Combate al terrorismo



Combate al terrorismo

Desde hace muchos años la provincia de Arauco y zonas aledañas están siendo afectadas por actos terroristas, eufemísticamente denominados “violencia rural”.

Quienes los llevan a cabo son grupos organizados numerosos y fuertemente armados, compuestos por combatientes entrenados militarmente que actúan según los métodos de la guerra de guerrillas.

Se trata de una guerra irregular, pero de una guerra al fin y así debe ser considerada.

Dada la estrategia utilizada por los guerrilleros y su alto poder de fuego —como lo vimos en el caso del reciente atentado en Tirúa— sus actos no pueden ser considerados como simples alteraciones del orden público que puede ser controlado por fuerzas policiales.

Para combatir eficazmente a tales grupos paramilitares, inevitablemente debe ser utilizada la fuerza militar del Estado.

Este combate a los guerrilleros significa que se producirán enfrentamientos armados, lesionados y fallecidos; un efecto no querido, pero que es consustancial a los conflictos armados.

Lo anterior acarreraría costos políticos para el gobierno, pero que deben ser asumidos por este, ya que su obligación esencial es la conservación del orden público, el resguardo de los derechos de los ciudadanos y la promoción del bien común.

El Estado tiene el derecho y el deber de defenderse, con todos los medios a su alcance, aunque para ello sea preciso adoptar medidas extremas.

Salus populi suprema lex est (“la salvación del pueblo es ley suprema” era el primer principio del Derecho Público Romano). La historia solo condena a los pueblos que renuncian a defenderse.

Pero la defensa militar del Estado ante los guerrilleros, vándalos y terroristas —que hasta la fecha han actuado impunemente, pues no ha habido fuerzas de orden ni FF.AA. que se les opongan eficazmente— será imposible con las actuales Reglas de Uso de la Fuerza, que son restrictivas hasta el absurdo. Según el decreto que las establece los militares solo podrán usar sus armas de fuego en legítima defensa y en el caso de que recintos militares o instalaciones de la infraestructura crítica sean atacados por “personas que utilicen o se apresten a utilizar armas de fuego u otras armas letales”.

Adolfo Paúl Latorre, Abogado