Penas privativas de libertad

Un grupo de senadores presentó un proyecto de ley para “que se le aplique a la persona que se encuentra con enfermedad terminal o con un grave deterioro físico o mental irreversible, una medida de seguridad distinta a la privación de libertad”. Lo que llama la atención de esta moción parlamentaria es que propone otra medida de privación de libertad, como lo es la reclusión domiciliaria.

No me parece razonable que a las personas que están en esas condiciones se les obligue a estar recluidas entre las cuatro paredes de su casa o departamento. A mi juicio debería concedérseles la libertad condicional. No veo razones de política criminal para que se les deje con un régimen de encierro. Una medida tal tampoco cumple con la finalidad esencial de las penas privativas de libertad, que es la de readaptar socialmente a los condenados.

Adolfo Paul Latorre, Abogado

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