¿Justicia o venganza institucionalizada?

Por Roberto Hernández Maturana

El destacado abogado y  Profesor de Derecho, Magister en Derecho Público e Investigador y Observador de Derechos Humanos Dn Marcelo Elissalde Martel, ha difundido en las redes sociales un “Resumen estadístico sobre la situación DD.HH. de FF.AA. y policiales”.

El informe es devastador, y evidencia la tremenda iniquidad con la que la sociedad chilena permeada por 29 años de aceptar una versión unilateral de la historia reciente de nuestro país ha perseguido a los integrantes de las FF.AA. y de Orden que integraban dichas instituciones en los años 70.

Situación de los Derechos Humanos de los presos y perseguidos políticos militares

El informe es extenso, pero resumidamente nos dice que hoy 126 ex uniformados cumplen condena en el presidio de Punta Peuco y 49 en Colina 1, además de otros cuantos en otras prisiones del país.  Aproximadamente 1.500 se encuentran procesados, pero varios centenares más se encuentran afectados por situaciones judiciales relacionadas con DD.HH., habiendo 25 fallecidos en situación de procesados o condenados, incluyendo en esta estadística 8 suicidios.

De igual forma nos dice el abogado Elissalde, que Carabineros tiene en su historia Institucional 1.102 mártires, 352 de ellos caídos en combate contra la delincuencia o “violencia justificada con fines políticos”, (léase víctimas de la subversión). Es decir, se interpreta que NO se violaron los DD.HH. de los Carabineros asesinados, ellos fueron “víctimas de la violencia política”.

Por otra parte el informe nos dice que el coordinador de las causas relacionada con derechos humanos, el Ministro de la Corte Suprema Sergio Muñoz, señaló a la Sala Penal, en su Cuenta  al pleno de dicha corte, que hasta Noviembre de 2017  había 1.306 causas en trámite,  es decir vigentes, también nos dice que el Ministro Milton Juica, informó que la Corte Suprema solo en 2017, concedió casi 10.000.000 (Diez mil millones de pesos ) en indemnizaciones reparatorias a los querellantes por este tipo de procesos.

También nos dice el informe, que se ha nombrado a 29 Ministros en Visita a lo largo del país. A esto hay que agregar que la Corte Suprema, falla en definitiva un promedio anual 12 causas aproximadamente, lo que en la práctica significa que esta situación podría extenderse 100 años como mínimo.

Del mismo modo, el 12 de marzo de 2018, casi al momento que el anterior gobierno entregara el cargo, Lorena Fries, ex Subsecretaria de DD.HH., presentó un requerimiento a los tribunales para conocer de “Apremios Ilegítimos”, los que sumados a los existentes por “Tortura” ya en trámite, hace un total de más de 9.000 (nueve mil causas) a tramitar relacionados con el trabajo de las comisiones Valech I y II.

Elissalde da cuenta que, en Chile, tras la adhesión al Estatuto de Roma, el 18 de junio de 2009, se dictó la Ley 20.357, en que se tipifican los crímenes de “lesa humanidad” y “genocidio” y los crímenes y delitos de Guerra, que señala en su artículo 40 que “la acción penal y la pena de los Delitos previstos en esta Ley no prescriben”. Así, el Poder Judicial reconoce ante el Poder Legislativo, que no aplicará ni la prescripción, ni la amnistía a hechos ocurridos hace más de 43 años, y peor aún, reconoce que en forma artificiosa vía artículo 5 de la Constitución Política del Estado, introdujo normas condenatorias NO vigentes en Chile sino a partir de 2009 en adelante, a hechos acecidos hace 43 años atrás.

Nos recuerda también Elissalde que el ex Ministro Solís, uno de los jueces que más condenas dictó contra uniformados, señaló en un programas de TV (El Informante en foro con Hermógenes Pérez de Arce y también ante el Periodista Mosciatti), que su elucubración para condenar se basaba en “UNA FICCIÓN JURÍDICA“… Nos dice el abogado autor de este informe que “Lo grave es que mediante esta, se ha  condenado gente, dentro de un pretendido Estado de Derecho”.

Finaliza esta parte referida a la persecución político judicial contra ex uniformados, manifestando que “si a lo anterior sumamos que la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema, se está negando a conceder beneficios a los condenados, ingresarán a los penales una cantidad altísima de personal de las FFAA, 43 años después de ocurridos los hechos”.

Nunca está demás recordar que todos los ex militares condenados y/o procesados, lo han sido por un sistema de Justicia ya derogado en Chile y que hoy se aplica exclusivamente a los ex uniformados, donde el sistema los considera culpables casi desde el momento mismo de ser procesados.

¿Y que pasó con los condenados en Chile por delitos terroristas?

El abogado Elissalde nos informa en su estudio que hoy no hay ningún subversivo cumpliendo condena: Ninguno. Están indultados, amnistiados o fugados. El Presidente Aylwin en su mandato indultó a 283 subversivos y el Presidente Lagos a   244 entre delincuentes comunes y subversivos, para ello envió al Congreso una Ley de Unificación de Penas, de manera que el que hubiere cumplido 10 años preso, quedaba en inmediata libertad. Así fueron liberados   los últimos MIR, Manuel Rodríguez, Lautaristas y movimientos guerrilleros afines. Basta con recordar que sólo el Lautarista Diego Ossandón Cañas, quien, con su equipo, asesinó a casi 20 personas, murió de cáncer en libertad.

