Derechos Humanos en Chile



Derechos Humanos en Chile

 UNA GUERRA ASIMÉTRICA

     Por  Humberto Julio Reyes

                  Aletargado por la canícula veraniega y la habitual ausencia de noticias positivas, me he decidido a abordar, nuevamente, el tema de las sentencias que pronuncian, con notable “productividad y creatividad”, las diversas instancias del poder judicial, en causas denominadas de derechos humanos.

                  Debo confesar que mi principal motivación ha sido la reciente publicación, en cartas al director y redes sociales, de diversos planteamientos críticos con los cuales coincido en gran parte y que denuncian la existencia de una verdadera “Guerra Judicial”, Lawfare, para usar la expresión de uno de sus autores.

                  Posiblemente usted, paciente y estimado lector, habrá leído alguno de ellos.

                  Por mi parte e incurriendo “malgré moi” en la autorreferencia, tan frecuente en los intelectuales, he vuelto a recordar una columna que me publicara “La Segunda” en el año 2003, si la memoria no me falla.

                  En ella y advirtiendo lo que ya estaba ocurriendo con las referidas causas, como consecuencia de los acuerdos de la llamada “Mesa de diálogo”, sugería un proceso único donde se procesara a todo aquel que hubiera formado parte de las Fuerzas Armadas y de Orden durante el Gobierno Militar, anticipándome en 20 años a lo que hoy está haciendo un ministro de fuero.

                  Resumo: todos seríamos responsables, así fuera por sólo pertenecer.

                  Si no te retiraste ni te opusiste ni denunciaste, eres culpable sea como autor, cómplice o encubridor. Ni qué decir el pertenecer a una gran asociación ilícita donde se cometieron delitos de lesa humanidad, tal como a menudo se señala en las sentencias.

                  Naturalmente que proponía una razonable proporcionalidad en las condenas, partiendo por absolver a todos los que sólo cumplían con su servicio militar obligatorio o eran alumnos de las escuelas matrices, aplicando penas remitidas a los subalternos e irlas subiendo a medida que se llegara a las categorías superiores.

                  Por lo demás, en esa época, la segunda sala penal aún no era cooptada por los prevaricadores, ya que había en ella distinguidos ministros que aplicaban la ley vigente, morigerando el ímpetu de los ministros de fuero.

                  Así, razonaba, se podrían rápidamente disponer las reparaciones del caso y la justicia estaría servida, aunque mal servida, toda vez que el requisito esencial de establecer la verdad aplicando la ley vigente, dada la distancia con los hechos, presentaba dificultades insalvables, como lo terminó reconociendo en años posteriores la Corte Suprema para explicar su permanente prevaricación inútilmente denunciada.

                  Por supuesto que era un disparate, pero, quizás, a estas alturas, esos procesos serían sólo un mal recuerdo y no un presente el cual ya a muy pocos sorprende o causa justificada indignación. Nos hemos habituado a que el poder judicial haga tabla rasa con los recursos de los abogados defensores e imponga su fuerza sin contrapeso alguno.

                  Concuerdo entonces con que el poder judicial está en guerra declarada con las instituciones de las fuerzas armadas y de orden desde 1990, cuando advirtió que podía borrar sus propias pasadas omisiones haciendo lo que le viniera en gana con los ex uniformados, primero tímidamente, pero, como el apetito aumenta comiendo, con el pasar de los años se ha llegado a encarcelar conscriptos (¡) y jóvenes subalternos que ni siquiera eran mayores de edad cuando sucedieron los hechos que hoy se investigan.

                  También, más adelante, se ha condenado y se pretende seguir condenando a quienes cumplieron con su deber al oponerse a la asonada golpista detonada, supuestamente, por el alza de los pasajes del Metro.

                  ¿Por qué esta guerra sería asimétrica?

                  Porque la desproporción es absoluta, las instituciones afectadas no pueden defender en tribunales ni siquiera a su personal en servicio activo, menos a los retirados.

                  Comprendo perfectamente que existen problemas muchos más prioritarios a nivel nacional que la suerte que corran los que aún cumplen penas de cárcel o los que podrían sumárseles, pero ¿cómo podría pretenderse un mayor compromiso o motivación para involucrarse en la solución del principal problema, la seguridad, a sabiendas de la vigencia de este estado de guerra que actúa como un permanente inhibidor del legítimo uso de la fuerza?

2 de feb. de 24

 

GUERRA JUDICIAL (Lawfare)

Por Jorge Palacios M.

Hemos constatado como el Poder Judicial ha ido empoderando en los últimos años, adoptando una doctrina de persecución hacia los militares y policías que participaron durante el gobierno militar, aplicando sentencias implacables a todo uniformado que caiga en sus esferas, designando ministros en visita extraordinarios con el único objeto de perseguir y condenarlos, no de hacer justicia. Recientemente el ministro Álvaro Mesa Latorre, de la Corte de Apelaciones de Temuco, en sus últimos fallos, señala “no importa la función que cumpliera, en el caso del regimiento “Tucapel”, el acusado era partidario de una dictadura militar, de un régimen donde se detenía, apremiaba y ejecutaba a personas, luego entonces corresponde imputarle penalmente responsabilidad”, con esa sola idea le bastaba para condenar como autores y cómplices a la pena máxima, esto es presidio perpetuo, por sólo considerar que adherían al régimen militar. En total 20 militares condenados de por vida, (3 tenientes, 4 subtenientes, 7 clases, 5 conscriptos y un abogado). O sea, los únicos oficiales no condenados en este caso (Polvorín), fueron sobreseídos por haber fallecido
El lawfare es una idea que ha sido incorporada por la izquierda a la política latinoamericana en los últimos años, según Wikipedia, se define como la “persecución judicial, instrumentalización de la justicia, judicialización de la política, guerra jurídica o guerra judicial”.
Es una expresión usada para referirse a la utilización abusiva o ilegal de las instancias judiciales nacionales e internacionales, manteniendo una apariencia de legalidad, para inhabilitar o provocar el repudio popular contra un oponente”.
Se utilizan herramientas jurídicas de modo abusivo, afectando el debido proceso para perseguir un enemigo político y/o militar, generando inestabilidad, desprestigio de las FF.AA. y policías. Es usada como un arma de guerra, empleando las normas como proyectiles.
Un buen ejemplo, de lo señalado, en el ámbito de los DD.HH. son las condenas a uniformados por delitos de lesa humanidad, este tipo de delito fue tipificado en el Estatuto de Roma de la Corte Internacional, publicado en el Diario Oficial el 01 de agoste de 2009, fecha de entrada en vigencia de la norma, inclusive, el artículo 24 de este Estatuto estipula taxativamente que no puede aplicarse en forma retroactiva (Irretroactividad ratione personae).
No obstante lo anterior, los tribunales de justicia en concomitancia con los medios de comunicación social, no han respetado el citado Estatuto, tan importante es lo señalado que al no existir el delito de lesa humanidad, son plenamente aplicable la prescripción, cosa juzgada y ley de amnistía, por lo tanto –legalmente- no debiera haber ningún militar o policía cumpliendo condena, pues de existir este tipo de delitos, éstos están prescritos.