COMUNICADO SEPTIEMBRE 2022 FUNDACIÓN VERDAD Y JUSTICIA

COMUNICADO SEPTIEMBRE 2022 FUNDACIÓN VERDAD Y JUSTICIA PPM

 

Algunos proyectos de ley que se han presentado en el congreso para solucionar la situación de los procesados y condenados de las FFAA y de Orden.

A.- AÑO 1995

1.- Boletín N° 1622-07 del 6 de Junio de 1995. Moción del Senador Sebastián Piñera, con Proyecto de Ley que concede amnistía general por delitos que señala, en el período comprendido entre 11 de Marzo de 1978 y 10 de Marzo 1990 y en el que además se manifiesta que establecido en el sumario que el delito investigado es de aquellos cuyos participes se encuentran amnistiados en virtud de esta ley o del Decreto Ley N° 2191 de 1978, el juez, de oficio, decretara el sobreseimiento definitivo.

En la presentación del proyectoel Senador Piñera expresa …”Hoy tenemos una oportunidad histórica para construir en forma sólida y permanente, un orden político, económico y social basados en esos acuerdos básicos, que junto con dar estabilidad dan valor y sentido al pluralismo ideológico”.

También expresa…”Han pasado ya cinco años desde que en forma ejemplar y con la contribución de todos, Chile restableció la democracia. Ha llegado la hora del perdón y el reencuentro verdadero”.

2.- Boletín N° 1632-07,Moción del Senador Francisco Javier Errazuriz que presenta Proyecto de Ley que fija interpretación del Decreto Ley N°2191 de 1978 sobre Amnistía.

En la presentación del proyecto el Senador Errazuriz expresa que…”A pesar de que el D.L. 2191 esta plenamente vigente, esta ley ha sido objeto de interpretaciones diversas por parte de la judicatura por eso se propone fijar legislativamente el sentido y alcance del decreto ley en comento, a fin de establecer que respecto las conductas señaladas en el Art. 1° se ha producido la extinción de la acción penal y no solo de la pena, lo que impide iniciar nuevas investigaciones a su respecto y obliga a sobreseer definitivamente y sin más trámites a las que se hallaren pendientes sobre tales hechos”.

3.- En sesión de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del 23 de Agosto de 1995, los Senadores Sebastián Piñera y Francisco Javier Errazuriz declararon que con el objeto de facilitar la búsqueda de puntos de acuerdo mediante las 2 iniciativas legales que se aprobaron en general en esa oportunidad, retiraban los proyectos de ley que habían presentado.

B.- AÑO 2005

1.- Un primer proyecto se presentó con mociones de los Senadores Arancibia, Boeninger, Larrain, Prokurica y Silva Cimma. Este proyecto consideraba que los Agentes del Estado cumplirán una pena única máxima de 10 años por la totalidad de los delitos presuntamente cometidos; además considero que los que alcancen la edad de 70 años o sufran una enfermedadgrave o incurable tendrán el beneficio de la remisión incondicional de la pena. Este proyecto consideraba solo los delitos cometidos entre el 11 de Marzo de 1978 hasta el 10 de Marzo de 1990, no consideraba los delitos cometidos entre 1973 y 1978 por considerar que ellos estaban cubiertos por el D.L. 2191 de amnistía.

2.- Un segundo proyecto ingreso al Senado el 2005 con moción de los Senadores Cantero, García, Horvath y Prokurica. Este proyecto consideraba que se cumplirían como máximo10 años de presidio por la totalidad de los delitos presuntamente cometidos, concediendo Indulto General por el saldo de las penas privativas de libertad. Este proyecto abarca el período completo desde el mismo 11 de Septiembre de 1973 hasta el 11 de Marzo de 1990 y no habla de los mayores de 70 años ni de los  enfermos graves o incurables.

3.- En Septiembre del año 2005 el Presidente del Senado, remite los dos proyectos mencionados a la Corte Suprema para recabar su parecer. Esta expresa que …”No habría observaciones que hacer en lo que se refiere a la obligación constitucional de esta Excelentísima Corte Suprema, no obstante, algunas precisiones que sería de desear, se salven si el proyecto unificado sigue su trámite regular”.

4.- En Noviembre del año 2005, laComisión de DDHH, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado por la unanimidad de sus miembros aprobó en general el texto refundido de estas dos leyes que consideraba los delitos cometidos por Agentes del Estado por el período del 11 de Septiembre de 1973 al 10 de Marzo de 1990. Consideraban que ellos cumplirían una pena única máxima de 10 años por la totalidad de los delitos presuntamente cometidos; consideraba además que los que alcanzaren la edad de 70 años o que sufrieren una enfermedad grave o incurable tendrían derecho al beneficio de la remisión condicional de la pena establecido en la Ley N° 18.216.

5.- Dos años después del Proyecto de Ley propuesto es tratado en sesión ordinaria del Senado en Octubre del año 2007, donde el Senador Arancibia manifestó…”Esta iniciativa tuvo su origen en el debate desarrollado en esta misma sala con motivo de la aprobación del proyecto que se convirtió en la Ley N°20.042 que permitió otorgar la libertad condicional a un grupo de detenidos que cumplían condena por delitos descritos y penados en la Ley N° 18.314 (determina las conductas terroristas) cometidos en el período de normalidad constitucional y democrática”.