Cabe hacer notar que, según el informe, la mayoría tanto de los indultados como de los exonerados y/o sus parientes, reciben beneficios económicos de reparación, varios con un costo para el país de 200 millones de dólares al año aproximadamente, señalando más adelante que en 20 años se han entregado 2.979 millones de dólares. Agrega que el aumento más importante fue el año en 1995 cuando creció abruptamente un 3.500 % respecto a 1994 (Fuente: Mercurio 23 de Sept. de 2013). Esto es solo por concepto de Exonerados como se dijo. Elissalde agrega que como fue conocido, ante la magnitud de la cifra y su repercusión para el Erario Nacional, se nombraron dos autoridades para investigar los hechos: Mireya López Ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago y luego la Fiscal Ximena Chong, entre otras cosas, porque la Dirección de Presupuesto nunca revisó este programa y sus fondos, en circunstancias que todos los programas públicos deben ser evaluados.

En 2015, la investigación arrojó los resultados con las primeras condenas a los Falsos Exonerados, por parte del ministro Mireya López, que por lo demás fueron muy pocos… no más de una docena, centenares de causa fueron sobreseídas aplicándose la prescripción. No se sabe aún cual será  del resultado final de la mencionada investigación, al parecer en la mayoría será negativo en cuanto a sus resultados, porque la Ministro reconoció la laxitud con que los parlamentarios emitían por razones electorales, certificados de trabajo manifiestamente falsos, pero no condenó a ninguno y sin embargo, el Consejo de Defensa del Estado,   a cargo del abogado Juan Ignacio Piña nombrado por el presidente Sebastián Piñera entre marzo de 2014 hasta marzo de 2017, quien persiguió con ahínco  a los Uniformados , esta vez no apeló; de manera que nos encontramos ante un caso cerrado y 3.000 Falsos Exonerados seguirán  tranquilamente esquilmando al fisco. Al respecto el informe de Elissalde señala que la alcaldesa de Providencia Evelyn Matthei manifestó que esto le constaba, porque este escándalo explotó cuando ella era Ministra de Trabajo en 2013, señalando: “El Estado ha destinado aproximadamente tres mil millones de dólares al pago de pensiones a exonerados desde 1994 a la fecha. En mi época, el gobierno calculaba que el monto comprometido en el pago de pensiones irregulares podía ser alrededor de mil millones de dólares en los últimos 20 años” (Mercurio 07 Dic.2015) … Tan es así que se le paga hasta al “comandante Salvador” (Galvarino Apablaza, uno de los asesinos del Senador Jaime Guzmán, fugado y protegido por el Kirchnerismo en Buenos Aires).

Se da hoy entonces la paradoja que el ex Uniformado llevado a juicio por hechos acaecidos hace 43 años, enfrenta a varios adversarios potenciales: los querellantes particulares, El Programa del Ministerio del Interior, el Consejo de Defensa del Estado, en algunos casos y eventualmente al Instituto de Derechos Humanos, que también está facultado para denunciar. La desproporción es entonces evidente.

Situación en el Congreso Nacional

El abogado Elissalde finaliza su informe afirmando que en el Congreso nadie se quiere involucrar “no es tema “como dicen allá. Cabe destacar intentos de algunos parlamentarios por dar una solución final. Sin embargo, la Derecha prefiere no intervenir y hoy además no tienen mayoría en ninguna de la dos Cámaras como para pasar un proyecto de ley definitivo.

En enero del presente año el saliente gobierno presentó un proyecto de ley para regular la situación de los reclusos que padecen una enfermedad terminal o cuyas facultades mentales se encuentran severamente disminuidas. No obstante, plantea el proyecto que si el enfermo terminal está condenado por hechos constitutivos de delitos de lesa humanidad, solo podrá acceder a esta sustitución si previamente suscribe una manifestación pública de arrepentimiento por los hechos que le atribuye la sentencia. (Se omite decir que “en justicia”, en Chile no hay condenados por crímenes de lessa humanidad, pues aquél fue establecido en nuestro país recién el año 2009), constituyendo esta exigencia un abuso a la libertad de conciencia de quienes se encuentren en dicha situación, especialmente para quienes sostienen la convicción de su inocencia.

Parecida situación ocurre con quienes, cumpliendo con los requisitos establecidos para cualquier interno, deseen solicitar beneficios carcelarios como permisos de salida, libertad vigilada y reducción de la penas, a quienes se les exige aportar antecedentes serios y efectivos de los que tengan conocimiento en causas criminales por delitos de la misma naturaleza, y además deben demostrar su arrepentimiento de diversos modos regulados en el proyecto de ley.

Las objeciones al proyecto en comento se han basado en que no solo resultaría contrario al derecho a la libertad de conciencia -pues una cosa es aceptar y cumplir una condena pronunciada por un tribunal y otra muy distinta es considerarse subjetivamente culpable-, sino además atenta contra los mismos fundamentos humanitarios de dicho proyecto de ley pareciendo cruel e inhumano que a una persona se le niegue una reducción de condena porque no está en condiciones de aportar antecedentes adicionales a los que ya arrojó la investigación, sea porque no los conoce o porque tales antecedentes simplemente no existen.

En la actualidad el Gobierno estudia incluir en el proyecto de ley para conmutar penas a los reos condenados que padecen enfermedades terminales o con demencia, que sean los jueces quienes determinen las modificaciones de condenas a otras de menor rigor como el arresto domiciliario. En la iniciativa que se encuentra aún en trabajo prelegislativo, se pretende incluir a todo tipo de reos, incluso quienes cumplen condenas por delitos de lesa humanidad, lo que ha desatado críticas de las agrupaciones de derechos humanos.

Es tiempo de aplicar Justicia… Justicia “justa” e igualitaria para todos los chilenos… Justicia, no venganza.

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