¿Nueva constitución…se justifica y necesita realmente???
¿Nueva constitución…se justifica y necesita realmente???
Carol Bown: “Nos dijeron que la propuesta chila boliviana, pero con esteroides”
22 julio, 2022
a La Paz para ver los efectos de la plurinacionalidad en ese país y cómo se aplicaría en la propuesta constitucional para Chile. «Evo Morales se siente parte del proceso. Si gana el Apruebo, gana Evo», sostiene. Lee acá.
Columna de Pablo Ortúzar: ¿Lobo está?
Todo orden institucional se sostiene sobre un supuesto de normalidad: un rango acotado de estados posibles de la realidad respecto de la que se legisla. Sabemos que nuestra historia incluye guerras, insurrecciones, terremotos, tsunamis, plagas, incendios, aluviones, erupciones volcánicas, hambrunas, terrorismo y desplazamientos humanos masivos, entre otros males, pero nuestras leyes están hechas para los felices intervalos de tiempo o lugar que no están sujetos a estos fenómenos. Dichos intervalos se encuentran en “Estado de Derecho”: situación en que la ley alcanza para coordinar la vida en común de la ciudadanía. Época en que jugamos en el bosque mientras el lobo no está.
Hasta que llega el lobo. Y, entonces, es necesario suspender libertades y garantías legales para reaccionar a tiempo y recobrar el Estado de Derecho. Estas son las situaciones previstas en los llamados “estados de excepción constitucional”, que requieren limitar temporalmente ciertas garantías legales para restablecer el orden de las cosas que el ejercicio de dichas garantías presupone.
Los estados de excepción aumentan las atribuciones del Poder Ejecutivo para hacerle frente a la crisis dependiendo de la situación. El texto constitucional hoy vigente (2005, firmado por el Presidente Lagos) establece cuatro estados de excepción: asamblea (en caso de guerra externa), sitio (en caso de guerra interna o grave conmoción interior), emergencia (en caso de grave alteración del orden público o peligro para la seguridad de la nación) y catástrofe (en caso de calamidad pública).
Los más familiares hoy son los de emergencia y catástrofe. Fue este último el que la Presidenta Bachelet se demoró casi dos días en decretar en las regiones Séptima y Octava luego del terremoto de 2010. También fue el que rigió en todo el país desde el 19/3/2020 hasta el 27/9/ 2021 debido a la crisis sanitaria. Este es dispuesto por el Presidente, pero el Congreso puede dejarlo sin efecto si considera que la emergencia acabó. Restringe las libertades de reunión y locomoción, altera el derecho de propiedad (requisiciones) y permite adoptar medidas administrativas extraordinarias para recuperar el orden.
El estado de emergencia, en tanto, fue el que rigió en diversas zonas del país entre el 18 y el 28 de octubre de 2019, durante el estallido social. Y también el que se utiliza, en distintas dosis, en la Macrozona Sur desde el 12/10/2021. Es más acotado que el de catástrofe, afectando sólo las libertades de reunión y locomoción, al orientarse a situaciones de desorden público no relacionadas a desastres naturales. Lo decreta el Presidente hasta por 15 días, puede renovarlo por el mismo periodo y luego cada extensión requiere acuerdo en el Congreso.
En la propuesta emanada de la Convención Constitucional (artículos 300 a 306), sin embargo, el estado de emergencia desaparece, quedando sólo los de asamblea y sitio (ambos en 301), además del de catástrofe (302). ¿Por qué ocurrió esto? Básicamente por presión de los activismos octubristas y étnicos presentes en la Convención, que ven en este instrumento de gobierno un obstáculo para el avance de sus agendas, marcadas por la validación de medios violentos que afectan la propiedad pública y privada, así como la vida de otras personas. El objetivo es dejar atado de manos al Estado frente a cualquier violentismo de gran proporción que declare fines políticos.
Este hecho ha intentado ser disimulado por la campaña del Apruebo de distintas maneras. Una, inaugurada por la convencional Bessy Gallardo, es chasquearle los dedos a quien pregunte por el asunto. Otra, ensayada por el fámulo palaciego Claudio Fuentes, es alegar, torturando el concepto de “calamidad pública”, que el estado de catástrofe podría ser estirado hasta cubrir las hipótesis del estado de emergencia (en otras palabras, que una interpretación tendenciosa de la ley podría permitir usar un cuchillo como cuchara). Salvador Millaleo, en cambio, ha sido más honesto, aclarando que el proyecto efectivamente acaba con el estado de emergencia, pero justificando dicha decisión en la supuesta inutilidad de este (cosa negada por los datos existentes para la Macrozona Sur).
