Papel de las FF.AA. frente a catástrofes

Papel de las FF.AA. frente a catástrofes
Queda en evidencia la capacidad para el uso múltiple y optimización, en tiempos de paz, de recursos disponibles para la defensa nacional.
Valioso
y eficaz ha sido el aporte de las Fuerzas Armadas, principalmente del Ejército
y también de la Armada, para aliviar, prevenir y gestionar las gravísimas
repercusiones de las últimas catástrofes naturales que ha sufrido la población,
así como las viviendas, servicios básicos y la infraestructura de comunas de
las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Biobío, La Araucanía y Los Ríos,
y de la comuna de Cochrane. Otra vez queda en evidencia la efectividad de la
polivalencia, la capacidad para el uso múltiple y la optimización, en tiempos
de paz, de recursos disponibles para la defensa nacional, en la protección y
apoyo de la sociedad civil ante calamidades públicas.
Notable ha sido el numeroso despliegue de personal uniformado -más de diez mil
en el caso del Ejército-, el buen funcionamiento de la institucionalidad,
coordinación y capacidad organizativa de las ramas castrenses para emergencias
catastróficas; el uso eficaz para estos fines de sus medios de transporte y de
comunicación, y para prestar servicios sanitarios; el indispensable empleo de
su personal, aeronaves y helicópteros para combatir el fuego; el empleo de
ingenieros y maquinarias para construir y reparar infraestructura dañada; la
disponibilidad de uniformados especialmente capacitados para prestar apoyo a la
Onemi, Conaf y al Sistema de Protección Civil, y las prestaciones para la
distribución de alimentos y para el rescate y evacuación de damnificados.
Para todos estos cometidos, la disponibilidad de los medios y la debida
integración y coordinación de las instituciones de la defensa, se cuenta con
planes operativos, capacitaciones y un marco legal que incluye el estado de
excepción constitucional para catástrofes, decretado y aplicado en diferentes comunas
afectadas por catástrofes, y que ha sido prorrogado para algunas en las
regiones de La Araucanía, Los Ríos y el Biobío.
Al margen de las atribuciones operativas y administrativas, las facultades
legales propias de dicho estado excepcional permiten imponer restricciones a
los derechos civiles de los habitantes de esos territorios, y mantener la
intervención castrense en patrullajes preventivos y controles del orden
público. De allí que deben adoptarse con sólidos fundamentos, circunscribirse
en el tiempo a lo estrictamente necesario, evitando prórrogas innecesarias y
velando por el pronto y total restablecimiento de la normalidad de las tareas
de las Fuerzas Armadas.