Corte de Apelaciones de Santiago, resolverá tribunal competente en querella presentada por Oficial de la Armada (R) por delito presentación de informes policiales falsos por personal de la Brigada de DDHH de la PDI, aportadas en causa de presunto secuestro de ciudadano Dominicano

Por Poder Informativo

Javier Gómez, Abogado querellante en contra de personal de la PDI, por presentación de informes falsos en causas de DD.HH.

Ministro Jaime Arancibia, ve aumentado el nivel de cuestionamiento por parte de la defensa de Patricio Villalobos Lobos. “El juez no es imparcial, es una comisión especial, reconoce que no respeta el Control de Convencionalidad que surge de los Tratados Internacionales de DD.HH., me privó tres años de acceder al proceso arbitrariamente, en virtud de una acusación calumniosa de la abogado querellante de la Sub Secretaría del Interior, nos niega la gran mayoría de los medios de prueba para nuestra defensa y me aplica una sanción de consignación previa de 480.000 pesos, para promover un nuevo incidente, sin que hayamos perdido en 10 años  de investigación dos incidentes. Francamente inaudito”.

 

Todo ello después de que el Juzgado de Garantía de Valparaíso rechazará la competencia de la querella presentada en contra del Inspector de la Brigada de Derechos Humanos de la PDI, Boris Gormaz, enviada desde Santiago, debido  que a su vez también el 8º Juzgado de Garantía de Santiago, hiciera lo propio. Ahora trabada la contienda de competencia, decidirá la Corte de Apelaciones de Santiago, que tribunal se abocará a dicha causa. De ello nos hablará en extenso el abogado querellante por el delito de presentación de informes policiales falsos Javier Gómez. (En twitter: @javiergomezlex2)

Para entender el contexto de esta batalla legal que se libra silenciosamente, el antecedente se encuentra en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, donde el Capitán de Navío en retiro Patricio Villalobos Lobos, es uno de los acusados de cometer un delito de secuestro con resultado de muerte de un ciudadano dominicano, Juan Andrés Blanco Castillo, en la causa 53.046-2009, causa llevada por el Ministro en Visita Jaime Arancibia Pinto. La defensa de Villalobos, el abogado Javier Gómez,  ha cuestionado la tramitación dada por el Ministro Jaime Arancibia Pinto, “…no sólo por la presentación de informes policiales falsos, que dio origen a la querella criminal en la que se ha generado una contienda de competencia, es decir, se dirimirá por la Corte de Apelaciones de Santiago, que tribunal de Garantía, conocerá de dicha querella, si Valparaíso o Santiago; sino que también se cuestiona por la aplicación del procedimiento inquisitivo, que vulnera muchas garantías fundamentales o derechos humanos al acusado, sino por la utilización de la perversa figura del secuestro“, que señala el profesional, es perversa, pues “todos los intervinientes, algunos de ellos, agentes del Estado, saben que es no es real, efectivo, ni cierto que Blanco Castillo esté secuestrado, lo sabe la querellante particular; también lo sabe la Sub Secretaría del Interior, que es querellante; conocen la falsedad los miembros de la policía de investigaciones, y, lo más grave, lo sabe el Ministro que substancia la causa, y en base a esa alteración de la realidad masiva, quieren condenar a mi cliente que es inocente, y privarlo de libertad 5, 10 o más años, a sus 84 años de edad. Si el delito existiera realmente y mi cliente fuese culpable, no sería necesario incurrir en suposiciones o ficciones de ningún tipo para demostrar la culpabilidad de mi cliente y los otros procesados; ni sería necesario aplicar un procedimiento penal que en Chile está derogado, y cuya aplicación es esencialmente discriminatoria, y cuya finalidad es  dejar a los procesados indefensos. Eso no es propio de un Estado Democrático de Derecho. Y que lo sepa la gente, y que los sepan en el extranjero. En estos juicios se obtienen condenas, gracias a la violación de derechos humanos, lo afirmo categóricamente. Por eso hemos insistido en nuestra presentaciones al Ministro, que si él estima y acusa a mi representado de estar cometiendo un secuestro durante 45 años, es porque lo tiene acreditado judicialmente,  por tanto, hay una persona secuestrada, es decir, una persona que está encerrada contra derecho; entonces, como primera cosa, le digo al Ministro, dé inmediatamente la orden a la Policía de liberarlo, o dígame donde está, pues el Ministro está obligado, a cuidar la integridad de la presunta víctima secuestrada por mandato legal, y de hecho si no lo libera, comete delito de prevaricación, es una de sus hipótesis, lo que es una situación grave. Se lo he pedido a través de dos recursos de amparos, y en la contestación, pero simplemente nada dice. El Ministro no lo libera, porque no tiene a quien liberar, pues no hay secuestrado. Ni siquiera ha dicho donde estaría encerrado. Tampoco ha hecho una diligencia en los diez años de investigación, para encontrar el lugar de encierro, o las partes querellantes han hecho lo propio, jamás en diez años, han pedido una diligencia en ese sentido. Y ello, porque saben que el secuestro es mentira. Lo llaman eufemísticamente “ficción jurídica”.  ¿Como no va a ser grave todo esto?. Pues si condena de dicha forma a un inocente, sin acreditar el delito, también se cometería eventualmente un delito de prevaricación, lo que reitero, es extremadamente grave. Esta figura del secuestro, atenta incluso contra el sentido común, pues lo que dice, es que los secuestrados están vivos, de lo contrario, no habría encierro;  que los miembros de la Armada en retiro, mantienen los gastos de arriendo de lugares para el encierro, pago de ropa, salud y alimentación, mas gastos de celadores y guardias con sus propias jubilaciones; y que una vez retirados de la Armada, se han  dedicado a mantener este “secuestro”, y no a su vida familiar, laboral o social. La realidad, muestra todo lo contrario, vulnerándose el llamado “Principio de la Realidad”. Y pese a las múltiples condenas por secuestros, nunca ha aparecido un secuestrado.

