La Araucanía legal hace noticia



La Araucanía legal hace noticia

La cuerda en la casa del ahorcado.

Por Luciano Cruz Muñoz, Abogado.

30 de mayo de 2024

Recientemente, el abogado señor Juan Carlos Manríquez efectuó una presentación ante la Corte Suprema, a nombre de siete ex jóvenes Oficiales del Regimiento Tucapel de Temuco en el año 1973, cuestionando la conducta ética del Ministro Álvaro Mesa Latorre de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, por su investigación y fallo en la causa llamada “El Asalto al Polvorín”.

La Corte rechazó tal presentación así como su posterior reposición atendiendo a que a su parecer tal presentación debió ser materia de un recurso durante la tramitación del Juicio, no obstante que el mecanismo jurídico de los recursos procesales no atienden a preceptos éticos eventualmente vulnerados, y que según el señor Manríquez guiaron la actuación del Ministro como lo detalla en su presentación.

Se ha denunciado en diversos medios electrónicos las irregularidades del Sr. Ministro, en ese y en otros procesos, tales como el rechazo de pruebas, el uso de jurisprudencia extranjera haciéndola vinculante a pesar de estar manipulada y con datos incorrectos, declaraciones de supuestos testigos que no dicen relación alguna con los hechos investigados, abuso de

presunciones, falta de diligencias, etc. etc., todo lo cual se hacía presente ante la Corte

Suprema por el abogado referido.

El ministro Mesa llega a tal punto que se auto cita en los fallos con un artículo de bajo calibre jurídico de 30 hojas y 60 citas donde el autor solo aparece para vincular ideas y no propone nada sólido. Las conclusiones son obvias y pobres. Esta acción del juez se conoce como falacia o argumentación ad verecundiam.

Pareciera que el discurso de lo “políticamente correcto” hace pensar a los jueces que fallar en contra de militares les abrirá su ascenso y los dejará en el lado correcto de la historia, a pesar de haber obviado su independencia y por ende la justicia.

En los juicios a militares, aparece de manifiesto que lo político e ideológico junto a indemnizaciones millonarias, constituyen la causa de pedir, por ello, como en todo juicio, su conocimiento debe quedar radicado en jueces probos pero esencialmente independientes, lo que al parecer no ocurre con el Sr.

Mesa, ni con otros Magistrados de nuestro más alto Tribunal de Justicia como el señor Juica quien confesó en una entrevista simpatía en su juventud con el PC, o el señor Haroldo Brito a quien el abogado Hermosilla señala haberlo conocido en tiempos de su militancia comunista.

La pregunta es: ¿se ha inhabilitado algún juez por tener o haber tenido ideas de izquierda? Por cierto ninguno, luego todos estos juicios parten con una predisposición. Basta revisar los fallos de los últimos 20 años de la Segunda Sala Penal para concluir que sus condenas parecieran estar preestablecidas, en ellos no se discrimina entre responsables e inocentes. Todos los procesados van en el mismo saco, de donde resulta que ir a la Corte Suprema es un partido que no empieza 0 a 0, sino que parte perdiendo con 3 votos en contra.

Luego el recurso del abogado Manríquez apelando a la ética, no pasa de ser una broma cuando quien debió fallarlo tiene serias objeciones éticas por parte de la ciudadanía que esta informada de hechos como el episodio de los autos Lexus, la Juez que conoce de las Causas sometidas a su conocimiento desde Italia infringiendo toda la normativa legal aplicable a los Jueces y sancionada solo con una “amonestación” por ser hija de uno de sus integrantes, la compra de una casona en Valparaíso por $1.500 millones de pesos que está en manos de okupas, los fallos en los que concurre un Ministro al parecer con sus capacidades intelectuales disminuidas, etc etc.

¿Así las cosas, se puede pensar que la Corte Suprema tiene solidez ética para sancionar a un subalterno como el Ministro Mesa?.- Difícil, y de ahí que el recurso del abogado Manríquez no fue más que : “hablar de la soga en casa del ahorcado”. La ética es entendida como un saber teórico, mientras que la moral son las reglas éticas en las cuales vivimos. Por tanto, la ética no es solo jurídica, es también una necesidad política, económica y social, así al analizar el fallo de Temuco y lo que en él se evidencia como negligencia, ineptitud o definitivamente mala fe, no es más que un problema ético y ello es lo que se quiso someter al conocimiento de la C. Suprema.

El gran drama de la sociedad chilena actual es que no se hacen juicios éticos y estos resultan ser el “vagón de cola” en su caída al abismo.

Finalmente, Cicerón nos deja una reflexión: “El derecho extremo resulta a veces una extrema injusticia”.

Luciano Cruz Muñoz, Abogado.

Publicada por el Diario Constitucional.

El caso del regimiento Húsares de Angol

Por Miguel A. Vergara Villalobos. Señor Director: Son muchas las arbitrariedades que usualmente se cometen contra los militares acusados de haber violado los derechos humanos, por hechos ocurridos en su mayoría hace casi 50 años…

Señor Director:

Son muchas las arbitrariedades que usualmente se cometen contra los militares acusados de haber violado los derechos humanos, por hechos ocurridos en su mayoría hace casi 50 años. Ya es casi lugar común que no se les reconozca la amnistía, que se les aplique leyes con efecto retroactivo, y que sigan sometidos al antiguo sistema procesal penal, derogado en Chile hace 20 años por no otorgar garantías de un debido proceso. Pero al parecer el caso que se investiga en el regimiento Húsares Angol ha superado la marca.

Los hechos indican que el 5 de octubre de 1973 fueron fusilados en aquel regimiento, Ricardo Rioseco Montoya (22) y Luis Cotal Álvarez (15). La justicia militar sobreseyó el caso, pero fue reabierto y se instruyó un largo proceso que culminó en agosto de 2005, con el fallo de la Corte Suprema que resolvió aplicar la prescripción, considerando que no se trataba de un delito de “secuestro permanente”, sino de un homicidio calificado, pues estaba confeso quien ordenó el fusilamiento, el fallecido coronel Joaquín Rivera González.

No obstante, el 10 de octubre del 2013, por requerimiento del entonces subsecretario de Interior, Rodrigo Ubilla, sin respetar la “cosa juzgada” se reabrió nuevamente el proceso, designando como ministro en visita a don Álvaro Meza Latorre. Este magistrado, después de un proceso que ha dado pocas garantías de imparcialidad, ha condenado en primera instancia, como autores de delitos de homicidios, en su carácter de lesa humanidad a siete oficiales y un soldado, a la pena de 19 años de presidio; a un conscripto a 15 años; y a un oficial y un soldado conscripto a 13 años como cómplices.

Todos ellos tenían muy baja graduación y muchos aseguran ni siquiera haber estado presente en los hechos de los que se les acusa. Peor todavía, aprecian que no ha sido fehacientemente acreditada su autoría, complicidad o encubrimiento en el delito que se les atribuye. Pero pareciera que esto no sería relevante para el juez Meza, pues habría declarado que: «No importa la función que cumpliera, el acusado era partidario de una dictadura militar, de un régimen donde se detenía, apremiaba y ejecutaba a personas, luego entonces corresponde imputarle penalmente responsabilidad». Me cuesta creer que un juez pueda haber hecho una declaración de ese tenor. En todo caso, sería muy conveniente que la Corte de Apelaciones de Temuco revisara detenidamente este caso a la hora de dictar sentencia en segunda instancia.

Viña del Mar, mayo de 2024.

Miguel A. Vergara Villalobos

Publicada por El Líbero

Ministro Alvaro Mesa Latorre