CONCLUSIONES PRESENTADAS POR ADOLFO PAÚL EN SEMINARIO DE DD.HH.

El antiguo sistema de procedimiento penal inquisitivo:

—Es absolutamente inconstitucional y contrario al derecho internacional de defensa de los derechos humanos;

—Está derogado tácitamente y es inaplicable por inconstitucionalidad;

—Adolece de nulidad de derecho público, carece de validez y no produce efectos jurídicos.

La aplicación del antiguo sistema de procedimiento penal a los militares:

—Vulnera sus derechos humanos a la igualdad ante la ley y al debido proceso que la Constitución asegura a todas las personas y atenta contra el Estado de Derecho.

—Es una prepotencia, un abuso de poder y una arbitrariedad de los órganos estatales.

      El nuevo sistema procesal penal, en pleno vigor en todo el territorio nacional desde el 16 de junio del año 2005, debe serle aplicado a todas las personas, sin excepciones ni discriminaciones arbitrarias.

           En una nación seria y civilizada bastaría acreditar que una persona fue condenada sin respetar las normas del debido proceso, para que el juicio sea declarado nulo.

     Frente a un acto contrario a la Constitución, los afectados deben resistir su cumplimiento. Los militares imputados, procesados y acusados no deben aceptar ser sometidos a un sistema procesal inconstitucional e inválido, que viola sus derechos humanos. 

     Los militares deben rebelarse ante la prepotencia y la injusticia de los órganos del Estado.

     Todas las actuaciones procesales realizadas según el antiguo sistema de procedimiento penal, iniciadas por querellas interpuestas a contar del 16 de junio del año 2005 —fecha en que entró en vigor en todo el territorio nacional el nuevo sistema procesal penal— contravienen garantías constitucionales y son, por lo tanto, absolutamente inválidas.

      Por lo anterior, todo lo actuado en los procesos judiciales que están siendo sustanciados según las normas del antiguo sistema de procedimiento penal, iniciados a partir del 16 de junio de 2005, debe ser declarado nulo y los respectivos procesos deben retrotraerse al estado de interposición de las querellas en las instituciones del nuevo sistema procesal penal.

REFLEXIONES FINALES

Los militares están siendo objeto de una justicia simulada —la que, según Platón, es la peor forma de injusticia— y de una abyecta persecución política en sede judicial. Para ellos no existen ni leyes, ni principios humanitarios ni convenios internacionales que los favorezcan; pero que sí existen para los guerrilleros y terroristas, a quienes les ha sido aplicada la ley de amnistía de 1978 y les han sido concedidos indultos generales y particulares y generosos beneficios e indemnizaciones económicas.

En sus simulacros o mascaradas de juicio —que no tienen como objeto aplicar justicia sino venganza y que buscan condenar a los militares sea como sea y lograr que el Estado otorgue cuantiosas indemnizaciones económicas— los jueces eluden normas aplicables y aplican otras no procedentes; lo que produce como resultado sentencias absurdas, inicuas y arbitrarias. Y, sin una recta aplicación de la ley no hay justicia, sino una caricatura de ella.

A los militares hay que encarcelarlos y negarles los beneficios penitenciarios que sí les son concedidos hasta a los delincuentes más abyectos. No importa si son ancianos, si están aquejados por graves afecciones o dolencias, si padecen enfermedades terminales u otras tales como Alzheimer o demencia senil que les impiden darse cuenta donde están y en qué mundo viven. Esto, aparte de una enorme falta de humanidad, es impropio de una sociedad decente. 

Lamentablemente esta atrocidad política, jurídica y procesal no conmueve a nadie. Sobre esto nadie habla. La sociedad guarda silencio, en general por ignorancia. Y la dirigencia política también guarda silencio, pero este silencio es doloso.

Resulta absolutamente inaceptable que el Poder Judicial, protector por antonomasia de los derechos humanos de todos los ciudadanos, sea quien vulnere los derechos humanos de los militares. Nada puede haber más frustrante para ellos que el avasallamiento de sus derechos por parte de las instituciones llamadas a garantizarlos. Peor todavía en circunstancias de que están en su actual situación por haber servido a la nación según les fuera demandado en circunstancias trágicas para nuestra patria.

Los militares condenados por supuestos delitos de violación de derechos humanos son víctimas de crímenes jurídicos de lesa humanidad y de un terrorismo jurídico, los que no tienen remedio mientras sean avalados por los poderes Ejecutivo y Legislativo y cuenten con el respaldo de los medios de comunicación y de la mayor parte de los chilenos, que tienen una versión tergiversada de la historia —especialmente los más jóvenes que no vivieron el desastre de la Unidad Popular— como efecto de permanentes e intensas campañas comunicacionales, con las que se les ha quitado la memoria y se les ha inventado otra historia. Lo ocurrido durante los años 70 y 80 ha sido completamente distorsionado por un vasto y persistente proceso de desinformación, con el que se pretende instalar una historia oficial y borrar de la memoria colectiva del pueblo chileno los gravísimos crímenes cometidos por los subversivos, guerrilleros y terroristas y lo que habría ocurrido si ellos hubiesen logrado sus propósitos. Así fue como éstos pasaron a convertirse en héroes y en víctimas, y los militares en el chivo expiatorio de todos los pecados cometidos en una época turbulenta y de una enorme convulsión social; convulsión que fue originada por la clase política y no por los militares.