¿Pero no será que todas estas figuras irreales se aplican para hacer justicia?

Justicia es dar a cada uno lo suyo, y siempre dirigida al bien común. Si el procesado no es culpable, y se le condena, no hay justicia. Si al presunto culpable, se le desconocen derechos procesales de defensa para condenarlo, no hay justicia. Si al presunto culpable, se le desconocen causales de extinción de responsabilidad criminal, no hay justicia. Sólo estamos ante casos espurios de administración de justicia, donde se quiere condenar a toda costa, sin importar lo que señalé el mérito del proceso, ni la ley ni los tratados de derechos humanos. Eso no es justicia. Justicia, no es concebir a priori, que debe ser condenado, y para ello se violan derechos humanos, o se miente para lograr condenas. Es inaceptable desde el punto de vista del derecho y de la justicia mas esencial y básica ese concepto de justicia tergiversado y torcido. Y estoy de acuerdo, el funcionario de las fuerzas armadas, que cometió un delito, debe ser sancionado con todo el rigor de la ley, pero eso debe demostrarse en un proceso legalmente tramitado, lo que no sucede en estos casos. El Poder Judicial, debe aplicar la ley, de manera recta, como medio, para lograr el fin de la justicia, y no de manera torcida. Esto lo dice, nuestra Constitución Política en su artículo 76, lo que excluye que se pueda condenar en base a “ficción jurídica”, o que se suponía el secuestro, como reconociera con desparpajo el ex Ministro Alejandro Solís, (ver video) o con la comisión de delitos como los informes falsos policiales o prevaricación.

 

¿Por eso presentó usted querella contra el personal de la Brigada de Derechos Humanos, por sus informes que sostienen que hay secuestro y son esos informes relevantes?

