NO SE OYE PADRE

NO SE OYE PADRE
31/07/2025
Por Humberto Julio Reyes
Esta antigua frase, comúnmente empleada para zaherir a quienes gustan de “hacerse los sordos”, es la que viene a mi mente, cada vez que leo un nuevo llamado a la Corte Suprema, y a su segunda sala en particular, para aplicar las leyes vigentes en las causas por derechos humanos.
Inútiles han sido los diversos libros publicados por el abogado Adolfo Paúl, donde se refiere especialmente a la prevaricación que cometen sin arrugarse.
Tampoco parecen producir efecto las cartas que llaman a aplicar justicia con humanidad, en especial respecto a procesados de avanzada edad y que padecen graves patologías y que son enviados a atochados penales, que carecen de recursos para darles el cuidado que les corresponde, para cumplir condenas por lo que les resta de vida.
Un reciente planteamiento público y directo a sus ministros, efectuado por un colega, pareciera también destinado a no alterarlos en lo que ya parece práctica habitual:
Las condenas y reparaciones sentenciadas por las cortes de apelaciones son confirmadas o aumentadas. Las defensas poco y nada pueden hacer, tema que ha sido recurrido al colegio de abogados sin resultado alguno.
La Corte ha mantenido para este efecto el antiguo sistema procesal inquisitivo, que, en frase de quien fuera su presidente, don Milton Juica, no le brinda garantía alguna al acusado (entrevista para revista “Sábado” de El Mercurio, al asumir su cargo).
¡Vaya comodidad para condenar sin mayor problema!
Anteriormente aún existía en esa sala penal un equilibrio que garantizaba razonable imparcialidad y morigeración de las elevadas condenas originadas en “activos” ministros de fuero: dos ministros respetaban las leyes vigentes y otros dos intentaban prevaricar. El virtual empate era resuelto por un quinto ministro aun cuando lo habitual ya era que todo procesado terminara condenado.
Pero en algún momento ello cambió negativamente, de tal forma que todo nuevo ministro que llega a la sala termina sometiéndose a la mayoría prevaricadora donde el voto de minoría es, en la práctica, inexistente: absoluto consenso.
Agréguese el sesgo de un par de connotados ministros de fuero, uno ya jubilado y otro que hace méritos presidiendo la Corte de Apelaciones de Temuco.
El ya jubilado Alejandro Solís, famoso por recurrir al “secuestro permanente” en sus condenas, me expresó en una ocasión que él no leía ni la prensa ni otras publicaciones para no dejarse influenciar.
Sin embargo, yo le estaba señalando que lo que a mí me preguntaba estaba en un libro escrito por Patricia Verdugo, entregándole el texto que, posteriormente, comprobé había sido ignorado y desaparecido del expediente.
Ahora, una querella por prevaricación, interpuesta por la valiente abogada Carla Fernández, desapareció después de haber sido admitida a trámite por el juez de garantía en Temuco.
Al recurrir la abogada a la Corte Suprema, su presidenta subrogante ha instruido a la Corte de Apelaciones de Valdivia a objeto “desfacer el tuerto”, como diría don Quijote.
Ello porque todos los magistrados en la sede de Temuco estarían inhabilitados, por causales de recusación, para conocer en esta causa contra su propio presidente, don Alvaro Mesa Latorre, a quien le han aprobado todas sus condenas, por discutibles que sean sus fundamentos, como es recurrir, a falta de pruebas, a la sola circunstancia que los procesados hayan pertenecido a una unidad del Ejército.
La Corte de Valdivia devolvió el expediente a Temuco a objeto su Corte haga lo que no ha hecho, pero:
¿Podrían sus integrantes resolver con imparcialidad la querella contra su presidente?
Veremos.
Pido excusas a un letrado que lea estas líneas, pero, no siéndolo, quise evitar entrar en detalles ajenos al fondo.
Ya sería tiempo que la Corte Suprema, sea en su cuenta anual o mediante un auto acordado se pronuncie respecto a los públicos cuestionamientos que ponen en duda su imparcialidad en estos juicios.
En subsidio, una iniciativa parlamentaria intenta que los presos mayores de 80 años o que padecen enfermedades incurables, terminen sus penas en sus domicilios, pero enfrenta condicionamientos que la harían inviable, al someterlos a una especie de segundo juicio para determinar si califican para este beneficio.
Así estamos, ni perdón ni olvido.
30 de julio de 2025
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