Prevaricación judicial, un delito que no prescribe (2)

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La prevaricación judicial, considerada un abuso de poder y un delito de lesa humanidad, ocurre cuando los jueces faltan al debido proceso, y a sabiendas, fallan contra la ley, haciendo prevalecer criterios de tratados internacionales que entraron en vigencia después de los hechos que son motivo de investigación, aplicando retroactividad de estos y dictando sentencias injustas en causas criminales de hechos ocurridos hace más de 40 años en nuestro país.

Es un atropello a los principios esenciales del Derecho Internacional, del Derecho penal y leyes expresas y vigentes, que se aplican solo a una parte de los ciudadanos, dando la impresión que existen dos justicias, una de primera y otra de segunda categoría.

Hoy en día, algunos jueces, están asumiendo una función que el Estado no les ha entregado, me refiero a la de legislador, por cuando interpretan las leyes, las que no necesitan ninguna interpretación, sino que la aplicación irrestricta.

En un mundo globalizado, es cada vez más notorio que un Estado, que de forma sistemática o prolongada viole los derechos de las personas, es un Estado precario, condenado a la inestabilidad. Velar por los derechos de los ciudadanos, que es la más importante de las obligaciones que tiene un Estado, equivale, a formar ciudadanos solidarios, cívicos y comprometidos con la comunidad.

Los derechos humanos, son pues, ante todo, valores esenciales de todas las personas. Los instrumentos internacionales para la protección de los derechos humanos, no son ni más ni menos, que un consenso internacional cada vez más amplio sobre estándares mínimos que, en gran parte del mundo han adquirido validez de derecho interno.

Los tratados internacionales pues, son instrumentos de acatamiento obligatorio por los Estados, y uno de sus elementos más importantes es el debido proceso. Por lo tanto, los jueces chilenos deben respetar los tratados internacionales.

 

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