En suma, en medio de una crisis climática y geopolítica mundial, con el crimen organizado avanzando, con una situación de caos fronterizo en el norte y con el terrorismo etnonacionalista desatado en el sur, la propuesta constitucional nos ofrece un Estado aún más impotente para controlar el orden público. ¿Qué podría salir mal?
La Verdad Tiene su Hora
Osvaldo Rivera Riffo
Presidente
Fundación Voz Nacional
Sin duda el pueblo chileno a lo largo y ancho de Chile ha ido recogiendo el clamor de quienes han ido advirtiendo el peligro por el que atraviesa la República.
Unos pocos Patriotas se han dado a la tarea de convocar voluntades e ir creando un movimiento de carácter nacional que aglutine a las fuerzas ciudadanas en el gran objetivo de salvar Chile.
Sin duda que el alma nacional dormida en la gran masa de chilenos despertó y hoy conforman un enorme contingente humano trabajando de Arica a Magallanes.
Aquella tarea titánica que muchos no creían posible se ha materializado para que todas las organizaciones pequeñas, medianas o grandes se plieguen para formar el gran muro de contención contra el embate de la izquierda extrema representado por el gobierno y todos los grupos políticos que intentan afirmarlo.
Sin duda el eje central que mueve la máquina de aniquilamiento de la República es el partido comunista, quien a través de las autoridades impuestas en distintos cargos públicos y de la administración del Estado están impulsando los principios que siempre los han caracterizado y que desde hace 23 años fueron plasmados en el programa político que levantó la candidatura comunista de Gladys Marín. Nada de lo que hoy está inserto en la propuesta constitucional a plebiscitar es ajeno a lo escrito y dicho por la fallecida comunista, ex secretaria general de dicho partido: En información de análisis comparativo, El Líbero denunció hace pocos días lo siguiente; “Un nuevo Estado democrático debe surgir de un plebiscito que derogue la Constitución de 1980 y convoque a una asamblea constituyente que elabore otra constitución. El Proyecto allí surgido deberá ser, a su vez sometido a plebiscito”
Piñera , su gobierno y todos sus políticos sin análisis serios e históricos y sin un esfuerzo de sus equipos de establecer políticas comparadas, se arrodilló ante esta propuesta el 15 de noviembre y lo que es peor más tarde tomaron como propia la idea de declarar muerta la constitución de 1980. ¿Pero con que moral hoy son capaces de hablar si su desprestigio llega a límites vergonzosos? Su más representativa parlante vociferante representan el 90 % del 3% de la aprobación ciudadana. ¿Con que cara habla ante la opinión pública esta política que ha hecho de su vida el prodigar las arcas públicas apoyando las ideas del enemigo?
El partido comunista que trabaja sin tiempo, ha logrado su propósito 23 años después desde 1999 imponiendo lo que fue el proyecto de su pretensión presidencial: intentar derogar la constitución del 80 hoy declarada muerta por Chile Vamos y que entre otras cosas proponía el estado plurinacional y autonomía política de los pueblos y naciones originarias. Entonces lean bien y comparen que dice el artículo primero de la propuesta elaborada por la convención constitucional: “Chile es un Estado social y democrático. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico” intención expresada textual del proyecto comunista.
Pero no es todo, además el congreso debe ser plurinacional, la cámara de las regiones debe ser plurinacional, el consejo de la justicia debe ser plurinacional .Y más, en el artículo 43 se establece que “los pueblos y naciones indígenas y sus integrantes en virtud de su libre determinación, tienen derechos al pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales. En especial tienen derecho a la autonomía y cosmovisión; al patrimonio; a la lengua; al reconocimiento y protección de sus tierras”
Hechas carne en la propuesta las ideas comunistas y siendo nuestra nación un país fervientemente contrario a esa perversa doctrina, es que se ha confirmado la gran resistencia social por el Rechazo y es necesario que en estas 6 semanas que restan para el plebiscito usted despliegue sus mejores esfuerzos donde se encuentre y converse con su entorno y explique lo que le acabo de indicar. El partido comunista está conduciendo el proceso y si Ud. no responde y no mira la historia que nos señala como han actuado en otras latitudes, entonces seremos víctimas de un estado totalitario y habremos hipotecado nuestra dignidad, perdiendo la libertad.
