INVISIBILIZAR A LAS FF.AA. Y DE ORDEN



INVISIBILIZAR A LAS FF.AA. Y DE ORDEN

Por  Julio Leiva y John Griffiths:

En Ciencias Sociales se utiliza la palabra “invisibilización” para designar mecanismos culturales que conducen a omitir la presencia de un determinado grupo. Es una especie de discriminación negativa que lo excluye, denosta y, finalmente, permite que sufra una máxima merma de su valoración, hasta el extremo de perder capacidades y derechos. Muchos ejemplos se observan hoy, pero quizás el más llamativo sea la no inclusión en la propuesta de expertos constitucionales de un capítulo especial en la nueva Constitución sobre las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública.

Tal omisión no significa que esas instituciones no vayan a tener una regulación constitucional. Pues es insoslayable que se consagre su existencia y su subordinación al poder civil, como se estableció en el “Acuerdo por Chile” y en la reforma constitucional que lo consagró. Así también, deberán regularse otros aspectos esenciales de esas instituciones: de qué forma ese poder civil designa a sus comandantes en jefe y oficiales; su carácter obediente y no deliberante, como cuerpos armados detentadores exclusivos de la fuerza pública y de las armas; su carácter profesional, jerarquizado y disciplinado; su especialidad en cuanto al régimen de pensiones, previsión y justicia, acorde con la características propias de su carrera profesional; y, otros aspectos que se estime incluir.

Entonces, ¿por qué no regularlas en un capítulo específico?, como sí se propone con el Banco Central, la Contraloría General o el Servicio Electoral. ¿Acaso el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea, o Carabineros e Investigaciones son menos importantes para el orden constitucional de la República?

Lo que se pretende es “invisibilizarlos”, decirle a Chile que la Constitución no se ocupará de ellos, que no tendrán “capítulo”, que solo se repartirán sus normas regulatorias entre otras disposiciones constitucionales, a fin de morigerar la presencia cultural de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública en la sociedad, de ponerlas en su lugar -por cierto, secundario-, de castigarlas por sus errores, etc. Lo que rompe con una tradición constitucional de dos siglos

Tal criterio no se ajusta a un espíritu renovador de nuestra política, ni a un afán de construir un acuerdo constitucional que fortalezca nuestro Estado de derecho, que sea verdaderamente democrático; tal criterio “invisibiliza” a decenas de miles de jóvenes que día a día arriesgan su vida por los demás chilenos, patrullando fronteras, asegurando los mares, custodiando el cielo, luchando contra el crimen y la delincuencia desatada; invisibiliza a instituciones que gozan de un prestigio, donde todas las encuestas las encumbran sostenidamente; y, por último, debilita la institucionalidad constitucional chilena, omitiendo una regulación integral y armónica que permita a las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública cumplir sus respectivos roles en beneficio de la sociedad. Chile los necesita en el lugar que les corresponde.

Por Julio Leiva y John Griffiths, Athena Lab