Claro que sí son relevantes. El rol de la PDI, en estas causas es mas complejo y de extremada relevancia, y me extraña que antes no se haya reparado en ello. En primer lugar, son ellos, los que aportan aproximadamente el 60% o 70% de la documentación o información que obra en el proceso, es decir, son la fuente básica con la que el Ministro, luego dictará la sentencia. Segundo los informes de la Brigada de Derechos Humanos de la PDI, entregan información abiertamente parcializada, lo que puede constituir eventualmente delito de falsedad documental,  pues ellos especulan sobre situaciones, que no fueron testigos o no tienen prueba, y las incluyen como parte de sus informes como si fueran hechos probados y reales, y que le sirven posteriormente al ministro instructor, para procesar, acusar y condenar a los inculpados. En tercer lugar, toman al menos unas setecientas declaraciones extrajudiciales, en secreto, y excluyendo el derecho de tener abogado presente al inculpado, y no se sabe si se presiona, se intimida, o se llegan a acuerdos de colaboración al margen de la ley. Por lo anterior, esas declaraciones son todas nulas, y lo mas grave, es que mas tarde ese procedimiento ilegal, se repite ante el Ministro, en la intimidad y secreto de su despacho, excluyendo la participación de los  abogados defensores nuevamente, so pretexto de encontrarse sometido al procedimiento inquisitivo. Y los tratados de derechos humanos y el derecho a defensa letrada y el juicio penal público que garantizan dichos tratados, son simplemente vulnerados por el propio Ministro instructor, y que será, el mismo que dictará la sentencia,  y no podemos dejar de recordar que en teoría,  su rol es garantizar tales derechos. En cuarto lugar, y esto es de la mayor gravedad, la PDI es un ente dependiente de la Sub Secretaría del Interior, quien es parte querellante, a través del programa continuación ley 19.123. Esto quiere decir, que el financiamiento, los ascensos, y todo lo relacionado con beneficios que pueda recibir la Policía, y en particular la Brigada de DDHH o el funcionario policial, depende de una de las partes querellantes, de quien es subordinado. Esto se solucionó hace un año y medio o dos años, pasando la dependencia del programa de continuación ley 19.123 a la Sub Secretaria de Derechos Humanos. Así se han tramitado, estas causas y obtenido las condenas en causas de DDHH, y en esta causa en particular, como en muchísimas otras, se han realizado investigaciones por la Brigada de DD.HH. de la PDI en carácter de dependiente de una de las partes querellantes, durante ocho de diez años, que ha durado la investigación. Por ello, no sólo creo que los interrogatorios y testimonios hecho por la Brigada de la PDI son nulos, sino que además los peritajes  aportados por la entidad policial, pues el ente policial, carece de toda imparcialidad. Además, es la intervención manifiesta y descarada de un Poder del Estado en las actividades de otro, el Ejecutivo entrometiéndose en las funciones del Judicial, vulnerándose la separación de los Poderes del Estado y la independencia del poder Judicial en sus funciones.  Y en quinto y último lugar, en esta causa se olvida que el presunto secuestrado, al momento de desaparecer, estaba bajo cuidado de personal de la PDI, desapareció en el Cuartel de la PDI, fue torturado en el Cuartel antes referido, y en presencia de personal de la PDI, y se falsificaron los libros de ingreso y egreso de detenidos por personal de la PDI, y quien encuentra el cuerpo, es también personal de la PDI, por lo que nos parece muy poco prudente, y sin duda, una causal de inhabilidad por falta de imparcialidad, de que haya investigado la PDI, durante ocho años, estos hechos en los que podrían estar implicados penalmente personal que fueron de sus dependencias. Y a mí en particular, es la impresión que me da, pues hay funcionarios que reconocen haber participado en los apremios ilegítimos de la PDI, y no están procesados. Sería bueno saber, por qué el Ministro no los procesó, pese a que reconocen en sus declaraciones sus delitos.

Así informa la página web de la PDI, la existencia actual de acuerdos estratégicos de la Brigada de Derechos Humanos, con una de las partes querellantes, el Programa Continuación ley 19.123, dependiente de la Sub Secretaría del Interior, y que es querellante en todos los juicios de DD.HH. ¿Será imparcial entonces la PDI al momento de evacuar sus Informes?

