¿Igualdad ante la ley? (basado en una historia real)

Por Roberto Hernández Maturana

El hombre de unos 60 años o más, un militar retirado, está sentado en una silla frente a un escritorio detrás del cual se encuentra una mujer joven que lo mira con actitud hosca. Al lado del hombre, sentado en otra silla, otro individuo mira hacia el techo con actitud indiferente.

La mujer se dirige autoritariamente a sus interlocutores, diciéndoles, que como actuaria del XXX juzgado del crimen, y en la investigación que lleva el Ministro en Visita XXX, que investiga los  hechos que llevaron a la muerte de tres personas el día XXX del mes XXX de 1973, les ha llamado a comparecer en una diligencia de “careo” (es decir confrontar a dos personas que relatan versiones contrapuestas de un hecho – algo que no existe en el sistema procesal penal vigente en Chile, pero si en el antiguo bajo el que se juzga a ex uniformados).

A continuación, se dirige al hombre sentado junto al ex uniformado y le solicita que relate las circunstancias y hechos que presenció el día XXX del mes XXX de 1973. El hombre relata hechos trágicos y lejanos, ante la mirada amarga del ex uniformado. El hombre finaliza su relato diciendo que recuerda que el ex uniformado que tiene al frente era uno de los militares que hace casi 46 años participó en la muerte de esas personas.

La actuaria se dirige al ex uniformado y le pregunta que tiene que decir, negando aquél terminantemente su participación en los hechos descritos. La actuaria pregunta entonces:

– “¿Dónde estaba Ud. el día XXX del mes XXX de 1973?”

– Responde el ex uniformado: ¿Cómo voy a recordar donde estaba un día determinado de hace más de 40 años si apenas puede uno recordar donde estuvo uno un día X del mes pasado?

– ¿Entonces no recuerda donde estaba?, porque su unidad militar se desempeñaba en la zona en que se relatan los hechos insiste la actuaria

– No, no recuerdo…, pero en los hechos en los que se me intenta involucrar no estaba…, un hecho así no se olvida.

– La actuaria se dirige entonces al hombre sentado junto al ex uniformado y le pregunta si tiene algo más que decir. “En mi recuerdo de hace 45 años atrás, en mi mente yo lo tengo a él”… dice.

– El ex uniformado vuelve a negar su participación y solicita entonces que quede textualmente en el expediente la forma en que su contradictor se ha expresado.

Días después el ex uniformado es detenido, sometido a proceso, despedido de su trabajo, confinado en un recinto militar a disposición del tribunal por más de un mes debiendo contratar un abogado, y pagar una fianza para poder salir en libertad, después de habérsele negado en reiteradas oportunidades por considerársele “un peligro para la sociedad”.

Un par de años después, en  circunstancias que rara vez ocurren y que normalmente han terminado con los ex uniformados condenados…, casi milagrosamente dado el tiempo transcurrido, y gracias a la reunión de antecedentes obtenidos por el propio acusado y no por la investigación del tribunal, el ex uniformado logra demostrar su ninguna participación en los hechos, lo que le permite ser absuelto por el juez, pero aún continúa procesado, arraigado, con firma mensual hasta que su causa sea resuelta en los tribunales superiores, dentro de meses o quizás años más.

Querido lector, el hecho que se relata es real…, por razones obvias no se entregan más detalles. Lo importante aquí es destacar que situaciones como estas la viven hoy cientos de ex uniformados, que en su mayoría siendo jóvenes subalternos, soldados, suboficiales u oficiales integraron las Fuerzas Armadas en 1973, son citados a comparecer a un tribunal sin asistencia de abogado, donde el imputado y los testigos declaran al tenor de las preguntas del actuario en un procedimiento escrito de carácter secreto en la etapa de sumario y mediado a través de actuarios, donde una sola persona, el juez, es el encargado de investigar y dictar sentencia, lo cual  lógicamente, no le permite un necesario distanciamiento para dictar una sentencia más objetiva.

Es decir, no hay para los ex uniformados procesados como si lo hay para el resto de los chilenos, la presencia del Juez de Garantía, quien es el único autorizado para disponer el ingreso a un recinto penitenciario, donde hay un Ministerio Público, a cargo de la instrucción en el proceso, dirige y coordina la labor policial durante la investigación garantizando una mayor imparcialidad; donde el procedimiento se hace en forma oral, público y desformalizado, en que las partes están ante el Ministerio Público, Juez de Garantía o Jueces de Tribunal Oral en lo Penal directamente, sin intermediarios; donde el El Fiscal, estudia los antecedentes de la investigación y acusa ante el Juez de Garantía, en presencia del Defensor; donde acusados y testigos deben ser interrogados por un Fiscal y un Defensor ante el o los Jueces, en términos claros y comprensibles; donde se restringe la prisión preventiva a los casos realmente necesarios y amplía otras posibilidades de medidas cautelares contra el imputado; donde las pruebas de testigos, peritos, material y de cualquier otro tipo, para que tenga valor, deben rendirse en el juicio oral y público.

Todas estas garantías de procedimientos legales  que son aplicadas a todos los chilenos, le son negadas a los ex uniformados que son juzgados bajo un sistema procesal penal derogado en Chile el año 2005.