En dicho debate varios senadores manifestaron…”Su voluntad de ayudar a crear un clima de paz social y de cerrar las heridas del pasado para lo cual se requería mantener el principio de igualdad ante la ley frente a situaciones que, no siendo similares debieran ser analizadas con el mismo criterio “.

6.- En una nueva sesión del Senado realizada el 7 de Noviembre del 2007 es votada la iniciativa, en la que se rechaza la idea de legislar con 17 votos en contra 15 a favor y 1 abstención.

C.- AÑO 2013

1.- Boletín 8963-07 del 4 de Junio del 2013moción de los Diputados Jorge Ulloa y Mario Bertolino que presenta Proyecto de Ley en el que se dispone la remisión de la pena a todos los presuntosautores, cómplices o encubridores de los delitos que se detallan en el Art. 1, cometidos entre 11 de Setiembre de 1973 y el 10 de Marzo de 1990 y que se encontraren cumpliendo una pena impuesta por sentencia definitiva, no superior a presidio mayor en su grado medio o no superior a 15 años.

Además, se estipula que todas las personas procesadas como presuntos autores, cómplices o encubridores en cualquiera de los delitos detallados en el Art. 4 del Proyecto y cometidos entre el 11 de Septiembre de 1973 y el 11 de Marzo de 1990, gozarán de pleno derecho de libertad provisional durante todo el proceso penal.

2.- El 12 de Julio del 2013 la Sala de la Cámara de Diputados aprueba el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia que declara inconstitucional el Proyecto de Ley. Esta comisión lo declaró inconstitucional por 6 votos contra 4; votaron a favor los Diputados Burgos, Ceroni, Diaz, Harboe, Rincon y Saffirio y en contra los Diputados Turres, Cardemil, Monckeberg  y Squella.

 

ALGUNAS REFLEXIONES

1.- Desde el restablecimiento de la democracia, muchos Proyectos de Ley se han presentado en el Congreso, con el objeto “Lograr la Paz y la Reconciliación y cerrar las heridas del pasado”, luego de los enfrentamientos producidos durante el Gobierno Militar y en los primeros años de los Gobiernos siguientes. Solo los Proyectos que beneficiaban a un sector de la sociedad se han convertido en leyes, no existiendo ni procesados ni condenados por los hechos que protagonizaron.

2.- El Estado de Chile sigue estando en deuda con el sector que representa a los ex integrantes de la FFAA y de Orden y la Familia Militar. No se ha cumplido con la igualdad ante la ley que expresa el Art. N°19, numeral 2 de nuestra Carta Magna.

3.- Son más de cinco los proyectos que se han presentado en el congreso para reparar esa omisión, en los 49 años post Gobierno Militar. Los esfuerzos y buenas intenciones de algunos políticos se han estrellado contra los que predican el “Ni perdón Ni olvido”. Los congresales que han presentado los proyectos que favorecen a los ex uniformados no han tenido la tenacidad de aquellos que lograron que sus proyectos fueran leyes para otorgar grandes beneficios para los que se opusieron por las armas en contra del Gobierno Militar.

4.- En el año 1995 el entonces Senador Sebastián Piñera decía (hace 27 años atrás) en su Proyecto de Ley que…”Había llegado la hora del Perdón y del Reencuentro Verdadero”, y que …”Se tenía la oportunidad Histórica de construir en forma sólida y permanente, un orden político, económico y social basado en acuerdos básicos”.

Esta frase y muchas otras similares han sido dichas en el Congreso al discutir los proyectos presentados, en especial cuando se aprobaron los Proyectos que se transformaron en Ley para beneficiar subversivos y terroristas. Muchos congresales dijeron que concurría en la aprobación de esas leyes…”Con la voluntad de ayudar a crear un clima de Paz Social y Cerrar las Heridas del pasado, para lo cual se requería mantener el principio de igualdad ante la ley frente a situaciones, que, no siendo similares, debieran ser analizadas con el mismo criterio.

Hoy a 49 años del Pronunciamiento Militar y después 32 años de Gobiernos Democráticos, esas frases resuenan en los oídos de la Familia Militar y obviamente aparecen hasta el momento como promesas demagógicas, donde ha faltado una real voluntad política para su cumplimiento.

El hoy  Presidente de la República Gabriel Boric Font, tiene la oportunidad y el poder, mas claro que cuando fue Diputado, para con visión de estadista, solucionar real y definitivamente esta injusta y parcial situación que viven los ex integrantes de las FFAA y de Orden y la Familia Militar. Empresa a la que no deben restarse políticos y ciudadanos de todas las tendencias, para el real logro de la Paz Social y una efectiva reconciliación y reencuentro definitivo de la Civilidad con sus Uniformados.

 

 

MARÍA LORETO ITURRIAGA BAEZA

PRESIDENTE DE FUNDACIÓN VERDAD Y JUSTICIA PPM

 

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