El remedio se ve aun más dificultado por el hecho de que las sentencias recaídas en estos simulacros de juicios conceden cuantiosas indemnizaciones pecuniarias a las “víctimas” —que deben ser pagadas con el dinero de todos los chilenos— lo que ha dado origen a un enorme y lucrativo “negociado de los derechos humanos”.

En Chile los tribunales de justicia se han convertido en instrumentos de venganza de los sectores de izquierda, que reconocen en los institutos armados a quienes les impidieron consumar su proyecto mesiánico de crear un mundo y un hombre nuevos, de someter a nuestra patria a una potencia extranjera, y de implantar en ella un régimen totalitario atentatorio de todos los principios y valores de una sociedad libre.

Los militares, carabineros y policías son perseguidos y privados de libertad por haber combatido y derrotado a las organizaciones subversivas, guerrilleras y terroristas en los años 70 y 80. Ellos evitaron que tales organizaciones asaltaran el poder y sometieran a nuestro país a un “socialismo real” de raigambre marxista-leninista, teniendo a Cuba como su paradigma.

Cuando los jueces desconocen la Constitución, la ley y los principios rectores del derecho penal; cuando no cumplen la función objetiva e imparcial que deben cumplir; cuando procesan y fallan según sus convicciones personales y no de acuerdo con lo que la ley señala; en fin, cuando abusan en grado extraordinario de su poder estamos ante una verdadera subversión judicial; la que al ser cohonestada por los poderes Ejecutivo y Legislativo se transforma en una tiranía judicial.

            Son muy pocas las naciones en el mundo que, tras vivir tragedias parecidas a la nuestra, han persistido durante más de cuatro décadas en mantener vivos los odios y en hurgar obsesivamente en las heridas del pasado, obstaculizando e invalidando todo intento de acercar los espíritus en torno a la construcción del mañana.

            No hay futuro para una nación que tolera, en impávido silencio, la anestesia de sus conciencias y los eclipses de la verdad; cuando en ella se olvida o se tergiversa la historia; cuando se trata de imponer una verdad oficial ideologizada y ajena a la verdad objetiva; o cuando los jueces vulneran abiertamente la legalidad vigente, principios jurídicos esenciales y garantías fundamentales de las personas, y utilizan el derecho penal como instrumento de humillación y de venganza.

            Si se sigue persiguiendo y condenando a nuestros militares y carabineros por haber ejercido el legítimo derecho de rebelión y combatido la violencia revolucionaria, dando cumplimiento a su misión esencial de defender a la patria, no podemos pretender que nos defiendan ante una nueva agresión totalitaria, sabiendo que años después quienes pedían a gritos su intervención los abandonarán, los perseguirán, los humillarán y los encarcelarán.

            Debemos tener siempre presente que las Fuerzas Armadas constituyen “una institución especializada para resguardar y asegurar, en última instancia, los valores sagrados de una sociedad” y que ellas son las garantes en última instancia del orden institucional de la República y la instancia final a la que la nación recurre en las situaciones más extremas, como nuestra historia lo ha demostrado. Como dijo Alberto Edwards Vives: “Si el sable se levanta, es porque las otras fuerzas sociales han caído en la impotencia”.

La estrategia de defensa que propongo debería conducir a la inaplicabilidad del antiguo sistema de procedimiento penal, ya sea mediante un ley derogatoria del artículo 483 del Código Procesal Penal o por una correcta interpretación de las normas constitucionales y legales vigentes. 

Los imputados, procesados y acusados deben considerar que, por lo general, están ante jueces que actúan malévolamente, que abusan de su poder y que tratan vejatoriamente a los militares, razón por la que no sería de extrañar que, atropellando la norma de la letra g) del artículo 93 del Código Procesal Penal —que establece que “todo imputado tiene derecho a guardar silencio y que el ejercicio de este derecho no le ocasionará ninguna consecuencia legal adversa”— ordenen que a los militares que se nieguen a declarar los encierren en un calabozo por desacato o por “resistirse a obedecer a la autoridad”. 

Quienes sigan las recomendaciones que propongo —que están plenamente ajustadas a derecho, pues solo instan a los militares a exigir los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas— deben estar dispuestos a soportar, eventualmente, esta sevicia judicial y a interponer de inmediato los recursos de amparo correspondientes; además de denunciar el atropello, la arbitrariedad y el abuso de poder de la autoridad judicial por todos los medios posibles.

La persecución contra los militares en sede judicial tiene un origen político y su solución tiene que ser de la misma naturaleza. Estoy convencido que si a contar del día de hoy todos los militares citados a declarar, así como los imputados, procesados y acusados exigieren su derecho irrenunciable a ser asistidos por un abogado defensor proporcionado por el Estado y ejercieren su derecho irrenunciable a guardar silencio, y se negaren a declarar y a realizar actuación alguna en juicios sustanciados según el antiguo sistema de procedimiento penal —un procedimiento que, como hemos visto, es absolutamente inconstitucional e inválido, que viola el derecho humano al debido proceso y el principio pro homine,y cuya aplicación viola el derecho a la igualdad ante la ley— se generaría un hecho político cuyas repercusiones solo pueden ser beneficiosas para los militares, pues difícilmente ellos podrían ser sometidos a mayores prevaricaciones e iniquidades judiciales.

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