FF.AA. y Carabineros



FF.AA. y Carabineros

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Reporte Mensual RST – Abril 2024

 

 

 

Intervenciones de diputados por las RUF:

 

 

La intervención de la Diputada Camila Flores en la discusión sobre las reglas del uso de la fuerza, sobre la importancia de que nuestros uniformados sean juzgados por la justicia militar:

https://x.com/cami_floreso/status/1786202739044683984?s=46

 

Cristián Araya     Diputado

@cristian_arayal

Nada que celebrar. Lo aprobado por la Comisión no es un avance sustantivo en la protección de policías y militares. Creación de “nuevos” deberes serán una traba y el Gobierno ya anunció que irá al TC para botar la competencia de la Justicia Militar. Quedó nuevamente en evidencia que la izquierda (todo el oficialismo) sigue desconfiando de nuestros uniformados y, vueltas más, vueltas menos, están más preocupados de proteger a subversivos y criminales que a las policías y FFAA. Y aún falta votación en Sala (mañana), Senado, tercer trámite (muy probable) y mixta (probable).

 

 

 

General (R) John Griffiths: “No estamos generando las leyes adecuadas contra el terrorismo”

Marcelo Soto
Doctor en Estudios Americanos, Jefe de Estudios de Seguridad y Defensa de Athenalab y Exjefe del Estado Mayor del Ejército de Chile, John Griffiths, aborda el debate legislativo que se abrió tras el crimen de tres carabineros en Cañete, el rol que se debe otorgar en este escenario a las FFAA y la extrema violencia que amenaza al país. “Si no existe la fuerza del Estado de Derecho, el problema no lo vamos a solucionar ni con ingenieros de la NASA”, dice.
-En El Mercurio un grupo de altos generales y almirantes retirados dijo que lo que se está discutiendo en materia de seguridad es inútil, porque en el fondo no hay garantías judiciales para los uniformados.
-Lo primero que hay que tener en claro es la naturaleza del fenómeno que vas a enfrentar. Para enfrentar el terrorismo, las reglas del uso de la fuerza (RUF) tienen bien poca utilidad.
-¿Por qué?
-Porque las RUF están hechas para enfrentar la normalidad. El origen de estas reglas está en el convenio del año 79 y del año 90, bajo el amparo de las Naciones Unidas. Lo que ocurre es que ahora enfrentamos una situación de excepcionalidad. Y eso significa un umbral jurídico y de fuerza distintos.
-¿Qué tipo de garantías debería tener una ley de este tipo?
-No necesitas ley. Necesitas la voluntad política de disponer de las Fuerzas Armadas para que hagan lo que tienen que hacer. Eso sí, bajo un umbral jurídico distinto, porque no es posible que después terminen procesados por tribunales de tiempo de paz y de normalidad.
¡Nosotros hemos llegado a reducir las posibilidades de legítima defensa! No nos hagamos trampas. Aquí lo que debe existir es el imperio del derecho y las atribuciones necesarias para que la fuerza haga lo que tenga que hacer.
-¿Algunas atribuciones están en la ley pero no se usan?
-Se puede funcionar con lo que está dispuesto. Lo que no puedo hacer es rebajar el umbral de la legítima defensa. Si vas en un procedimiento y fuerzas extrañas te comienzan a disparar, comprenderás que en ese minuto lo que debe primar es el derecho legítimo de defensa de las fuerzas policiales o militares.
-¿Se ha bajado el umbral de la legítima defensa?
-Lógico. Tenemos gente uniformada que está procesada o presa. Fíjate que la disposición internacional, incluso cuando las FFAA van a Operaciones de Paz, autoriza el uso de las armas letales ante cualquier agresión que imponga una lesión grave o ponga en riesgo su integridad física. Punto.
En cambio, hemos hecho una serie de disposiciones que al final del día no sirven. Cuando enfrentas a organizaciones criminales o terroristas ¿hay que dialogar con los terroristas que te están atacando? ¿Vas a disparar balas de salva primero?
Es ridículo. No hagamos una sobre teorización del uso de la fuerza, porque la realidad es completamente distinta: cuando estás en el terreno y tienes un ataque de este tipo, lo que debe imperar allí es la legítima defensa y la fuerza tiene que estar respaldada por el poder político. Y si comete algún exceso, para eso está la justicia militar.
-¿El Estado de sitio tampoco tendría mucho sentido?
-Si quieres establecer el estado de sitio sin entregar las atribuciones a la fuerza policial o militar, vamos a tener más de lo mismo no más.