¿Es decir, después de esos antecedentes graves que acaba de señalar, quiere decir, que podría ser condenado por delito de falsificación de informes policiales el funcionario de la Brigada de DD.HH. querellado por usted, y en virtud de esos mismos informes que usted tacha de falsos, ser condenado por un delito de secuestro que no existe persona secuestrada hasta el momento su cliente el Sr. Villalobos? 

Así es, es terrorífico, creo que de una buena vez la Corte Suprema debe solucionar esta situación, pues llevamos 20 años, en que en las causas de derechos humanos, se resuelven con criterios extra jurídicos. Esta es una justicia propia de los acuerdos de la “transición” de los años 90. Hay factores políticos o pseudo morales, vestidos con ropajes jurídicos, es decir, la sentencia y resolución del caso está tomada del día uno, por más que  no se demuestre de modo alguno la participación del acusado, ni la existencia del delito y lo mas grave, es que haya un acuerdo para condenar en base a circunstancias irreales, inexistentes, falsas, como la existencia de los secuestros. La única forma de poder realizar aquello, es si están comprometidos los actores relevantes del proceso, la policía y especialmente, algunos miembros del Poder Judicial. Y para ello cuentan con un procedimiento derogado para el 98% de los chilenos, que les franquea realizar cuanto abuso procesal le permite un proceso inquisitivo que viola los derechos humanos y deja sin defensa a los procesados. Esta es la “justicia” que le acomoda a los políticos-abogados del Partido Comunista, Hertz, Gutiérrez y compañía, pues además tienen interés económico y político, en que ello se mantenga así. Y el Instituto de Derechos Humanos, guarda silencio de estas violaciones de Derechos Humanos, como guardó silencio frente a la violación de derechos humanos de niños en caso del SENAME. Y los diputados, por orden de partido, renuncian a ejercer las Acusaciones Constitucionales, en contra los miembros de los Tribunales Superiores, que administran torcida administración de justicia. Son los únicos que pueden poner orden, pero su pasividad, da cuenta que se están cumpliendo los pactos secretos post dictadura.

¿De ser así también podría tener responsabilidad los jueces o miembros del Poder Judicial, como la tiene a su parecer el funcionario de la Policía de la PDI?

Como primera cosa, para que la gente entienda, y hablando en abstracto, nuestra Constitución Política y nuestro Código Penal, establecen figuras de “torcida administración de justicia” y el Código Penal, habla de Prevaricación. Por tanto, insisto en abstracto, los miembros del Poder Judicial, podrían cometer estos graves delitos. Cualquiera que lea la Constitución o el Código Penal, lo puede comprobar. Pero se produce una paradoja, como consecuencia de la pasividad y permisividad, de los diputados en el ejercicio de Acciones Constitucionales en contra de jueces, hoy resulta que tendrían que condenarse ellos mismos, los jueces, independiente de que investigue un ente en teoría autónomo, como es el Ministerio Público. Y un segundo elemento que se debe ponderar respecto de su pregunta, es que es mucho más grave mentir en un fallo judicial, que mentir en un informe policial, pues este último se puede desvirtuar, pero la mentira o la “ficción judicial” como la llaman, contenida en un fallo, torciendo los hechos, que es la base de todo delito, puede generar una convicción herrada en el sentenciador o por el sentenciador, para condenar a un inocente, o para condenar a un culpable, cuya responsabilidad criminal se extinguió, sea por amnistía o por prescripción, lo que implica que debería ser de acuerdo a la ley y a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, ser absuelto y tratado como inocente. Es decir, en la práctica nuestro Poder Judicial, está por sobre la ley, no está sometido al principio de legalidad, pues no hay nadie que hoy quiera exigirle su responsabilidad, y menos aun su responsabilidad criminal. Hoy es una quimera pensar en que el Poder Judicial, sancionará a un juez o Ministro por prevaricación. En tal sentido, y demuestra mi aseveración anterior, este es un Estado de Derecho,  típico de la transición, y no de una democracia plena. La mayor diferencia y contraste, la podemos encontrar por ejemplo, con España, y el caso del Juez Baltazar Garzón, que pese a lo conocido y reconocido por sus luchas a favor de los derechos humanos, desde el momento que él violó los derechos humanos de sus juzgados, fue condenado por prevaricación y expulsado del Poder Judicial, por el conocido Caso Gurtel. Lo que prueba que España es una democracia plena y un Estado de Derecho en forma, a diferencia de Chile. (Ver video)

