FF.AA. y Carabineros:

FF.AA. y Carabineros:
Cucalones, Reglas de Uso de la Fuerza, Fusibles y ciertas aprensiones.
“Cucalón es un término peyorativo usado en el siglo XIX y acuñado durante la Guerra del Pacífico entre las filas castrenses chilenas que indica a aquellos civiles adjuntos autorizados por el gobierno o una institucionalidad superior a participar en las operaciones militares, quienes por no poseer conocimientos castrenses incurren en la intromisión en asuntos bélicos siendo considerados un estorbo. (Wikipedia, término peyorativo)”. También se lo define como “Persona curiosa o intrusa que se mete en una profesión que no es la suya.”
La “apreciación de la situación” en el ámbito militar es facultad privativa del Comandante de la Fuerza, así como la resolución que al respecto adopte y los medios a emplear para el logro del objetivo, conforme a principios de estrategia y táctica, de manera similar a lo que ocurre en otros ámbitos, tales como en medicina, la evaluación clínica del paciente por el médico y el tratamiento que disponga a su respecto o el análisis jurídico del abogado y las acciones a ejercer en una causa.
Las tres actividades comparten el carácter de ciencias o artes y su ejercicio está reservado a quienes están profesionalmente habilitados.
Las Reglas de Uso de la Fuerza, que por ley se pretende imponer a los militares, que ya tiene precedente en un decreto supremo vigente, dictado por Sebastián Piñera, vulneran, a mi juicio, principios elementales de estrategia y táctica para el logro del objetivo militar, muy en especial la iniciativa, coartando la libertad de acción y exponiendo la maniobra al fracaso y a la fuerza militar a la derrota,
Importan una renuncia a la primacía que conlleva el ejercicio de la fuerza legal y plantean el conflicto como una especie de contienda, casi deportiva, en que el delincuente flagrante posee un estatus legal similar al de quién tiene la misión de reprimirlo, no de “convencerlo”, labor esta última que compete a otros estamentos, muy en particular a quienes precisamente pretenden establecer estas Reglas de Uso de la Fuerza, habiendo previamente fracasado en la persuasión que, como autoridades políticas es de su exclusiva responsabilidad.
Las RUF constituyen un subterfugio para hacer recaer en los militares la responsabilidad ulterior de su empleo, el cual, como es de público conocimiento, ocurre en un contexto de violencia inusitada que se ha podido apreciar, entre otros eventos, en el denominado “estallido social”, en que incluso participaron hombres públicos que ostentan altos cargos en la Administración del Estado y que hoy patrocinan el respectivo proyecto de ley. Resulta ilustrativo recordar que en esa ocasión el entonces Presidente Sebastián Piñera declaraba estar en una situación de guerra respecto de la cual, consultado el entonces Jefe de Fuerza, con la prudencia y aplomo que caracteriza a un militar de su jerarquía, declaró que él no estaba en guerra con nadie, mientras por otro lado, el entonces diputado don Gabriel Boric (si mal no recuerdo, aunque podría equivocarme) enrostraba a un militar de servicio, en plena Plaza Baquedano y a los pies del monumento a ese héroe de la República, por el sólo hecho de estar allí cumpliendo las órdenes de sus superiores, pudiendo apreciarse en imágenes simultáneas de la televisión de entonces como los manifestantes, verdaderos delincuentes, se encaramaban en los blindados desplegados intentando provocar reacciones represivas de parte de los uniformados, las que para fortuna de ellos y frustración de quienes los dirigían políticamente, no se produjeron y los privaron del pretexto que buscan siempre para enardecer a las masas: una víctima fatal. En la ocasión, simplemente ciñéndose a la ley, a las reglas propias de su profesión y al buen criterio, los militares cumplieron con su deber y nadie pudo imputarles exceso alguno. ¡Qué contraste entre el actuar del militar a cargo y el de las autoridades políticas mencionadas! ¿Parece necesario que estos últimos concibieran la idea de imponer Reglas de Uso de la Fuerza a quien las conducía de la manera que el General a cargo lo hacía?
Toda ley lleva aparejada una “razón de legislar”, esto es la satisfacción de una necesidad u objetivo determinado. En el caso de las Reglas de Uso de la Fuerza hay uno declarado y otro encubierto y, por supuesto, el que importa es este último, ya que el primero se encuentra completamente cubierto por la normativa legal vigente y por los principios y normas que informan el ejercicio de la profesión militar.
En efecto, toda conducta ilícita en que pueda incurrir un militar con ocasión de su empleo, está debidamente cubierta y sancionada en el Código de Justicia Militar, el Código Penal y diversas leyes especiales que resultaría excesivo entrar a analizar para los fines de este comentario. No existe actividad más reglamentada en la profesión militar que la del empleo de la fuerza, porque ése es precisamente el corolario de su actividad.