-Otra cosa que se ha comentado es que las Fuerzas Armadas no estaban educadas para enfrentar a población civil. ¿Es así?
-No están equipadas para eso. Cuando tú tienes un estado de excepción constitucional es porque el Presidente de la República con acuerdo del Congreso, determina que hay una amenaza contra el Estado de Derecho. O sea, tienes una situación excepcional. Toda democracia entiende que cuando saca las FFAA a la calle salen con todo su poder de disuasión.
-¿Con capacidad para matar?
-Pero no se trata salir a la calle sin respetar las normas del derecho. Las FFAA necesitan la legitimidad para el uso de la fuerza, con armas letales y no ser objetos de tribunales de normalidad posteriormente. ¿O vamos a pretender que todos los militares salgan con bombas de humo? ¿O con lacrimógenas y equipamiento de carabineros? No. Porque si ese fuera la solución, entonces tengamos más carabineros y nos ahorramos problemas.
-¿Qué te parece la ley antiterrorista que se está discutiendo en el Congreso?
-No estamos generando las leyes adecuadas para que puedan ser de utilidad contra el terrorismo. Naciones Unidas establece tres cosas para definirlo: que es evidentemente un acto violento, llevado a cabo por organizaciones que evidentemente no son estatales, con el fin de dañar civiles inocentes y causar terror con fines políticos. Sucede que aquí estamos llenos de eufemismos, como violencia rural, ¿qué es eso? Nos hemos acostumbrado a cambiarle el nombre a las cosas.
-En su carta, los uniformados en retiro critican las declaraciones del gobierno del Presidente Boric. ¿Crees que se habla mucho y se hace poco?
-Las palabras bonitas, la prosa y poesía, tienen poco que hacer aquí. Lo que se requieren son acciones. Y los mejores niveles de seguridad se obtienen cuando la fuerza es usada en forma legítima, eficiente, pero con voluntad política.
-Todavía no hay muchos datos, pero ¿qué impresión te deja el asesinato de los tres carabineros en Cañete?
-Hay muchas hipótesis sobre la mesa. Yo no quiero elucubrar, pero hay tres carabineros que fueron ajusticiados. Se les disparó en la cara y en el pecho. Después fueron quemados. Y sus cuerpos transportados a un lugar donde los dejaron con la camioneta totalmente quemada. Si eso no es terrorismo, no sé qué es. ¿Es violencia? Sí. ¿Llevada a cabo con fines políticos? Sí. ¿Con la finalidad de infundir terror? Sí. Si eso no es terrorismo, no sé cómo catalogarlo. A las instituciones no solamente hay que entregarles la responsabilidad, hay que entregarle las atribuciones. Sin atribuciones tú no puedes tener responsabilidad.
-¿Con todas estas atribuciones que podrían tener las Fuerzas Armadas se podría solucionar el conflicto en La Araucanía?
-A ver, este es un problema político, que se tiene que abordar con todos los instrumentos de poder. El gobierno político es el primero. Segundo, tienes elementos policiales. Tercero, tienes elementos militares. Lo importante es combinar todos los instrumentos que tienes a disposición en una estrategia efectiva. Los militares no son una bala mágica que te vaya a solucionar el problema.
Si vas a usar los militares, tienes que usarlos en forma quirúrgica para determinados objetivos que la estrategia tiene que determinar. Esas soluciones mágicas, los que aseguran que en una semana tenemos solucionado este tema, no son efectivas, porque la fuerza hay que usarla en un contexto jurídico.
No se trata de entrar como un elefante en una cristalería. Se trata de usar la fuerza en el contexto de una estrategia y con todos los instrumentos de poder. Uno de los instrumentos de poder más importante es el de la justicia. Si aquí no existe de parte de la justicia un afán de perseguir a estos criminales firme y decididamente, tampoco vamos a poder hacer nada.
-Se dice que los mismos comandantes le dijeron al Presidente que no era adecuado un estado de sitio. Por otro lado también se critica que Boric no ha tenido el don de mando como para convencer sobre una línea.
-Es que no se trata de don de mando. ¿Queremos apresar a los cabecillas de estas organizaciones criminales y violentas? Bueno, hay que partir por identificarlos. Luego capturarlos y llevarlos a juicio.
No conozco fuerza más poderosa, incluso más que la fuerza policial o la fuerza militar, que la fuerza del Estado de Derecho. Si no existe la fuerza del Estado de Derecho, el problema no lo vamos a solucionar ni con ingenieros de la NASA

 

 

 

¿*Guerra*?

