Necesaria reforma constitucional

Cuando se modificó el sistema procesal penal mediante la reforma constitucional de la Ley 19.519 en el año 1997, y luego cuando se dictó la Ley Orgánica del Ministerio Público mediante la Ley 19.640 del año 1999, se aprobó un sistema gradual de aplicación de la reforma procesal penal que permitía su implementación en el país en distintas etapas, incorporándose algunas con posterioridad, como sucedió con la Región Metropolitana. Finalmente, luego de varias leyes modificatorias, el nuevo sistema procesal penal entró a regir en todo el país en junio del año 2005.

Este sistema de vigencia gradual que se aplicaba exclusivamente a los hechos acaecidos con posterioridad a la entrada en vigencia de las nuevas disposiciones en las distintas regiones y que además disponía que las causas que versaban sobre hechos ocurridos con anterioridad a la vigencia de la reforma se regían por el sistema procesal penal antiguo, fue fuertemente criticado por algunos constitucionalistas porque se vulneraba el principio de la igualdad ante la ley. Sin embargo, algunos estimamos que esta vigencia gradual era necesaria por tratarse de sistemas procesales enteramente distintos.

En conversaciones que sostuvimos con distintas autoridades, pude constatar que se estimaba que, a lo sumo, el nuevo sistema debía estar en vigencia en todo el país, en un período de 10 años, esto es, alrededor del año 2010.

Sin embargo, subsisten importantes causas del sistema antiguo que se rigen por los principios inquisitivos y que no cumplen con las garantías procesales y esenciales que deben regir la justicia moderna punitiva.

Estimamos que ello no se aviene con los propósitos del constituyente de 1997 y que es urgente efectuar las reformas constitucionales y legales para que en Chile exista un solo sistema procesal penal, igual para todos y con las garantías que dispone el nuevo sistema procesal acusatorio.

Todavía hay muchas personas que no comprenden la dualidad de los sistemas procesales y poco entienden de las informaciones que dan cuenta de que algunos casos los conoce la nueva justicia penal y que otros permanecen en la justicia antigua.

En síntesis, nuestra opinión es que ya es el momento de que el legislador efectúe una reforma constitucional de fondo para que todas las causas penales del país sean regidas por el mismo sistema acusatorio y no inquisitivo, efectuándose los ajustes legales que sean necesarios.

Guillermo Piedrabuena Richard
Ex fiscal nacional del Ministerio Público 

Más Artículos

Artículos de Opinión

Derechos Humanos en Chile

Paradoja deshumanitaria. Carla Fernández Montero 10 de mayo de 2024 Hemos observado a través de la prensa que el Ministro de Justicia y DDHH Luis Cordero, ha intentado compartir responsabilidades co...

Leer más

Artículos de Opinión

FF.AA. y Carabineros

La verdad va saliendo de a poco:   La amputación de la mano derecha del soldado Conscripto del R I 24 “Huamachuco”, no se habría debido a una hipotermia, sino un shock séptico grave, p...

Leer más

Artículos de Opinión

GOBIERNO Y POLÍTICA

        Enrique Slater @slater_enrique La opinión de una prestigiosa columnista, respecto a las amenazas que desde hace ya tiempo afectan al alma misma de la Patria, se reconoce y...

Leer más