¿HASTA CUÁNDO DOS SISTEMAS PENALES?



¿HASTA CUÁNDO DOS SISTEMAS PENALES?

Por Humberto Julio Reyes

Escribo estas líneas bajo el benéfico influjo de una reciente noticia que me ha renovado la fe en el género humano y en que, a veces, es posible la justicia en este mundo.

Como el paciente lector ya se habrá enterado, se ha dictado sentencia definitiva en el largo proceso por la muerte de don Eduardo Frei Montalva.

Injusta sentencia, dirán quienes siguen creyendo en una teoría conspirativa que apuntaba a un magnicidio perpetrado por agentes del gobierno militar. Justa dirán otros ya que no pudo probarse el supuesto delito.

Aunque tarde se hizo justicia, dirán los que, como yo, encontramos ajustado a derecho el fallo unánime de la corte de apelaciones que absolvió previamente a quienes condenara el ministro de fuero.

Conclusión: como en otros temas que nos dividen, creo que éste no será el final de esta historia, pero, al menos, difícilmente podrá acusarse de parciales a los magistrados que en dos instancias revisaron el fallo inicialmente condenatorio.

Respecto al fondo puedo entender que para quienes pierden un ser querido a veces no es fácil resignarse a que su muerte haya sido producto de la fatalidad o de algún error humano, quizás del mismo fallecido al someterse a una operación de alto riesgo.

Para otros, con simpatías partidistas, era cómodo que una persona que los inspiraba pasara de la condición de promotor o justificador de un golpe de estado a la de víctima por su posterior oposición política.

Finalmente, para quienes, hasta el día de hoy, siguen pensando que el gobierno militar representa la suma de todos los males y actuando en consecuencia sin escatimar recursos para condenarlo, una sentencia final condenatoria, que avalara la teoría conspirativa, habría llegado como anillo al dedo en estos días de conmemoración de los 50 años.

Imagínense las declaraciones de algunas autoridades o de los satisfechos querellantes.

Leí los dos libros sobre este proceso escritos por Lilian Olivares y me parecía difícil que la corte suprema pudiera revertir el fallo absolutorio previo, pero…estamos acostumbrados a que nuestra justicia nos sorprenda, salvo en procesos de derechos humanos donde la condena es segura y sólo falta determinar la cuantía del tiempo en prisión y el monto en que el estado debe indemnizar.

Finalizo recordando que esta causa se llevó adelante bajo el antiguo sistema procesal penal, donde un juez interroga, investiga, procesa, acusa y condena, pudiendo sin mala fe, incurrir en el error de apreciación propio de cualquier ser humano y orientar su trabajo en dirección equivocada.

Mantener por años el antiguo sistema en forma paralela le ha permitido a la corte suprema, según es de público conocimiento, “adaptar” (desconocer) las instituciones jurídicas tales como cosa juzgada, prescripción, amnistía y debido proceso, para impartir justicia, léase condenar a toda costa, ya que de lo contrario ello no habría sido factible.

Cuando un ministro de la corte suprema asumió como su presidente, concedió una entrevista donde manifestó que los procesos por causas de derechos humanos no terminarían nunca.

¿Hasta cuándo, entonces, se mantendrá esta anomalía?

19 de ago. de 23