Prófugo de la injusticia

Me parece una decisión absolutamente justa y razonable la del coronel Sergio Jara Arancibia —quien fue detenido el domingo 15 de julio en Argentina— de no presentarse a cumplir una condena en prisión por un supuesto delito del cual es completamente inocente.

El ministro en visita Jaime Arancibia Pinto lo condenó a 18 años de presidio por el solo hecho acreditado de ser el conductor de una camioneta en cuya parte posterior viajaban dos miembros de una patrulla militar y dos detenidos que resultaron muertos.

Dicho Ministro, a fin de condenar a Jara y al subteniente Lovera que iba con él en la cabina de la camioneta —ambos premunidos de armas cortas— argumentó en su sentencia: “Porque tanto el número de disparos como las numerosas heridas que presentaban las víctimas (…) es demostrativo que fueron varias las personas que habrían disparado a las víctimas, pudiendo inferirse de lo hasta aquí analizado, que corresponde a disparos efectuados por Bañados, Jara y Lovera, por lo menos”.

El ministro Arancibia no consideró que los disparos fueron hechos con un fusil SIG, un arma automática que puede disparar los veinte tiros de su cargador en una sola ráfaga; fusil que era portado por el soldado Bañados —quien habría efectuado los disparos— el que estaba fallecido al momento de iniciarse el proceso. Por otra parte, constan en autos numerosas declaraciones de testigos que dicen haber escuchado una ráfaga de tiros; un ruido característico de disparos hechos con un fusil ametralladora y no por disparos hechos con armas cortas por varias personas a la vez.

Lo absurdo de tal argumentación no fue considerado por los ministros de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y de la Corte Suprema que fallaron los recursos de apelación y de casación.

 

 

                                Adolfo Paúl Latorre

Abogado

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