ARTICULOS LEGALES

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InvestigaciónAlvaro Mesa (imagen de www.pjud.cl)
4 septiembre, 2025
La embestida judicial contra juez que investiga causas de Derechos Humanos
Por : Carlos Basso PrietoUnidad de Investigación de El Mostrador.
Abogada de tres exmilitares condenados por homicidios en regimiento de Temuco presentó querella contra juez Álvaro Mesa, acusándolo de prevaricación. Fallo de la Corte de Concepción asevera que este tipo de acciones tienen un efecto “amedrentador” en los jueces.
Una situación inédita se encuentra viviendo el ministro especial para causas de violaciones de los derechos humanos (DD.HH.) con jurisdicción desde La Araucanía hasta Aysén, Álvaro Mesa, producto de una querella interpuesta en su contra por la abogada que representa a tres exmilitares condenados por él.
El 15 de noviembre de 2023, el ministro Mesa –actual presidente de la Corte de Apelaciones de Temuco– condenó a varios exmilitares por el caso conocido como “Asalto al polvorín”, la muerte de siete prisioneros políticos que fueron ejecutados el 10 de noviembre de 1973, crimen que posteriormente se justificó diciendo –falsamente– que los asesinados habían intentado asaltar el polvorín de la unidad militar, ubicado en el polígono del recinto ubicado en Isla Cautín.
En su resolución, Mesa condenó a presidio perpetuo, como cómplices de homicidio calificado, a tres exoficiales de Ejército, Raimundo García Covarrubias, Pablo Gran López y Pedro Tichauer Salcedo. Recientemente, la Corte de Apelaciones local ratificó lo obrado por Mesa, aunque recalificó los delitos a homicidios simples y, por ende, rebajó la sentencia en contra de García, Gran y Tichauer a 12 años y medio.
Previo a eso, los tres oficiales, por medio de la abogada Carla Fernández Montero, se querellaron contra el ministro, acusándolo de prevaricación (es decir, de fallar en contra del derecho), aseverando, entre muchas otras acusaciones, que “descartó todos y cada uno de los testimonios y documentales de descargo, y prescindió de los testimonios de cargo en aquella parte en donde existía concordancia en eso que aparece sustancial en el proceso: la falta de participación de los tres querellantes en los delitos imputados”.
Al respecto, la abogada dijo a El Mostrador que, a su juicio, hubo “una negligencia al procesar estas causas”, opinando también que el ministro “no está respetando las reglas judiciales, que debe hacer para poder fallar estas causas”.
Se trata de una acción que causó preocupación entre dirigentes de organizaciones de DD.HH. y abogados especializados en la materia, que creen que lo que se busca es la inhabilidad a un juez que ha sido especialmente duro en muchos casos emblemáticos –incluyendo las causas que implican al exfiscal militar Alfonso Podlech– y que, según señala un abogado de derechos humanos que pide reserva de su nombre, es muy diligente y muy preocupado de las víctimas.
La misma fuente destaca que se trata de un magistrado particularmente estudioso, que cuenta con un magíster en Derecho Público y que actualmente cursa el doctorado en Derecho de la Universidad Austral.
Aceptado y rechazado
La querella fue interpuesta por la abogada Fernández ante el Juzgado de Garantía de Temuco el 26 de junio pasado. Luego de ello, el tribunal la admitió a trámite con fecha 30 de junio. Sin embargo, el 1 de julio el mismo juez que la había acogido, Federico Gutiérrez, la declaró inadmisible, dejando sin efecto la primera resolución, pues a su entender no se configura el delito de prevaricación, “sino que más bien se advierte que la querellante disiente de los argumentos vertidos por el juez para condenar a sus representados, lo que traslada la controversia a una cuestión de discrepancia administrativa”.
Fuentes cercanas al caso indicaron que lo más probable es que el funcionario de turno en el juzgado haya realizado el trámite de admisibilidad sin que el magistrado la haya visto en detalle, lo que explicaría que este, posteriormente, haya retrotraído lo decidido.
Ante la decisión del Juzgado de Garantía de Temuco, Fernández presentó una apelación al tribunal de alzada de la misma ciudad, el cual la admitió a trámite, pero finalmente decidió inhabilitarse, pasando los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia, la cual, luego de escuchar los alegatos respectivos, revirtió lo obrado por el juez Gutiérrez y declaró que la querella era admisible.
No obstante, el lunes recién pasado, y después que el 14 de agosto los abogados del ministro Mesa –de la Defensoría Penal Pública– presentaran un recurso de amparo contra la decisión de los ministros de Valdivia, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción terminó decidiendo al respecto, dado que todos los ministros de Los Ríos estaban inhabilitados.