En consecuencia, si las Reglas de Uso de la Fuerza constituyen procedimientos absolutamente contrapuestos con la ciencia militar en cuanto al empleo de la fuerza y la exponen al fracaso, no debiendo tratarse de ideas propias de “cucalones” aunque el efecto sea el mismo, ¿cuál es el verdadero propósito de las RUF? Es obvio: la autoridad política es el ulterior responsable del empleo de la fuerza pública y de las fuerzas armadas, de las que sólo puede disponer mediante la dictación de los respectivos decretos supremos. Y como invariablemente los hechos para los cuales se recurre a ellas son de carácter violento, normalmente en estados de excepción constitucional, la existencia de víctimas (de ambos lados) suele resultar inevitable, contexto en el cual diversos actores, principalmente políticos contrapuestos, apuntarán contra dicha autoridad, responsabilizándola por los actos de los militares, (no así de los civiles que ejercen la violencia) aun cuando la responsabilidad penal, en caso de haberla, es personalísima y debiera recaer directamente en el autor del delito, cuyo no sería el caso de la máxima autoridad ni de sus asesores, salvo para ciertas organizaciones nacionales e internacionales que hacen de este tipo de conflictos su razón de ser.
En ese escenario, a mi juicio, surgió la idea de las RUF, como un mecanismo para exonerar anticipadamente a la autoridad civil de toda responsabilidad derivada del empleo de la fuerza, tratando de preconstituír una prueba de haberse actuado con esmeradísimo celo o diligencia al asumir por esa vía, una especie de conducción táctica de la fuerza militar cuyo incumplimiento o desobediencia haría recaer en ellos la responsabilidad final, debiendo saber o no pudiendo ignorar que el contenido de tales reglas vulneraría principios y reglas esenciales de la profesión militar, limitando su accionar, tornándolo ineficaz y altamente riesgoso para quienes representan el imperio de la ley, al poner, no sólo en un mismo plano su desempeño con el de quienes delinquen ante ellos, sino en condición de desmedro, al ceder la iniciativa a estos últimos y limitarse a responder con medios “proporcionales a la agresión”, agresión que no se somete a regla alguna, como ocurrió en el denominado “estallido social”.
En conclusión, las RUF pretenden exonerar de responsabilidad penal y política a la autoridad gubernamental que dispone su empleo, haciéndola recaer exclusiva y directamente en los militares para el muy probable caso que no puedan ceñirse a ellas por su carácter contrapuesto con las reglas de su propia ciencia o arte o por resultar atentatorias para su propia integridad. De esta forma, los militares pasan a constituir verdaderos fusibles (de ninguna manera confundir con fusiles) en resguardo de dicha autoridad, salvo que exista un segundo objetivo encubierto y que éste sea la derrota de la fuerza militar para dar paso a ese tipo de régimen de gobierno que, planificadamente, sin prisa pero sin pausa, crea estas situaciones críticas para acceder al poder y perpetuarse en él, como hemos visto en otros países de nuestro continente.
Juan M. Rodríguez Etcheverry
Abogado, Coronel (J) de Ejército (R)
DESPUES NO CULPEMOS A LAS FF.AA.
Defensa y Seguridad Nacional
Entre los graves problemas que afectan el diario vivir de los chilenos, junto a la carencia de salud, deficiente educación, crimen organizado, delincuencia desatada, cesantía, empobrecimiento creciente y un largo etc., etc., subyace uno tanto o más grave que los anteriores, pero que la población aún no logra percibir, porque es como un cáncer que avanza silencioso y cuando se hace evidente, es muy tarde para revertir. Toribio se refiere al alarmante descuido sobre la Defensa y Seguridad Nacional. Se veía venir dese hace años, cuando iluminados políticos de la pseuda derecha, acogiendo las exigencias de la izquierda pusieron fin a la Ley Reservada del Cobre (L.R. del C.) en 2019, vigente desde 1958, que tenía como objeto destinar ingresos de la venta de cobre para la adquisición de sistemas de armas y pertrechos para la Defensa Nacional, emulando a leyes anteriores, como la Ley de Cruceros (1938) que transfería el 90% de las rentas de arrendamiento de territorios en la Patagonia chilena a compras de armas; y más tarde, en 1942, bajo el gobierno de Juan A. Ríos se creó el Consejo Superior de la Defensa Nacional, con facultades para destinar ingresos provenientes de divisas, impuestos al alcohol, cigarrillos, y utilidades de las empresas de la gran minería del cobre en el país,, para la compra de armas sin la aprobación del Congreso, organismo que fue derogado bajo el gobierno del presidente Piñera (2011)
Al momento de ponerse fin a la L. R. del C. el ministro Alberto espina, dijo que se trata de un “cambio histórico que establece un sistema democrático, transparente, estable y con la necesaria fiscalización”. En términos generales la ley consideró: Un Fondo Plurianual de Capacidades Estratégicas, para dar estabilidad a las inversiones a mediano y largo plazo, para material bélico, infraestructura y gastos de sostenimiento; un Consejo del Fondo Plurianual (CFP) encargado de la programación y control de flujos financieros; un aporte basal para el mantenimiento, sostenimiento y actualización de las capacidades estratégicas existentes; un Fondo de Contingencia Estratégico para enfrentar situaciones de crisis y financiar material bélico severamente dañado como consecuencia de emergencia o catástrofes.
