente a su interés superior.
La única excepción, como entidades y sucesivas generaciones comprometidas, son las Fuerzas Armadas y de Orden, y los individuos consagrados vocacionalmente a ellas. Y, por cierto, las excepciones escasas de civiles que comparten esa visión y entrega.
El estudio y comprensión de este dualismo, y de estas carencias en la civilidad, explica mejor que otros análisis y enfoques, la grave crisis vivida en Chile, entre los años 1965 y 1973, causadas por los ideologísmos y la tentación del Diablo, con el mito de la revolución. Y sus opositores, con la necesidad de rechazarlos.
Tal vez, esta sola reflexión puede explicar mejor porqué mientras el mundo político y partidista civil fue el causante directo entre 1965 y 1973 de la crisis del estado de derecho y de llegar al caos total –político, social, económico-, y al borde de la guerra civil, incapaz de mantenerse dentro de la legitimidad legal y constitucional; tuvo que ser el sector militar, invocado para hacerlo, quién asumió el único rol patriótico posible: abortar la guerra civil inevitable; aplastar la revolución que la generaba; poner término al enfrentamiento partidista agonal; detener la destrucción del país y, también, las amenazas foráneas –que ambas tuvieron fecha fijada de inicio-, e iniciar la más dura y difícil tarea de reconstrucción nacional, única en sus términos y circunstancias, que conoce nuestra historia fidedigna.
El hecho de que se le niegue, una vez más por las fuerzas político partidistas, sólo revela que la inconsecuencia ideológica sigue dominando la racionalidad.
Los dos grandes planos en que se afecta la soberanía nacional, al estado de derecho y al principio de supremacía constitucional, confirma el horizonte oscuro que hemos denunciado.
Si se anhela buscar con sinceridad una nueva integración de la sociedad chilena, sin divisiones falsas, sin estigmatizar a las Fuerzas Armadas y de Orden, sin claudicaciones en el sentido e identidad cultural de la nación, y de la soberanía, debe comprenderse que son inevitables e irrenunciables los siguientes pasos y principios:
Debe respetarse íntegra y cabalmente el estado de derecho, sin admitir quiebres ni tergiversaciones en perjuicio de un grupo de chilenos; hoy, son los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden procesados y condenados, con grave violación de la Constitución y del orden jurídico penal chileno.
Establecer y respetar en la educación pública de Chile, la enseñanza fidedigna de la historia y la geografía patria, únicas bases no movibles en la formación de nuestra identidad cultural y nacional; y única base común con la formación de las jóvenes generaciones de miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden.
Comprender que ante los desafíos de la globalización actual, sólo el sentido nacional, la identidad cultural de la Nación, el respeto total de su soberanía, y la integridad del derecho constitucional y legal propio, pueden ser garantías del resguardo del interés y fortaleza del Estado de Chile.
La educación, en cuanto formación y cultura cívica, y la política, liberada de ideologismos y tergiversaciones, y centrada en los interese y objetivos permanentes de la Nación chilena, son los medios e instrumentos que pueden forjar una chilenidad unida, capaz de superar los desafíos de este siglo XXI, y de crear entidades sólida para engrandecer la Patria.
MARIO ARNELLO ROMO
PROFESOR TITULAR
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
FACULTAD DE DERECHO
UNIVERSIDAD DE CHILE