DESAFUERO A DIPUTADO URRUTIA SIENTA UN GRAVE Y PELIGROSO PRECEDENTE JUDICIAL QUE AFECTA LA FUNCION PARLAMENTARIA Y ALTERA EL ORDEN INSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por  “Justicia Igualitaria”:

El reciente fallo del pleno de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en virtud del cual, se acoge el desafuero del Diputado Ignacio Urrutia (UDI) sienta un grave y peligroso precedente judicial que afecta la independencia y la autonomía de la función parlamentaria durante el debate legislativo que se da al interior de la Cámara de Diputados.

Ocho jueces de la Corte de Apelaciones de Valparaíso han limitado la inmunidad parlamentaria que tienen los diputados en el ejercicio de su función parlamentaria y con ello han restringido una garantía constitucional fundamental y primaria en todo estado democrático como lo es la libertad de expresión y la de emitir una opinión política durante el debate legislativo.

Los jueces que desaforaron al Diputado Urrutia han realizado una interpretación equívoca e intencionada del constituyente, tratando de intervenir abiertamente en la función parlamentaria y en el debate democrático al interior de la Cámara de Diputados.

Este fallo al intentar definir lo que puede expresar o no un parlamentario durante el debate legislativo, vulnera y violenta la voluntad y el mandato democrático que tiene el legislador de sus electores y en consecuencia, se está restringiendo y limitando la libertad de expresión de la ciudadanía que se ejerce a través de su representante.

Es jurídicamente inadmisible que en un estado de derecho los jueces puedan restringir la voluntad libre y soberana de la ciudadanía que se expresa en la Cámara de Diputados por intermedio de sus representantes.

Sin duda, que las expresiones del Diputado Urrutia representan a esos miles de chilenos que votaron por él y que no tienen el derecho a expresar sus opiniones ante una instancia legislativa, sin embargo si pueden ejercer ese derecho a través de su representante.-

Es especialmente grave que se permita a los jueces inmiscuirse en las funciones de otros poderes del estado o restringir o limitar el ejercicio de sus funciones.

Que pretende este pronunciamiento jurisdiccional, imponer una dictadura judicial a la cual se sometan los otros poderes del estado y en la que los jueces, en sus fallos, señalen que debe o no debe expresar un parlamentario durante el debate legislativo, a que grupos o personas se les puede enjuiciar y a cuáles no.

Asimismo, este fallo vulnera la garantía constitucional de la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 n° 2 de nuestra Carta Fundamental, considerando especialmente que otros parlamentarios, durante el debate legislativo, también han incurrido en supuestas expresiones injuriosas en contra de grupos de personas que pertenecen o pertenecieron a instituciones de estado, sin embargo siempre se les ha respetado su inalienable libertad de expresión en el hemiciclo.  Basta con escuchar las expresiones oprobiosas y lacerantes de la Diputada Carmen Hertz, durante la interpelación al Ministro Larraín, en contra de aquellos civiles y uniformados que adhirieron o participaron del gobierno militar.

Al parecer, en Chile si hay algunos parlamentarios que gozan de absoluta inmunidad por sus expresiones en el hemiciclo pero otros, como el Diputado Urrutia que pertenece a ese grupo de personas que condena la Diputada Hertz no tienen el derecho a gozar de ese privilegio y son llevados a la justicia penal para ser juzgados por lo que dicen y lo que piensan.-

Esperamos que la Excma. Corte Suprema pueda corregir este grave y peligroso precedente judicial que pretende instalar un grupo de jueces de la Corte de Apelaciones de Valparaíso en desmedro de la legítima libertad de expresión que tienen los diputados en el ejercicio de la función parlamentaria durante el debate legislativo.

Hacemos un llamado al Presidente de la República que evalué, de conformidad al mérito de los antecedentes que obran en esta causa de desafuero parlamentario, ejercer las facultades constitucionales que le concede el numer

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