Corte de Santiago revoca procesamiento de ex general director Bruno Villalobos como cómplice de tormentos

El tribunal de alzada capitalino indicó que hasta el momento no hay antecedentes que sostengan que el retirado uniformado estuvo al tanto de los apremios que llevaron a la muerte al estudiante Patricio Manzano en 1985.

Por Tamara Cerna,

Un duro revés judicial sufrió el ministro en visita Mario Carroza, luego que la Corte de Apelaciones de Santiago revocara el procesamiento que dictó hace casi tres meses en contra del ex general director de Carabineros, Bruno Villalobos.

El pasado 18 de diciembre, el magistrado encausó al ex uniformado en calidad de cómplice del delito de aplicación de tormentos con resultado de muerte del estudiante Patricio Manzano González en 1985.

El joven, de entonces 21 años, falleció producto de un paro cardiorrespiratorio que sufrió cuando junto a otros 172 universitarios detenidos por Carabineros en febrero de 1985 realizaban trabajos comunitarios.

Según señaló Carroza, el grupo fue sometido a distintos tipos de apremios, consistentes en ejercicios bajo el sol; golpes con puños, pies y distintos elementos (como bates de béisbol). Por su parte, Manzano no habría resistido la situación y, al manifestar complicaciones de salud, ninguno de los policías presentes accedió a trasladarlo a un recinto asistencial, ni llamar a un médico.

Villalobos, en tanto, era un teniente de 25 años y formaba parte del escuadrón a cargo del traslado de los aprehendidos en San Felipe, Patagual y Los Andes. El ex uniformado declaró en calidad de testigo e imputado, defendiendo en ambas oportunidades su inocencia y aseguró no haber participado en las aprehensiones, ni haber estado a cargo de su custodia.

Así también, señaló que no presenció los apremios o castigos y que no conocía el lugar donde estos estaban, salvo por fotografías.

La decisión del tribunal A casi tres meses del procesamiento, la Quinta Sala del tribunal de alzada revisó el caso y revertió la decisión de Carroza. Sus integrantes, indicaron que “existe una multiplicidad de declaraciones que corroboran en lo sustancial los dichos del señor Villalobos, siendo consistentes tanto en la descripción del sitio del suceso como en el hecho que no participaron en la detención de los estudiantes ni estaban a cargo de la custodia del ellos”.

Y recalcaron en la resolución que los antecedentes del proceso “permiten presumir fundadamente” que el ex mandamás de la policía solo participó en lo que este mismo indicó y que no hay “mérito suficiente para formar siquiera una presunción que permita sostener que haya dado las órdenes de detención”. Y en cuanto a la calidad de cómplice, se aseguró: “No se ha atribuido participación materializada en alguna actuación concreta al inculpado, por cuanto la resolución impugnada no expresa en qué consiste la cooperación del mismo a la ejecución del delito por actos anteriores o simultáneos. Tanto es así, que de la sola lectura de éstos fluye que el Villalobos Krumm es omitido completamente de la relación sucinta expuesta en el auto de procesamiento”.

Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/Nacional/2019/03/06/940225/Por-aplicacion-de-tormentos-a-estudiante-Corte-de-Santiago-revoca-procesamiento-de-ex-general-director-Bruno-Villalobos.html

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