Derechos Humanos en Chile
Derechos Humanos en Chile
18/06/2024
¿Se puede confiar en la Corte de Apelaciones?
Señor Director:
Para aquellos que no somos expertos en Derecho, entender el proceso judicial puede resultar complicado. Sabemos que existen tres instancias clave: el primer fallo, la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema. Sin embargo, cuando un ministro en visita extraordinaria, como el señor Álvaro Mesa Latorre, forma parte de los seis ministros que componen la Corte de Apelaciones de Temuco, ¿podemos esperar un fallo diferente? ¿Existe la posibilidad que la misma persona reconozca un error en su actuación inicial y busque corregirlo?
En estos días estamos presenciando el caso del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, donde se ha establecido la minuta que existe una “persecución política” y que se espera que la Corte de Apelaciones revoque la prisión preventiva. Tanto la defensa del señor Jadue como sus compañeros del Partido Comunista, confían en la Corte de Apelaciones. ¿Por qué no habría de hacerlo yo? Hace tiempo atrás, la empresa The Not Company logró que la Corte de Apelaciones de Valdivia revocara el primer fallo en la denominada “Guerra de la Leche”. Notco confió en la Corte de Apelaciones y obtuvo un resultado favorable. ¿Por qué no debería confiar yo también?
Hay un caso, que lejos de ser emblemático, no me deja confiar y es el que involucra a militares acusados por hechos ocurridos en Angol hace más de 50 años. Aunque no suelo desconfiar, este caso en particular plantea tres motivos principales por lo que me resulta difícil confiar en las instituciones:
(1) En derecho existe el principio de “cosa juzgada”, que establece que un juicio ha quedado definitivamente resuelto, impidiendo de esta manera que se pueda interponer nuevamente una demanda o recurso sobre el mismo caso. Este caso fue resuelto el año 2005 por la Corte Suprema donde se condenó al autor de los crímenes luego de su confesión. El año 2013 se reabrió el caso (tiendo a recordar la persecución política que reclama la defensa de Jadue) y se designó como ministro en visita al señor Álvaro Mesa Latorre, quien después de un proceso cargado de sesgos e imparcialidades, condenó en primera instancia, como autores de delitos de homicidios a siete oficiales y un soldado conscripto.
Ministro Alvaro Mesa Latorre
(2) Las instituciones creen que las personas reviven o que se les puede dar muerte dos veces o al menos no se respetan los fallos de forma jerárquica, ya que la Corte Suprema “se supone” que es la entidad que tiene la última palabra. Un juez de esta corte falla de una forma un año, pero años después un subsecretario del Interior, sin respetar la autonomía ni independencia de los poderes del Estado, decide hacer justicia a su manera reabriendo un caso para luego designar a un juez para que vuelva a investigar.
(3) Este proceso me recuerda la serie Game of Thrones, cuando uno de los personajes, Ned Stark, dice: “El hombre que dicta la sentencia debe blandir la espada”. Obviamente él era un señor feudal y todos sus súbditos le debían pleitesía, pero hoy, año 2024 en Chile no puede ser posible que la persona que investiga es la misma que juzga y que además forma parte de la Corte de Apelaciones. Suena bastante irreal y ficticio, quedaría nada más que sea promovido a la Corte Suprema y sea quien falle en la última instancia.
Quiero creer y prefiero confiar, por eso apelo a que la presidenta de la Corte de Apelaciones de Temuco, doña Adriana Aravena, revisará detenidamente este caso y tomará en cuenta todos los antecedentes antes de emitir un fallo en derecho.
Con esto, no pierdo la esperanza que mi padre, una persona con más de 70 años que no representa ningún peligro para la sociedad, pueda vivir su último tiempo junto a su familia.
Rodrigo Tisi
2 Comentarios
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Carlos Souper Quinterosdice:
17 junio, 2024 en 23:27
Dios lo lea y lo escuche amigo y que toda esta locura tenga un final justo. Para no transmitir malas vibras, me voy a abstener de opinar sobre mi grado de confianza y esperanza. Suerte, un abrazo
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Humberto Julio Reyes dice:
18 junio, 2024 en 09:08
Concuerdo en que exista una duda razonable respecto al fallo de la Corte de Apelaciones pero eso ya debiera ser algo habitual en estas causas. En todo caso y sin ser tampoco experto en derecho, entiendo que el ministro de fuero no integra la sala en este segundo fallo. También le deseo mucha suerte y que se imponga la recta justicia.
Publicado por El Líbero
EL DERECHO A UN JUEZ IMPARCIAL ES UN DERECHO HUMANO
Sr Director:
El INDH se ha querellado en una derivación de la causa llamada “Topógrafo” usando un informe de extracción de comunicaciones entre el ex ministro Poblete y varias otras personas elaborado por la PDI, que ese organismo, sus consejeros y un medio de comunicación tenían en su poder varios días antes al que se dio a conocer con una interpelación al ex ministro Mario Desbordes, pero sin haberlo hecho llegar a este abogado defensor, que lo recibió la tarde anterior a la audiencia de revisión de la medida cautelar que pesa sobre el Gral. (r) Shafik Nazal, imputado en dicha causa. Supimos por dicha publicación de la existencia del informe policial, a pesar de pedir regularmente actualización de la carpeta fiscal.
Se ha hecho usual que la multiplicidad de querellantes institucionales con el mismo objeto central de persecución penal que la Fiscalía -CDE, INDH, municipios, servicios, etc. que luego deben defender el bolsillo fiscal cuando retruquen indemnizar a quienes representan- se acompañe de profusas filtraciones de antecedentes de las causas antes de una formalización o de una revisión de medidas cautelares, que buscan claramente afectar la posición de algunos litigantes, dejándolos en notoria desigualdad de armas e inferioridad numérica en los debates, que muchas veces se ven subsidiados por esas filtraciones previas más que por la macicez de sus estrategias o por las evidencias. Sume usted que rara vez los tribunales los excluyen por “sobre abundantes”.
Esta práctica debe ser reprochada, porque es un atentado gravísimo al núcleo del debido proceso y a la igualdad de armas procesales, y se endereza como una clara deslealtad del Estado y de los intervinientes frente al justiciable, sea cual fuere su credo, raza, identidad o ideario político, ya que con ese “acompañamiento” institucional indebido, el derecho fundamental al proceso racional, justo y honesto del que comparece sólo ante la audiencia plural de acusadores acompañados con el mismo objeto no tiene importancia alguna, y sólo sirve para alimentar estrategias o agendas paralelas extra juicio. Donde la ley no otorga competencias expresas, estas no se pueden inventar.
Juan Carlos Manríquez R. Abogado, LLM Counsel Before the International Criminal Court (ICC), The Hague, The Netherlands
1 comentario
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Carlos Souper Quinterosdice:
17 junio, 2024 en 23:39
Así es abogado, una fiscalía trucha, qué decir del CDE y peor aún de ese antro comunista del INDH. Pero todo lo descrito es casi puro, si ud lo compara con la inmundicia y cinismo del sistema penal antiguo, con el cual se hace el show de juzgar en debido proceso e imparcialidad a militares en contexto de los maliciosamente llamados delitos de lesa humanidad, tipificados en Chile sólo a partir del año 2009……
Publicado por El Líbero
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