Por Pablo Ortúzar
La Tercera
ABRIL 30 DE 2024
Frente al ataque terrorista que dejó tres carabineros asesinados a tiros en Cañete, cuyos cuerpos luego fueron quemados por los criminales, y un pequeño arsenal de armas robado, el exministro del interior Jorge Burgos declaró que, a su entender, el Estado de Chile estaba en guerra con el grupo que fuera responsable de estos actos, así como con el resto de los grupos terroristas que operan en la zona. Eso nos lleva de lleno al tema nada feliz de la guerra, que merece ser tomado muy en serio en vez de ser evadido, justamente por lo delicado que es.
La observación del exministro va en línea con la demanda reiterada por declarar estado de sitio en la Macrozona Sur y ponerla bajo el control total de fuerzas militares. El estado de sitio, como su nombre lo indica, es el estado de excepción constitucional pensado para los escenarios de guerra: queda el Comandante en Jefe del Ejército a cargo de la zona de conflicto, las libertades civiles fundamentales (reunión y locomoción) quedan suspendidas, se permite el arresto de personas en lugares distintos a cárceles y pasa a regir en ese territorio la justicia militar marcial, en reemplazo de la justicia militar de tiempos de paz y de la justicia civil.
En efecto, todo grupo que busque amenazar por la fuerza la seguridad o integridad interior o exterior de un Estado puede ser considerado enemigo del Estado, lo que permite desplegar la fuerza militar en su contra. Los miembros de estas organizaciones, por su parte, son combatientes enemigos, sea cual sea su nacionalidad, y el trato con ellos puede quedar sujeto a las leyes de la guerra.
Hoy la situación en la Macrozona Sur cabe dentro del concepto de “guerra irregular de baja intensidad”: se despliegan efectivos militares, pero en una situación que no se define claramente como un conflicto bélico, donde el enemigo enfrentado no es otro Estado y donde el territorio sigue sometido a las instituciones civiles. Si se declarara estado de sitio, entraríamos en un escenario de guerra asimétrica contra combatientes ilegales.
Al mismo tiempo, decenas de alcaldes, muchos en la Región Metropolitana, demandan que se declare estado de emergencia en sus comunas y se utilicen militares para controlar el orden público. Esto, en respuesta a los altos niveles de delincuencia, pero muy especialmente a la operación cada vez más violenta de miembros de bandas del crimen organizado, que ha costado la vida de varios carabineros y civiles.
En suma, hay una demanda cada vez mayor de intervención militar para lidiar contra enemigos internos. Y la pregunta es si el marco institucional que tenemos acomoda al Estado chileno y a sus fuerzas armadas para enfrentar la mezcla de etnoterrorismo y crimen organizado que tienen al frente. ¿Son adecuadas nuestras herramientas institucionales respecto al problema que enfrentamos? ¿Podemos enfrentar eficazmente el escenario de guerra delineado por Burgos? Todo indica que no: la lógica del estado de sitio parece demasiado acotada geográfica y temporalmente, y se nota pensada para combatir ejércitos enemigos o guerrillas, pero no grupos terroristas y/o del crimen organizado que operan en base a atentados. Y los demás estados de emergencia tienen el problema, además de ser muchas veces poco adecuados a contextos civiles, de no ofrecer garantías operativas a los militares desplegados: el número de efectivos presos por cumplir con su deber en la Araucanía y durante el estallido social habla por sí mismo.
¿Qué hacer entonces? Lo razonable es comenzar por establecer reglas de uso de la fuerza (las famosas RUF) que den seguridades y faciliten la operación militar contra terroristas y criminales. Éste es el debate hoy en curso, entorpecido por la diputada Orsini, que defendía hace poco tiempo disolver la PDI y refundar carabineros. El Presidente de la República, una vez establecidas las RUF, debería considerar retroactivamente los criterios delimitados en ellas para evaluar los indultos a los uniformados condenados por utilizar sus armas.
