Derechos Humanos en Chile
Derechos Humanos en Chile
LA JUSTICIA NO ES VENGANZA
(Presidente Boric en su última rendición de cuenta a la Nación el pasado 01 de junio de 2023 refiriéndose al cincuentenario del Pronunciamiento Cívico-Militar del 11 de septiembre de 1973).
El Presidente al hacer esta ligera mención de suyo muy profunda, omite que desde los orígenes de la humanidad la justicia si es venganza, pero una venganza “institucionalizada” por los propios seres humanos que le traspasan a una organización superior de la sociedad (Estado) las controversias entre ellos y las sanciones que se deben formular.
Esta institucionalización de la venganza consiste en poner en su lugar los valores y conductas que han sido atropellados.
Así las cosas, la justicia en su propia naturaleza tiene dos dimensiones, por una parte, “institucionalizar” la venganza que persiste entre las personas y por otra parte restituir o recuperar el valor que le ha sido vulnerado y que la misma sociedad ha determinado.
En el caso nacional claramente la justicia chilena más que poner el énfasis en restituir o recuperar los valores que fueran vulnerados desde los años 70 se ha dedicado a poner el acento en la venganza traducida en jugosas indemnizaciones y en penas carcelarias que en la mayoría de los casos traspasa la esperanza de vida de los condenados por hechos ocurridos hace más de 40 años.
En este orden de cosas, enumeraremos elementos que se observan en los procesos judiciales contra los militares y que se constituyen en elementos de venganza.
1. Haber adoptado para el mundo militar el sistema antiguo de justicia que fue reemplazado por el propio Estado de Chile en que un mismo juez investiga, acusa y condena.
Este sistema de justicia no obedece a los estándares de ningún sistema de justicia empleado en nuestros días por los Estados modernos.
2. Excesivas conductas prevaricadoras que han sido acusadas en libros y por otras voces prominentes del mundo académico y hasta por el mismo Poder Judicial.
3. Los juicios a los militares tienen un fundamento básicamente político ya que se debe a una crisis producida por los propios Poderes del Estado que culmina en 1973.
Lo antedicho significa que todos los jueces que tuvieron simpatía por una de las partes en la crisis que se vivió debieran haberse inhabilitado. Esto habría sido lo correcto y ético, pero aquello no sucedió ya que algunos jueces por propia confesión declaran haber militado o participado en movimientos políticos de izquierda.
Lo anterior atenta contra la necesaria imparcialidad de los jueces en los juicios contra militares ya que estos se ven procesados y condenados por jueces ideologizados que se aprovechan del sistema antiguo que se señala en el punto n°1.
Asimismo, el Poder Judicial ha intentado reinterpretar leyes mediante autoacordados que tienen rango inferior a las leyes que, si debieran aplicarse como la amnistía y prescripciones actualmente vigentes para todos, menos los militares.
4. A lo largo de estos años el Poder Judicial sistemáticamente ha demostrado una falta de continuidad y armonía en sus fallos reconociendo en oportunidades la media prescripción y en otras no.
5. La 2da sala de la Corte Suprema se ha organizado de manera que 3 ministros integrantes tengan claramente un sesgo ideológico y tendiente a condenar militares, confirmando así lo que expresara un juez norteamericano cuando definió que la justicia “es lo que piensan tres ministros de cinco”.
6. En el último tiempo (últimos años) se ha abusado de las presunciones judiciales que no se inspiran en el Art. 488 del Código de Procesamiento Penal ya que no siempre se sostienen en hechos múltiples y graves, precisos, directos, concordantes y fundados en hechos reales y probados. La mayoría de las veces las presunciones se basan en “suposiciones” sin valor jurídico alguno.
7. Se ha llegado a tal extremo de perseguir y buscar condenas en procesos contra militares como crear lo que se ha denominado ficciones jurídicas que pueden ser aplicadas en la justicia civil, como muerte presunta, etc, pero no corresponde aplicarla en la justicia penal (cuerpo del delito).
8. Se esgrime el Estatuto de Roma del 2009, con efecto retroactivo, en consecuencia, que el mismo Estatuto lo prohíbe.
9. Se han negado en los últimos años todo tipo de beneficios a los condenados, mostrando con esto claramente un espíritu de venganza, escondido tras interpretaciones amañadas.
10. Los jueces en una actitud muy cobarde le temen a los abogados, políticos y ONG de izquierda, quienes los presionan e incluso a los postulantes a la corte suprema les revisan hasta los fallos.
11. Los indultos que concedió el Presidente Boric a los delincuentes de la protesta de 2019, es una prueba mas de la venganza contra los militares a quienes normalmente les niegan los indultos o los conceden cuando la persona ha fallecido.
12. Actualmente, las cárceles de Punta Peuco y Colina 1 están en sus capacidades sobrepasadas y, además con una cantidad importante de enfermos y ancianos mayores de 90 años, lo que no ocurre en ningún pais civilizado de la sociedad occidental.
Con esta última definición se derrumba completamente la débil afirmación del Presidente Boric que motiva este documento.
No hay duda de que la justicia en su propia naturaleza tiene estas dos dimensiones que hemos descrito, como lo es una venganza institucionalizada y restituir valores vulnerados y que fueron normados por la sociedad.
Si la justicia parece venganza, ¿Cómo ha de impedirse que los hombres crean alguna vez que la venganza pueda parecer justicia? (Jacinto Benavente, Meditaciones).