La Unión Fuerza Ciudadana es la plataforma que nos conduce a la verdad, al bien y a la belleza, armas con las cuales defendemos nuestra cultura, nuestra identidad y construimos el futuro al margen de la desprestigiada política y de sus políticos.
¡Colabore! Su ayuda es valiosa. La verdad siempre tiene su hora y no espere recompensa, la historia ya escribe su nombre como Patriota.
https://youtu.be/rQ5oTv1sisI
DE CARA A LA MAJADERÍA
Por Gonzalo Ibáñez Santamaría
Fue peregrina la tesis del presidente Boric por la que este afirmó que, de triunfar la opción Rechazo, correspondería elegir otra convención constituyente para que redacte un nuevo proyecto y así de manera sucesiva, hasta que alguno sea votado Apruebo por la mayoría. El rector-columnista Carlos Peña, haciendo gala de notable majadería, se ha convertido en defensor de esta tesis peregrina , a pesar de la opinión contraria de distinguidos profesores de derecho constitucional. A estos últimos ha venido a sumarse Hermógenes Pérez de Arce quien con todo realismo califica esa tesis como la Quinta Pata del Gato. Tiene toda la razón.
LA QUINTA PATA DEL GATO
“ El rector-columnista Carlos Peña reitera hoy en El Mercurio su
apoyo a un nuevo proceso constituyente a iniciativa unilateral del presidente, si triunfare el Rechazo. Titula su artículo Análisis Constitucional del Rechazo; pero en rigor es un análisis “inconstitucional”. El título más acorde con la realidad sería La Quinta Pata del Gato, tan inexistente como el fundamento jurídico de dicha tesis. “La rueda debe comenzar a girar de nuevo”, añadió. Pero no puede.
Don Andrés Bello escribió en el art. 19 del Código Civil,
supletorio en esta materia, que “cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal a pretexto de consultar su espíritu”. El sentido y el tenor literal del art. 142, inciso final, de la Carta son claros en cuanto a que, si triunfa el Rechazo, continuará vigente la presente Constitución. Eso es lo único que rige. Y la Carta
Fundamental no sólo no está difunta, como la proclamó Carlos Peña, sino que, si triunfa el Rechazo, seguirá imperando mientras “we the people” no digamos otra cosa.
Otro aserto de Boric y Peña es una media verdad: que hubo
una decisión plebiscitaria de contar con una nueva Constitución. La
verdad completa fue que la Constitución autorizó, por una sola vez, someter al voto popular la idea de redactar una propuesta. La fecha fijada en el art. 130, inciso primero, para esa consulta plebiscitaria fue el 25 de octubre de 2020 (la cual después se prorrogó al 25 de
abril de 2021 en razón de la pandemia). Se aprobaría o rechazaría la pregunta “¿Quiere usted una nueva Constitución?”.
La respuesta obvia de todo ciudadano racional a esa consulta
debió haber sido “depende: si me dejan dictarla a mí, sí, por supuesto; si la van a preparar otros, prefiero ver si es mejor o peor que la actual”. De hecho, en el plebiscito de abril de 2021 un 78 % aprobó este último predicamento y un 22 % (que fue mayoritario en las comunas más ilustradas y prósperas del país) lo rechazó y prefirió mantener la Constitución actual sin siquiera convocar a una convención redactora de una alternativa, seguramente pensando que no hay que arreglar lo que funciona bien. Pero, visto ese 78% vs. 22 %, entró a operar el inciso primero del artículo 142, según el cual se redactaría un texto y, después, habría otro plebiscito para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.
Boric, Peña y quienes comparten su actual parecer, podrían haber
añadido entonces un inciso de un par de líneas al art. 142 diciendo:
“Este procedimiento podrá repetirse cuantas veces sea necesario, hasta que triunfe la opción Apruebo”, que es lo que pretenden hoy.
Pero sólo se les ha venido a ocurrir ahora. Están fuera de plazo. Y como la Constitución, art. 7º, declara que “ninguna magistratura, ninguna persona ni reunión de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les haya conferido por la Constitución y las leyes”, ya no puede haber otro proceso constituyente ni la rueda puede comenzar a girar de nuevo, si triunfa el Rechazo.
Contravenir lo dispuesto en la Constitución podría suscitar un
juicio político contra el presidente ante la Cámara y su destitución por el Senado (art. 52 N.º 2 letra a) por haber infringido abiertamente la Constitución. Y nadie que entienda lo que lee podría alegar falta de fundamento.
Hermógenes Pérez de Arce
(Blog de Hermógenes, 21/07/22)