  ¿Pero usted señalaba precedentemente que el juez instructor vulneraba los derechos fundamentales, y por eso mismo fue condenado y destituido Baltazar Garzón, configurándose así la prevaricación?

Efectivamente es un caso análogo, pero ya le dije, estamos en países distintos, y con democracias distintas.

¿Si usted tuviese razón no cree que ya se habrían presentado acusaciones constitucionales en contra de los Ministros del Poder Judicial de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema y de los Ministros de la Corte de Apelaciones, que fallan según usted vulnerando los derechos humanos de los procesados y en base a hechos inexistentes, ficciones jurídicas o informes policiales falsos?

Ufff buena y compleja pregunta. Pero fíjese el hecho de que no se presenten acusaciones constitucionales ante esta flagrante vulneración del debido proceso en estos juicios, confirma que estas omisiones son parte del cumplimiento de los acuerdos, y que están amarrados desde la transición. Quizás qué acuerdos se tomaron y en qué “cocina”, utilizando la expresión figurativa del ex Senador Andrés Zaldívar. Pero no deja de ser relevante, que no se haya avanzado en la investigación de la adquisición de las empresas públicas que fueron adquiridas en el Gobierno Militar, por los propios colaboradores del régimen y en algunos casos por los propios liquidadores, como sucedió en el caso de Soquimich, o Endesa, entre tantas otras, y que dieron lugar a nuevos y poderosos grupos económicos, que como ya sabemos financiaban ilegalmente a todo el espectro político de partidos, desde el PRO, pasando por el PS, al PPD, a la DC, y obviamente, a los Partidos de la Derecha PRI, RN y UDI.

Pero la derecha, nunca ha defendido, al Estado de Derecho, en materia de juicios de derechos humanos, por temor a la réplica que defienden violadores de derechos humanos, no quieren pagar costos políticos, es una tranca y cobardía moral lo que ha primado, y no el respeto a los derechos fundamentales de las personas, o la defensa a las instituciones. La forma correcta de levantar la voz ante abusos, es a través de Acusaciones Constitucionales, macizas y consistentes, para denunciar casos de torcida administración de justicia; y no  defensas con empujones de matón de barrio, para las cámaras de la televisión y prensa como lo hiciera de manera bochornosa e injusta Moreira, con el ex diputado Schaulsohn.  Pero, esto no debería tratarse de derechas o de izquierdas, estos juicios políticos a los Ministros del Poder Judicial, deberían analizarse en un contexto jurídico, si hubo o no notable abandono de deberes, más allá si quien lo analiza es un diputado de izquierda o derecha, el eventual abandono de deberes daña a ciudadanos, daña a instituciones, daña el estado de derecho y deslegítima incluso, las sentencias que se dicten condenas en causas de derechos humanos, desde que se obtienen con grave vulneración de derechos fundamentales, o en base a “ficciones judiciales”. Tienen los miembros del Poder Judicial el deber de respetar los derechos sí, y en estos casos no lo hacen, desde que aplican un procedimiento que vulnera los Derechos Humanos, contraviniendo Tratados Internacionales, los ciudadanos deben poder defenderse de ese atropello. Los jueces tiene el deber de aplicar rectamente la ley, sin duda, y está ficción jurídica o mentira del secuestro, obvio, mientras no se acredite y aparezca el secuestrado, es una forma de torcerla y retorcerla, para lograr condenas. Ahí ya hay dos hechos que de por sí, configuran la causal de notable abandono de deberes. Siendo idealista, me gustaría ver no sólo Congresistas de Derecha promoviendo una acusación constitucional, sino que también de izquierda, pues sería el primer paso para dejar atrás estos acuerdos de la post dictadura o de la transición, y además evitar críticas al Poder Judicial, pues su rol es vital para el Estado de Derecho y la democracia, pues los miembros del Poder Judicial son los encargados de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, especialmente los que son juzgados. No podemos tener un Poder Judicial vilipendiado en dictadura, y también vilipendiado en democracia, y este último tiempo, ya han surgido en los medios de opinión duras criticas al rol del Poder Judicial, y no queremos ver más videos como los últimamente aparecidos. (Ver video)