No obstante, el actual Gobierno se ha dado maña para no dar cumplimiento a esta ley, confirmando lo que los miembros de las FF.AA. preveíamos, que quedaría criterio del gobierno de turno. Por segunda vez la ley del presupuesto dejó sin financiamiento el Fondo de Capacidades Estratégicas, lo que no deja de extrañar por la constitución del CFP en manos del PC y PS, uno de los cuales fue el encargado de redactar el proyecto de constitución de la Convención Constitucional, cuando se hablaba de reformular Carabineros, suprimir las escuelas matrices de las FF.AA y crear el Ejército del pueblo, por cuanto ya no se justificaba y que bastaban solo unos cuantos meses para prepararse en caso de un conflicto, dadas las buenas relaciones con nuestros vecinos.
Pero la ignorancia y la despreocupación parece reinar entre los responsables de la Seguridad Nacional. Argentina ha duplicado su presupuesto en US$ 6 mil millones, que con Milei ha renovado sus pretensiones en la plataforma continental y en la exploración conjunta del Estrecho de Magallanes -bajo nuestra soberanía- y del Mar Austral; de hecho, baste recordar el incidente con la instalación de paneles solares en la Isla Grande de Tierra del Fuego, “metiendo la puntita por si pasa.” Y ojo con nuestros vecinos del norte, pese a que su presidenta no supera el 5% de aprobación, hace poco adquirió 24 aviones de combate por un monto de $3.500 millones, pasando a ser la Fuerza Aérea más poderosa de Sudamérica; su economía ha estado mejor que la nuestra, de hecho, nos han superado en la exportación de frutas; y en cuanto a las exportaciones de cobre, se ha puesto en segundo lugar en el mundo después de Chile. Y el Mega Puerto inteligente de Chancay, con capitales chinos y peruanos, deja en condiciones deplorables los nuestros de San Antonio y Valparaíso, con ampliaciones pendientes desde hace años.
En octubre pasado, el comandante en jefe del ejército expresó -solo lo señalo para dejar constancia- que la ley le faculta tener una planta de 7.000 soldados profesionales y solo hay presupuesto para 1600, lo que fuere considerado por la cuestionada diputada Orsini como un “acto de deliberación”. A juicio de cualquier observador dada las múltiples funciones extra institucionales que se le han dado al Ejercito y las que se prevén, tanto la dotación de soldados profesionales como la de conscripción anual parecen ser insuficientes.
A mayor abundancia, las FF.AA. en determinadas circunstancias ante un peligro exterior o en caso de desastres naturales se han visto en la necesidad de recurrir a sus Reservas, como lo fue en el terremoto de 1960; la contingencia vivida con Argentina, amén de otras circunstancias, para lo cual deben estar en permanente reentrenamiento. Esta Reserva en el Ejército está constituida por 2800 individuos distribuidos en 41 bases de movilización, desde Arica a Porvenir, y producto de las reducciones presupuestarias del presente año que alcanzaron más de $US 19 millones, para cuadrar la caja del desorden de Hacienda y dilapidaciones de este nefasto gobierno, este año la institución se ha visto en la necesidad cancelar la incorporación de nuevas Reservas, como asimismo la participación de sus integrantes en todas y cada una de sus actividades a lo largo del país.
Los que vivimos los años 74 y 75 del siglo pasado, pasando largo tiempo en las fronteras, sabemos que la única forma de mantener la disuasión política y estratégica es fortalecer los cuatro campos de acción, en los cuales estamos al debe. Raya para la suma, Chile ha caído en un progresivo y peligroso deterioro de su Defensa y Seguridad Nacional, donde existen responsabilidades compartidas. Por una parte y en primer lugar, el actual gobierno que no solo ha incumplido con la ley, sino que no ha hecho absolutamente nada para remediar la grave crisis económica que nos afecta y menos aún determinar sus prioridades, despilfarrando recursos que hoy están siendo cuestionados por la justicia; en segundo lugar, el Congreso Nacional, al aprobar un presupuesto sin tener en consideración la gravedad de los hechos y en particular los miembros del Consejo de Seguridad Nacional, por cuanto al tenor de la última acta de este Consejo (5/02/2024) no hay constancia de esta preocupación. Además el reciente corte genral de energía es una señal que a dicho Consejo le debe preocupar; y en tercer lugar, aunque suene a deliberación, los respectivos mandos institucionales al no hacer presente ante los conductos respectivos la imposibilidad de dar fiel cumplimiento a las obligaciones que les están dadas en la CPE.
Fernando Hormazábal Díaz
General de Brigada (R)