En su resolución, la sala penquista concluyó algo parecido a la segunda decisión adoptada por el juez Gutiérrez: “De la sola lectura de la querella aparece con claridad que los hechos denunciados en ella no alcanzan a configurar delito penal alguno”, señala el fallo, que también detalla que “el contenido de la querella se reduce, en lo esencial, a expresar un desacuerdo con la forma en que el juez valoró la prueba en un proceso anterior”.
Frente a ello, las ministras Carola Rivas, Antonella Farfarello y Carolina Vásquez señalan que “la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha subrayado reiteradamente que los jueces deben ejercer sus funciones con plena independencia, y que la sujeción a persecución penal por la sola discrepancia con el contenido de sus fallos constituye un mecanismo de presión que genera un efecto amedrentador”, por lo que agregan que “la admisión de una querella carente de tipicidad y de fundamentación jurídica suficiente importa también una vulneración del orden convencional que vincula al Estado de Chile”.
Delitos de lesa humanidad
Uno de los dos abogados que asumió la representación de Mesa, el jefe de estudios de la DPP Araucanía, Marcelo Pizarro, señala a El Mostrador que “esta querella en contra del ministro, de más de 60 páginas, no logra explicar cómo existiría un delito… porque no hay delito”.
A ese respecto, dice que el problema de fondo es que la defensora de los exmilitares disiente de la interpretación del sentenciador, en circunstancias que, explica Pizarro, el papel de un magistrado en el proceso penal es ponderar las posturas de las partes y resolver, “y eso le es privativo, eso es lo que hizo el juez en este caso: tomó posiciones distintas y dijo ‘yo tomo esta posición’, especificando que eso está dentro de todas las posibilidades legales, en circunstancias que para que se configure la prevaricación”, dicen los expertos, “la decisión del juez debe ser insostenible”.
Lo anterior, sostiene, se desmiente desde el momento en que la Corte de Apelaciones de Temuco confirma la sentencia en cuanto a los hechos investigados y la participación, independiente de la rebaja de pena que aplicó a los tres querellantes.
A ese respecto, explica que el criterio utilizado por Mesa para sentenciarlos como cómplices fue el mismo que usó la Corte Suprema respecto de la “Operación Colombo”, es decir, que “la estructura del Estado militar en ese caso actuaba con un plan común” y que por ello les cabe responsabilidad a todos los que estaban en conocimiento de lo que ocurría, teniendo en cuenta además el trasfondo, que son delitos de lesa humanidad.
En este caso –prosigue el abogado Pizarro– hay que recordar que Chile ha sido reiteradamente condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y que, ante ello, “lo que se busca es afectar a un juez que cumple una obligación internacional” y que, al mismo tiempo, “se produce una tremenda situación que afecta las bases de la democracia, ya que el juez no debe estar sujeto a presiones al momento de realizar la actividad que realiza, y hablamos de presiones tanto físicas como psicológicas o sociales, o a través de la prensa, lo que sea. Tiene que estar exento de eso. Cuando al juez le están diciendo que la posición que está tomando es delictiva, se le está coaccionando y afectando su independencia judicial”.
“Lo que queremos es justicia”
La posición de la abogada Fernández es radicalmente distinta. Según asegura, el ministro Mesa dejó pasar ”la regla de la imputación objetiva”, aseverando que “estamos hablando de casos que pasaron hace 52 años” y que ante ello, por medio de la querella, esperaba que “otro organismo que sea independiente, como el Ministerio Público, se diera cuenta de cuál es la forma que están fallando estos jueces, aunque no son todos los que fallan así, la verdad”.
De acuerdo con su posición, los tres exoficiales, que eran subtenientes y tenientes a la época de los hechos, “están condenados como cómplices, pero sin cumplir con los requisitos de la complicidad”.
Del mismo modo, indica que los tres “no participan en estas ejecuciones”, pero añadió que prefería no comentar mayormente ese aspecto, dado que existen recursos pendientes ante la Corte Suprema.
Sin embargo, sobre la tramitación judicial que ha tenido su querella, argumentó que “es algo que nunca antes había pasado. Al ojo de cualquier persona que tiene un poquito de criterio, que una querella sea declarada admisible, después inadmisible, después admisible y ahora inadmisible, la verdad que es algo que es turbio, por decir lo menos”.
Asimismo, agregó que no han buscado poner en riesgo la independencia judicial, sino que “solo queremos que en el caso efectivamente se cumpla con los requisitos del delito de prevaricación imprudente, el Ministerio Público solicite su formalización y acuse”, afirmando que “nosotros la verdad lo que queremos es justicia”.
