Murió esperando justicia



Murió esperando justicia

Por Roberto Hernández Maturana

El 30 de enero de 2019, tras 16 años de investigación, el juez Alejandro Madrid dictó sentencia condenatoria contras seis procesados por su presunta participación en el homicidio del ex Pdte Eduardo Frei Montalva. En un fallo, de más de 800 páginas, el magistrado condenó al principal imputado, el médico Patricio Silva Garín a diez años de cárcel como autor del delito de homicidio simple.

Recientemente, el 8 de mayo pasado, el Dr Silva Garín falleció a los 90 años de edad. Se le había condenado en primera instancia por su responsabilidad al operar al ex Mandatario por segunda vez -luego de su agravamiento tras una primra operación.

Al ex Pdte Frei Montalva se le realizó una primera intervención de hernia al hiato por parte del doctor Augusto Larrain, A consecuencia “una sutura mal realizada”- se habría producido una infección postoperatoria, con una consecuente infección del intestino delgado que requirió de una difícil segunda operación para cortar el intestino, con gran riesgo infeccioso. Esta segunda operación estuvo a cargo del doctor Patricio Silva Garín, entonces coronel de Servicio de Sanidad del Ejército, quien se desempeñaba en el Hospital Militar, y que en la misma época del homicidio de Frei Montalva. El doctor Silva Garín se habría hecho cargo de esa segunda operación, porque el doctor Larraín no se encontraba en Santiago cuando se produjo la urgencia. El Dr Silva Garín siempre manifestó a diversos medios de prensa que el ex Mandatario “se murió de una enfermedad que no se pudo arreglar, esa es la única verdad”.

La familia lamentó que “al dolor de su partida, se suma la impotencia de saber que ya no verá el fin del proceso en que fue injustamente vinculado por las mas infundadas imputaciones que, lamentablemente, encontraron respaldo en un fallo judicial de primera instancia, que ha sido transversalmente cuestionado”.

Ascanio Cavallo. El autor de la “Historia oculta del régimen militar” y la “Historia oculta de la transición”, escribió una columna en La Tercera titulada “Frei”, donde desglosó -y desarmó- minuciosamente las conclusiones de los más de 16 años de investigación del Ministro Madrid.

Así, quien fuera director de la revista Hoy -emblema de la oposición al régimen militar- señaló que no se pudo “‘acreditar con certeza’ que hubiese una autoridad superior tras el crimen. En consecuencia, por ahora, nadie ordenó ese crimen”. En la semana del fallecimiento de Silva, Cavallo volvió a plantear su opinión en T13 radio y no otros medios subrayó que al Dr Silva se le acusó de “cosas laterales, como haber sido médico militar” y que el fallo le parece “mal fundado”.

Ascanio Cavallo manifiesta que el fallo le parece sumamente insuficiente desde el punto de vista de las pruebas que aporta para sostener las acusaciones. Creo que son acusaciones fundadas en meras suposiciones. No se ha demostrado que exista un crimen ni se ha demostrado lo más importante en un crimen que es el arma, cómo se cometió y en definitiva quién lo cometió. El juez ha hecho acusaciones a las personas que están en los alrededores. “El doctor Patricio Silva fue el que hizo la segunda operación, no la primera, por lo tanto, es difícil sostener que él inició la cadena, más bien fue un continuador. Y de lo que se le acusa son de cosas laterales como haber sido médico militar, haber sido el encargado del hospital del Estadio Nacional, de algunas clínicas del Ejército. O sea, la acusación consiste en haber pertenecido al Ejército y a mí eso me parece que es muy ineficiente.”

Lo importante aquí es destacar que procesos como los vividos por el Dr Silva lo viven también hoy cientos de ex uniformados, que en su mayoría siendo jóvenes subalternos, soldados, suboficiales u oficiales integraron las Fuerzas Armadas en 1973. Ellos son citados a comparecer a un tribunal sin asistencia de abogado, donde el imputado y los testigos declaran al tenor de las preguntas del actuario en un procedimiento escrito de carácter secreto en la etapa de sumario y mediado a través de actuarios, donde una sola persona, el juez, es el encargado de investigar y dictar sentencia, lo cual  difícilmente,  le permite un necesario distanciamiento para dictar una sentencia más objetiva.

Es decir, no Hubo para el Dr Silva, ni hay para los ex uniformados procesados la presencia del Juez de Garantía, quien es el único autorizado para disponer el ingreso a un recinto penitenciario, como si lo hay para el resto de los chilenos, donde hay un Ministerio Público, a cargo de la instrucción en el proceso, dirige y coordina la labor policial durante la investigación garantizando una mayor imparcialidad; donde el procedimiento se hace en forma oral, público, en que las partes están ante el Ministerio Público, Juez de Garantía o Jueces de Tribunal Oral en lo Penal directamente, sin intermediarios; donde el Fiscal, estudia los antecedentes de la investigación y acusa ante el Juez de Garantía, en presencia del Defensor; donde acusados y testigos deben ser interrogados por un Fiscal y un Defensor ante el o los Jueces, en términos claros y comprensibles; donde se restringe la prisión preventiva a los casos realmente necesarios y amplía otras posibilidades de medidas cautelares contra el imputado; donde las pruebas de testigos, peritos, material y de cualquier otro tipo, para que tenga valor, deben rendirse en el juicio oral y público.

Todas estas garantías de procedimientos legales  que son aplicadas a todos los chilenos, le son negadas a los ex uniformados que son juzgados bajo un sistema procesal penal derogado en Chile el año 2005, pero que se mantuvo para los procesos a los ex uniformados.

Sin duda que cualquier tribunal del sistema procesal penal que hoy rige para todos los chilenos excepto para los ex uniformados, habría considerado insuficientes las pruebas presentadas para acusar al Dr Garín… como también consideraría insuficientes las pruebas que hoy se usan bajo el antiguo sistema procesal penal ya derogado en Chile, pero vigente para los ex uniformados para acusarlos judicialmente por hechos acaecidos hace mas de 45 años.

Finalmente lo que se pide lo que se exige no es misericordia, sino la aplicación de una justicia “justa”, la misma que hoy se da a todos los chilenos, excepto a los ex uniformados que sirvieron en el régimen militar.