El Estado de Derecho puesto en duda



El Estado de Derecho puesto en duda

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¿Existe alguna ley nacional o internacional que prohíba el otorgamiento de beneficios intra-penitenciarios a condenados por delitos de lesa humanidad? La respuesta es no. No existe ninguna ley en Chile o en el extranjero que prohíba el otorgamiento de beneficios intra-penitenciarios a condenados por crímenes de lesa humanidad.

¿Entonces por qué la justicia chilena se los niega a los exmilitares presos en Punta peuco?

Al contrario, en el Derecho Internacional la rehabilitación de los privados de libertad y su integración exitosa dentro de la comunidad constituyen uno de los objetivos básicos de los sistemas de justicia penal, doctrina a la cual Chile adscribe a través de la firma o ratificación de los correspondientes instrumentos internacionales.

Las leyes de derechos humanos y los estándares y normas de las Naciones Unidas, hacen referencia directa a la rehabilitación y reintegración social de la población penal, con el objeto de reforzar el respeto por los derechos humanos de los privados de libertad.

La Convencion Interamericana de Derechos Humanos señala que “Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados”.

La reclusión tiene por objeto lograr que el delincuente una vez liberado no solamente quiera respetar la ley y proveer a sus necesidades, sino también que sea capaz de hacerlo; inculcarles la voluntad de vivir conforme a la ley, mantenerse con el producto de su trabajo, y crear en ellos la aptitud para hacerlo.

 

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