DEL RECHAZO EXPRÉS AL FORUM SHOPPING.
El fallo que blindó al ministro Mesa muestra la crisis de confianza en la justicia chilena y la impunidad que rodea a algunos jueces.
Opinión04 de septiembre de 2025Christian Slater Escanilla
Palacio de tribunales The Times en Español IA
Señor Director:
El reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, que declaró inadmisible la querella por prevaricación imprudente contra el ministro Álvaro Mesa, no es un hecho menor. Este episodio desnuda cómo funciona nuestro sistema judicial cuando se trata de blindar a uno de los suyos, y explica en parte por qué la ciudadanía ha perdido toda confianza en la justicia.
La cronología es reveladora. La Corte de Temuco se inhabilitó íntegramente, trasladando el caso a la Corte de Valdivia. Allí, primero se declaró admisible la querella presentada por la abogada Carla Fernández; sin embargo, en menos de 24 horas, la misma Corte cambió de criterio y la declaró inadmisible. Días más tarde, la defensa del ministro Mesa recurrió a la Corte de Concepción, presentando un recurso de amparo que se tramitó con rapidez inusitada y en carácter reservado. El resultado fue un fallo unánime —dictado por tres juezas, una de ellas suplente— que blindó definitivamente al magistrado.
La maniobra es evidente: el amparo está diseñado para casos urgentes de privación de libertad, cuando una persona está detenida ilegalmente o amenazada en su libertad personal. Aquí no había nada de eso: Mesa no estaba preso, ni formalizado, ni con medidas cautelares. La vía del amparo fue usada como un atajo para frenar la querella, en una jugada procesal que bordea el “forum shopping”, es decir, buscar el tribunal más conveniente para obtener un resultado favorable.
Peor aún, el trámite en Concepción se llevó adelante de manera tan veloz y reservada que todo indica que la abogada Fernández quedó sin posibilidad de presentar descargos antes del fallo.
El fallo contiene además un punto crítico. En su considerando 11°, el tribunal sostuvo que admitir la querella equivaldría a “criminalizar el ejercicio de la jurisdicción”. Traducido a lenguaje ciudadano: un juez no podría ser investigado penalmente por lo que hace al dictar sentencia, aunque se le acuse de prevaricación. Esto equivale a instaurar un fuero supraconstitucional para los jueces, que los deja al margen de toda responsabilidad penal. La independencia judicial no puede confundirse con impunidad.
Este tipo de blindajes no son exclusivos de Chile. En países como España o Argentina también se han visto jueces protegidos por sus pares frente a acusaciones graves, siempre con la misma consecuencia: una ciudadanía que deja de confiar en la justicia. Aquí, lamentablemente, vamos por el mismo camino.
La paradoja es brutal: mientras se cierra toda investigación sobre Mesa —un juez que incluso suena como candidato a la Corte Suprema—, en la misma región el crimen organizado y el narcoterrorismo avanzan impunemente. Y todavía más: Mesa dicta sentencias como ministro en visita extraordinaria bajo un procedimiento que dejó de existir en 2005 y sobre hechos de hace más de 50 años. Si el involucrado hubiera sido un general, un almirante o un coronel, ya estaría siendo arrasado mediáticamente y procesado “en tres tiempos”.
Este fallo se dicta en un contexto donde apenas un 10% de la ciudadanía evalúa positivamente al Poder Judicial y un 77% cree que no asegura igualdad ante la ley. Y no es casualidad: se acumulan decisiones como esta, denuncias de irregularidades en Temuco, y al mismo tiempo el propio Fiscal Nacional, Ángel Valencia, está bajo investigación por reuniones con influyentes abogados y políticos que no fueron registradas conforme a la Ley de Lobby. A ello se suma que la Corte Suprema abrió cuadernos de remoción contra el ministro Antonio Ulloa y la ministra Verónica Sabaj, ambos vinculados al caso Hermosilla y acusados de haber solicitado favores para designaciones y beneficios personales. El panorama es claro: la justicia chilena se encuentra en medio de una crisis de confianza, con jueces y fiscales cuestionados, fallos contradictorios y procedimientos opacos, lo que refuerza la percepción ciudadana de que existe una telaraña institucional de protección corporativa.
Ahora lo que correspondería es que la abogada Fernández presente un recurso de apelación, lo que abriría la vía para que la Segunda Sala de la Corte Suprema conozca y resuelva el caso. Veremos entonces si, llegado ese momento, algún ministro con cercanía al juez Álvaro Mesa se inhabilita —como sería lo correcto “por justicia”— o si nuevamente prevalece la lógica del blindaje corporativo.
Atentamente,
Christian Slater Escanilla.
Coronel (R) del Ejército de Chile.