 

 

¿Todo esto no le generará antipatías del Poder Judicial, afectándole en su rol de abogado en otros juicios?

(se ríe) “Quiero y respeto al Poder Judicial. Muchos jueces y Ministros, fueron maestros en Universidades. Algunos Ministros ya en retiro o fallecidos, visitaban mi casa paterna cuando yo era un niño, y no me cabe duda que son gente proba, justa y sacrificados, pero muy especialmente lúcidos, pues no llegan a Ministros, gente incompetente, muy por el contrario. Pero, es lo que debe suceder con las Instituciones, y lo vemos hoy en el Ejército y en Carabineros, quien procede mal debe salir de las instituciones, y es la forma justamente de cuidarlas, no se entiende que si un Carabinero, Juez o Militar cometan delito en el ejercicio de sus funciones, pues todos ellos, son garantes de la institucionalidad, y deba ser mantenido en sus filas, pues ello implica un daño a la institución y a los ciudadanos a los que se les administra justicia. Lo mismo sucede con nosotros los abogados, los que eventualmente cometen delito, también deben ser sancionados para cuidar la institución. Y además, mi rol como abogado, es defender en sus derechos a mis representados, no solamente de la contraparte, sino de cualquiera que cometa infracción de ley, siendo un deber no solo moral, sino que profesional hacerlo. Más aun, cuando defiendo a personas, que se entregaron a una institución que tanto quiero como la Armada de Chile, que nos legara heroísmo mundialmente reconocido por los hechos gloriosos de un colega, como el abogado Arturo Prat, y su consigna vencer o morir, hasta dar la vida si fuese necesario. Los miembros de la Armada, que se alejaron de ese heroísmo, y violaron derechos humanos, deben ser sancionados, y apoyo plenamente a los Ministros en sus decisiones, que además, son soberanas, pero que no pueden ni deben ser arbitrarias.  Los jueces y Ministros lo comprenden perfectamente, y por ende, sería absurdo pensar en que mis defensas profesionales me generarán animadversión en ellos, pues son personas profesionales, por más que nos enfrentemos argumentativamente. Eso queda para la gente que no entiende, que a través de la defensa de personas se defiendes instituciones y que todos los actores, tenemos roles que cumplir y con un límite que lo marca la ley y muy especialmente la ética, y el que traspasa ese límite debe aceptar las consecuencias de sus actos. Todo lo dicho en esta entrevista está contenido en la Constitución, en los Códigos, en Tratados Internacionales y en Sentencias de Tribunales Internacionales de Derechos Humanos”.

 

¿Finalmente, volviendo a la contienda de competencia, donde cree que se terminará radicando la causa presentada por usted en contra del funcionario policial de la PDI?

“Creo que debería radicarse en Santiago, pues allí está el principio de ejecución del delito, es decir, donde se realizan, redactan y crean los informes falsos, pero francamente, lo que necesitamos es que investigue un fiscal proactivo y con iniciativa, y con la independencia e imparcialidad de necesaria, que permita acreditar el delito, y no busque archivar los antecedentes o una salida alternativa, pues está en juego la libertad de una persona, y se sancione por el grave delito de evacuar informes policiales falsos, pues lo que han buscado es condenar a un inocente, que es el mayor fracaso que puede tener el Poder Judicial, y la justicia penal.”

 

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