Uso proporcional de la fuerza

El Estado tiene la obligación de hacer uso de la violencia física legítima —de la cual tiene el monopolio— para reprimir la delincuencia, el vandalismo y los saqueos que atentan contra la propiedad pública y privada, que destruyen fuentes de abastecimiento y de trabajo, y que vulneran los derechos humanos de millones de personas.

Debe usarla, asimismo, para combatir la subversión, el terrorismo y la insurrección revolucionaria que ponen en gravísimo riesgo la estabilidad del Estado y el orden institucional de la República.

La aplicación de la violencia física no solo es legítima, cuando es aplicada por la autoridad legítima, sino que es justa cuando es adecuada para lograr mediante ella la restitución del orden exigido por el bien común.

El grado de fuerza que se utilice debe respetar el principio de proporcionalidad. Evidentemente, no puede ser el mismo contra personas que están pintando un muro que contra quienes están saqueando o incendiando un supermercado. La desproporción en el uso de la fuerza no solo puede predicarse respecto de la que es excesiva para cumplir con un determinado fin, sino que también respecto de la que es insuficiente para lograrlo.

La proporcionalidad no significa que las fuerzas de orden deban hacer uso de una fuerza equivalente a la aplicada por los trasgresores: ella debe ser superior.

El Estado tiene la obligación de reprimir la violencia ilegítima con todos los medios de que dispone, mediante el uso de armas letales si fuere preciso, puesto que en muchas ocasiones es la única forma de disuadir o de reprimir a los referidos antisociales; aunque con ello pierdan la vida algunos o incluso una cantidad importante de agresores.

Lamentablemente el gobierno —temeroso de ser acusado de violar los derechos humanos— no aplica la fuerza de la que dispone, dejándole el campo libre a saqueadores, subversivos y terroristas los que actúan con la más absoluta impunidad puesto que, impedidas de usar sus armas de fuego, las fuerzas de orden son incapaces para resistirlos.

 

Adolfo Paúl Latorre, Abogado

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