Un segundo paso necesario es asegurarse de que los grupos enemigos no tengan acceso a la inteligencia y las decisiones estratégicas secretas del Estado chileno. Esto hace razonable pensar en apartar por completo al Partido Comunista de Chile de cualquier área del Estado relacionada con el Ministerio del Interior o el Ministerio de Defensa, en la medida en que han mostrado de manera consistente solidaridad y alianzas con la dictadura venezolana (que parece trabajar asociada con grupos criminales de esa nacionalidad operando en nuestro país) y con el extremismo mapuche (basta recordar las gestiones con las FARC para entrenarlos, reveladas el 2015). Juan Andrés Lagos y Galo Eidelstein y sus respectivos equipos debeberían ser desvinculados por razones de seguridad interior, al no verse muy confiables sus lealtades respecto al Estado chileno.
¿Algo más? Sí. Para que el despliegue de fuerza militar sea efectivo, parece necesario que los militares desplegados, al igual que en cualquier escenario de guerra, sólo puedan ser juzgados por tribunales militares. Insistir, como ha hecho el gobierno, con que sean tribunales civiles los que vean los casos de militares actuando en un escenario de guerra es muy poco razonable. No tienen la experiencia necesaria, y la guerra no se rige por las mismas lógicas que la paz. Esto es crucial: el test de seriedad de cualquier político que prometa usar fuerza militar es preguntarle respecto a quién juzgaría los actos de los militares desplegados. Si se opone a que sea la justicia militar, no está hablando en serio.
De hecho, uno podría perfectamente defender que no sólo los militares deberían estar sujetos a la justicia militar, sino también los combatientes enemigos capturados. Los miembros de organizaciones criminales en beligerancia contra el Estado chileno, nacionales o extranjeros, podrían y deberían ser tratados como combatientes ilegales y pasados a consejos de guerra o cortes marciales, según sean las circunstancias. Esto haría innecesario el “debate respecto a la pena de muerte” que el gobernador frenteamplista Rodrigo Mundaca intentó convocar, pues ella nunca ha estado fuera del catálogo de opciones de la justicia militar en tiempos de guerra (pena que ha intentado ser derogada últimamente por gestiones lideradas por Lorena Fríes, misma persona que al mando del INDH defendió que el atentando donde murieron quemados vivos Werner Luchsinger y Vivianne Mackay no era un caso de terrorismo).
De este modo, en vez de la constricción geográfica y temporal implicada por el estado de sitio, el Estado chileno podría librar una guerra contra sus enemigos internos tratando a cualquier miembro de una organización criminal o terrorista como un combatiente ilegal y sometiéndolo a las garantías y a los procedimientos judiciales que tendría que enfrentar como tal bajo estado de sitio. Esto debería hacer todo más expedito y seguro, ya que la justicia militar no podría ser sometida al tipo de presiones que hoy sufre la justicia civil, como la que hemos podido ver en el caso del juicio a “Los Gallegos”. Del mismo modo, los miembros de las fuerzas de orden y seguridad que colaboraran entregando información, vendiendo armas o de cualquier otra forma con las organizaciones beligerantes enemigas podrían ser condenados por traición a la patria.
En simple: si se quiere realmente utilizar fuerza militar para librar una guerra contra los grupos terroristas y el crimen organizado, parece necesario ofrecer garantías a los militares desplegados respecto a ser juzgados de acuerdo a las leyes de la guerra, por tribunales militares. Y también, al mismo tiempo, llevar el derecho penal del enemigo a su mayor grado de intensidad respecto a los miembros de los grupos terroristas y los miembros del crimen organizado, tratándolos como se trataría a combatientes ilegales enemigos capturados en acción en el contexto de una guerra. Sólo la combinación de ambas medidas, junto con reglas claras y eficaces para el uso de la fuerza y el apartamiento del Partido Comunista de cualquier cargo vinculado a inteligencia y seguridad interior o exterior, parecen generan condiciones más o menos idóneas para estar a la altura del conflicto que se tiene por delante. Todo esto, claro está, si es que tal es el camino que efectivamente se pretende transitar.