A modo de conclusión, quisiera dejar aquí las consideraciones empleadas por Dn. Orlando Sáenz Rojas, ex Presidente de la Sociedad de Fomento Fabril entre 1971 y 1974; opositor al régimen militar; Presidente del movimientos de independientes por el NO en el plebiscito de 1.988; que apoyó la candidatura de Patricio Aylwin quien fuera elegido Presidente en 1.989 ; y que fuera candidato a Senador en la V Región el mismo año, haciendo fervientes llamados a investigar y castigar  las violaciones de derechos humanos ocurridas durante el régimen militar; quien cansado de ver el abismo creado por la izquierda entre la civilidad y el mundo militar y constatar la injusta persecución masiva que vivían (y siguen viviendo los ex uniformados), escribió en Septiembre de 2013, en la conmemoración del cuadragésimo aniversario del movimiento militar de 1973, un artículo que él definió como “especialmente melancólico, podríamos llamar, dedicado al tema de la falsificación de lo ocurrido en 1973 y del significado del antes y después de lo que entonces había ocurrido”, expresando en algunos párrafos:

“Basta esta sucinta reflexión sobre lo que todos sabemos para sospechar la anchura y profundidad del abismo que se ha creado entre la sociedad civil y el mundo castrense a raíz del tratamiento que le ha dado la nueva democracia chilena a las violaciones de derechos humanos ocurridas durante ese periodo. Y ello por razones tan numerosas como evidentes:

– Porque, en base a dudosos argumentos, se arrastró a tribunales civiles a muchos que debieron ser juzgados en su propio ámbito militar.

– Porque, en base a otros dudosos argumentos, se eludió la ley de amnistía y se anuló incluso el límite de tiempo mediante el inverosímil expediente de considerar la desaparición como delito de secuestro permanente.

– Porque muchos militares fueron condenados por los mismo tribunales civiles que fueron más culpables que ellos como instrumentos de los crímenes del régimen al que obsecuentemente sirvieron.

-Porque casi ninguno de los verdaderos responsables volitivos de esos crímenes desfiló ante los tribunales de justicia.

– Porque hoy, a 40 años de los hechos, se sigue acosando a muchos que eran subalternos de subalternos en aquella época.

– Porque se hizo tabla rasa del dogma de la obediencia debida, que hasta los aliados respetaron después de la Segunda Guerra Mundial, y a pesar del mayor genocidio que conoce la historia de la humanidad (solo se juzgó y condenó a aquellos en que se pudo demostrar que tenían el libre albedrío suficiente para evitar los crímenes en que participaron).

– Porque la casi mitad de Chile que casi logró prolongar el régimen militar hace 25 años enmudeció y desapareció como por encanto cuando llegó la hora del ajuste de cuentas. Hoy es tan difícil encontrar un pinochetista como fue difícil encontrar un allendista a los pocos meses de gobierno castrense.

– Porque el aprovechamiento político del asunto de los derechos humanos llegó a límites repugnantes el pasado septiembre, en que, con la propia colaboración del gobierno, se falsificó la historia en forma que el propio Homero habría envidiado.

– Porque ver a los comunistas embanderar el Penal Cordillera cuando su partido es miembro centenario de un panel internacional autor de los peores crímenes contra los derechos humanos que se conocen, es una afrenta insoportable para los militares chilenos (como que uno se suicidó de vergüenza).

– Porque la repetida historia de que todo lo ocurrido afecta a personas y no a la institución militar es un eufemismo que no creen ni los que lo afirman.

– Porque de sus caídos en la “guerra sucia” nadie se acuerda en el mundo civil, mientras que Santiago arde en cada aniversario del joven combatiente que cayó desafiando la ley y el orden.

Creo que Chile no puede vivir con un foso de recelo y resentimiento entre la sociedad civil y el estrato militar. No tenemos situación internacional para continuar con lo que, a estas alturas, no es otra cosa que un sainete en cuyo reparto nunca estuvieron todos los que son ni son todos los que estuvieron. Hace rato que sonó la hora en que, por el bien y la seguridad de Chile, hay que ponerse a la tarea de restaurar el respeto y la confianza entre esos dos universos. Yo no sé si los políticos chilenos han postergado esa imprescindible tarea por ceguera intelectual o por conveniencia electoral, como demostró el aquelarre de septiembre pasado, pero sí que sé que mejor harían en aplicarse a resolver este problema de imperativa importancia en lugar de perder el tiempo atendiendo a la agenda que les dictan los agitadores de la calle.”

Seis años han pasado desde que Orlando Sáenz escribió el artículo ya reseñado y nada ha cambiado…, lejos de eso…, viejos ex soldados y policías la mayoría subalternos en 1973, siguen siendo arrastrados a los tribunales con acusaciones vagas y sin las garantías de un debido proceso…

William Blackstone (1723 – 1780), jurista anglosajón parlamentario, autor de numerosos textos de derecho, cuyos escritos tuvieron influencia decisiva en el desarrollo de la Constitución de los Estados Unidos de América, dejó un principio del derecho penal, la fórmula de Blackstone (también conocida como ratio de Blackstone), que establece que: “es mejor que diez personas culpables escapen a que un inocente sufra”.

Para la izquierda, los tribunales chilenos y el gobierno de Sebastián Piñera, este principio no existe, cuando de militares se trata, por lo que es posible afirmar que aplicar “justicia” de esta manera no es “justicia”… mas bien parece venganza por haber integrado las FF.AA. durante el régimen militar

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