Obligación de pedir perdón



Obligación de pedir perdón

Algunos piensan que solo son responsables de las violaciones a los derechos humanos los militares y carabineros que cometieron “delitos de lesa humanidad” (a este respecto cabe señalar que ningún delito cometido antes del 18 de julio de 2009 —fecha de entrada en vigor de la ley 20.357 que estableció en Chile tal categoría de delitos— puede legalmente ser calificado como tal).

A mi juicio, la responsabilidad principal de las violaciones a los derechos humanos recae en los máximos dirigentes de la Unidad Popular que desataron una lucha fratricida, y en quienes promovieron y llevaron a efecto una cruenta guerra subversiva. No en quienes cometieron actos reprochables como parte de la difícil tarea de conjurar la guerra civil y reprimir las acciones violentas de personas o grupos armados que pretendían instaurar en Chile un régimen totalitario marxista.

Por otra parte, dice que los condenados lo fueron conforme al debido proceso. No es así: la mayoría de los militares y carabineros prisioneros o son inocentes de los supuestos delitos por los que fueron condenados, están libres de culpa o exentos de responsabilidad criminal. Sea como fuere, todos ellos están condenados injustamente, puesto que sus condenas fueron dictadas como resultado de procesos judiciales en los que no les fueron respetados sus derechos humanos al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la igualdad ante la ley.

 

Adolfo Paul Latorre, Abogado