La elección de buenos jueces



La elección de buenos jueces

Editorial de El Mercurio

Las calificaciones de sus respectivas carreras profesionales aportan muy poco, ya que las prácticas del sector público suelen traducirse en notas abultadas y que no diferencian desempeños.

No pueden percibirse ni entenderse bien las declaraciones del ministro de Justicia respecto de la orientación política de los jueces fuera del Consejo General de la UDI en que fueron formuladas. Ellas han levantado diversas críticas, específicamente por la posibilidad de una politización de su proceso de nombramiento. Y tiene sentido que esa sea una preocupación institucional, pues la independencia tanto interna como externa del Poder Judicial es un valor fundamental para el Estado de Derecho. Por esta razón, debe procurarse la independencia política de los jueces, y por lo mismo, la mención de la necesidad de un “neteo” fue interpretada como la preferencia de un sesgo político opuesto para compensar aquel que supuestamente tendrían los jueces, pese a que el ministro se refirió a la necesidad de que no haya jueces de izquierda o de derecha, sino buenos jueces.

Por otra parte, los duros términos en que el vocero de la Corte Suprema replicó al ministro de Justicia, con el inmediato apoyo de la asociación de magistrados, no concitaron el respaldo de todos los miembros de la Corte. Incluso, el ministro Aránguiz critica las reiteradas disputas políticas que atraviesan a esa asociación gremial y recordar que ella ha tenido una permanente demanda en favor de un sistema de nombramientos judiciales que no coopere, precisamente, a una inclinación de los jueces en favor del gobierno de turno, del que dependerían sus cambios y ascensos.

Es evidente que desde que en la decisión de nombramiento de los jueces participan, además del Poder Judicial, las principales instituciones políticas del país -la Presidencia y el Congreso-, el proceso tiene dimensiones políticas. Estas surgen del esfuerzo que hacen los personeros políticos llamados a resolver una designación por “traducir” a una clave política los razonamientos jurídicos de los jueces. Eso les permite ubicarlos en el espectro ideológico, comprensible para los personeros políticos, y que marca su mayor o menor cercanía respecto de ellos mismos. Eso explica, por ejemplo, que un criterio estrictamente jurídico como el carácter “garantista” se suela traducir a una supuesta inclinación “política” cercana a la izquierda.

Con todo, salvo en el caso de los tribunales superiores en que ya puede contarse con una cierta información sobre la jurisprudencia particular de cada ministro -lo que podría aportar elementos para esa conversión a clave política-, en la selección de los jueces de primera instancia las autoridades casi nunca cuentan con esa información, lo que exacerba la búsqueda inorgánica de elementos que permitan escrutar al juez, y en ese proceso se arriesga precipitar decisiones extraviadas de criterios de calidad profesional de los postulantes. A esto último contribuyen también prácticas del propio Poder Judicial.

En rigor, la decisión política del Presidente -y del Congreso en caso de ministros de la Corte Suprema- sobre el nombramiento de un juez o ministro debe hacerse sobre la base de unos candidatos que superan los estándares técnico-jurídicos. Por lo tanto, el asunto central es determinar si nuestro sistema cuenta con las herramientas necesarias para asegurar ese estándar o, lo que es lo mismo, si el proceso de formación y perfeccionamiento de los jueces, el mecanismo de conformación de las ternas de jueces de letras o de ministros de Cortes de Apelaciones, o incluso de las quinas de la Corte Suprema, ofrece las garantías necesarias para asegurar esa calidad.

Asimismo, es imprescindible que las autoridades políticas cuenten con la información para una adecuada decisión. Los concursos de meros antecedentes rara vez ofrecen diferencias gravitantes que orienten la decisión de nominación. Las calificaciones de sus respectivas carreras profesionales aportan poco, ya que las prácticas comunes en el sector público suelen traducirse en notas abultadas y que no diferencian desempeños. Luego, el imperativo es contar con un sistema de elección de jueces transparente y que ponga a disposición de las autoridades la información para una decisión que asegure la calidad de nuestra magistratura. En el camino de garantizar esa calidad, son muchos los aspectos que podrían revisarse. Por ejemplo, la necesidad de tener una carrera judicial como la conocemos y la posibilidad de abrir el acceso al Poder Judicial a abogados externos en las distintas instancias judiciales. La Corte Suprema ya cuenta con un número de miembros elegidos de ese modo y sería interesante explorar si puede replicarse, por ejemplo, en las Cortes de Apelaciones a través de concursos. Del mismo modo, sería interesante explorar la posibilidad de que el incremento de remuneraciones de los jueces no esté indexado solo al ascenso en la carrera, sino también a otros mecanismos, como la formación continua, los estudios de posgrado, etc., de modo de que buenos jueces puedan permanecer, si es su opción, en esos cargos accediendo a mejoras salariales. Esos mismos mecanismos de perfeccionamiento objetivados podrían ser muy útiles para la decisión de la autoridad que los nombra.