El 27 agosto del 2019, un Ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, procesó y ofició la aprehensión de personal en retiro de la Armada. En su visto Primero, señaló que se reúnen autos con los “siguientes elementos de convicción”, indicando -entre otros- que “las personas detenidas por los organismos de seguridad se encontraban sin posibilidad de reconocer a sus agresores” y que “por otro lado, éstos agentes por pertenecer a un organismo de seguridad no reconocen a quienes ellos agredieron”. O sea, nadie reconoce a nadie, pero igual se les procesa. Finalmente y sin hallar prueba alguna, el Ministro determinó que “existen presunciones fundadas y suficientes de que a éstos les ha correspondido responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño y aplicación de tormentos”.
Este es un ejemplo más de muchos, que se suma a las innumerables condenas de exmilitares inocentes, aplicándoseles sólo a ellos un modelo judicial que en nuestro país fue modificado por injusto, donde además de negárseles el derecho a la presunción de inocencia, también se presume que son culpables hasta que demuestren su inocencia. Sumado a lo anterior, se les condena utilizando absurdos como las ficciones jurídicas, argumentando que “debió haber sabido” o que “aún mantiene a su víctima secuestrada”, entre otros.
Esta situación vergonzosa constituye una violación flagrante a los derechos humanos y se viene realizando en Chile -donde se supone existe un estado de derecho- hace más de 20 años. Siendo la libertad un derecho humano básico, cuesta entender tanta maldad.
Arturo Undurraga
Vicealmirante (R )
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