Por una justicia “justa”

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Por Roberto Hernández Maturana

En recientes declaraciones al diario La Tercera, el 12 de Noviembre de 2016, el Presidente de la Corte Suprema, Dn  Hugo Dolmestch Urra, al referirse a las libertades condicionales,  que hasta el momento han sido negadas a los militares que se encuentran en prisión acusados por crímenes de lessa humanidad dijo:

“Partir de la base que obtener la libertad condicional se transforma en un derecho y no en una dádiva, significa que todo aquel que cumpla con los requisitos objetivos que señala la ley tiene el derecho a salir, y allí no están exceptuados los militares. Así lo establece la legislación actual, que no ha sido modificada. Creo, en lo personal, que no debiera haber ninguna diferencia entre una persona condenada y otra. Desde el momento que fue sentenciada y se ejecuta la pena, el Poder Judicial ha cumplido con el ejercicio de su derecho a procesar y castigar, pero no ha cumplido con el deber que tiene de rehabilitar. La mayoría dice “es que son delitos de mucha gravedad, de lesa humanidad”.

A continuaciónhugo-dolmestch agregó,” yo creo que (los condenados por DD.HH.) tienen derecho a la libertad, pero esa es una opinión personal. No sé si saldrá la nueva ley (que les restringe los beneficios a este tipo de condenados). La ley no debiera contener algún tipo de excepcionalidad. Debiera ser pareja para todos.”

Más adelante el Presidente de la Corte Suprema manifestó: “estos militares terminaron hace tantos años, entonces, están siendo condenados a penas altas, gente muy vieja, que está enferma y que tiene dificultades, incluso mentales y físicas. Sería incluso una expresión de respeto a los derechos humanos de que mucha gente pudiera salir a cumplir a su casa. El derecho humano de las víctimas se cumplió, fueron sentenciados, y ahora viene el derecho humano de los condenados.”

Al finalizar sus apreciaciones sobre este tema, el Presidente Dolmestch  dijo que “el sistema está concebido así. El Poder Ejecutivo tiene la facultad de perdonar, porque es tan humano perdonar y el perdón tiene que tener un efecto.”

Es necesario reconocer que para que una autoridad del país, diga lo que dijo el Presidente de la Corte Suprema, debe tener mucha valentía. Las críticas de los sectores políticos de izquierda, como el Partido Comunista y las agrupaciones de familiares de “víctimas de la dictadura”, no se han hecho esperar, solicitándole incluso su renuncia.

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Por otra parte, pocos meses atrás el abogado de la Vicaría de la Solidaridad, Héctor Salazar defendió en CNN los beneficios penitenciarios a los que podrían acceder los reos de Punta Peuco, Indicando que “estar en dicho penal no tiene beneficios y que hay “discriminación” en esta materia. Al respecto Salazar dijo  “La calificación y la gravedad del delito fue condenado al momento de sentenciarlo, y ahí se aplicó la normativa vigente en Chile para sancionarlo. Ahora bien, si se le pretende sancionar de nuevo negándole beneficios a los que tendrían derecho si cumplen los requisitos, se está incurriendo en una doble sanción, lo que repugna todo estado de derecho”.

Sin embargo, en los últimos días al discutirse en la Cámara de Diputados una ley para otorgar beneficios carcelarios a quienes están en prisión diputado Comunista Hugo Gutiérrez propuso una “indicación” hugo-gutierrezen el sentido de que los condenados por crímenes de lessa humanidad entre 1973 y 1990, no podrían tener derecho a optar a este beneficio, aún cuando cumplan todos los requisitos por los que si se beneficia a los delincuentes comunes (indicación apuntada netamente a dejar fuera del proyecto a los militares presos).

Pero la verdad es que la discriminación político – judicial no sólo se ve en la denegación de beneficios carcelarios, la situación que sufren los militares presos y procesados que desconoce la mayor parte de la ciudadanía, va mucho…, muchísimo más allá.

Sirva como ejemplo la carta que enviara al Diario El Mercurio el abogado de  Marco Enríquez Ominami, Juan Carlos Manríquez Rosales, publicada el 27 de Octubre de 2016, donde al quejarse de la tarea de los fiscales que persiguen a su cliente, manifiesta que el sistema procesal penal instaurado en Chile desde el año 2000, está basado “en los principios de un actuar objetivo de la fiscalía, igualdad de armas, contradictoriedad y bilateralidad, además de buena fe procesal”, con control horizontal de los intervinientes y con un juez imparcial donde fiscalía y defensa nuevo-codigo-procesalse presentan como iguales, reclamando finalmente que es misión irrenunciable de la defensa el “hacer pasar por el test de legalidad y pertinencia en todo momento cada acción de quien ejerce el poder penal del Estado, cuando con su conducta afecta los derechos del ciudadano”.

Lo expuesto por el abogado Manríquez es justamente lo que por años vienen solicitando miles de militares en retiro, procesados y/o condenados por hechos acaecidos hace más de 43 años, bajo un sistema procesal penal derogado en Chile, carente de las garantías procesales que expone el abogado de MEO, siendo entonces los militares en retiro los únicos chilenos sometidos a un sistema judicial de carácter inquisitorial, que presume al acusado culpable, y que se continúa aplicando a los uniformados, acusados muchas veces con pruebas o testimonios tan febles que en el nuevo sistema procesal penal no habrían tenido cabida.

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Ni hablar de la prescripción del delito y la amnistía que se aplicó sólo a militantes de movimientos de izquierda acusados o condenados por terrorismo, ni de los procesos por lessa humanidad que se aplica a los militares, basado en el Estatuto de Roma suscrito por nuestro país el año 2009, pero que se aplica en Chile con efecto retroactivo por hechos acaecidos 36 años antes…  Una barbaridad que sólo se ve en nuestro país.

Así Preceptos legales vigentes, entre otros, la Igualdad ante la ley (Art.19 /2 Const. Pol. Del Estado); la Irretroactividad de la ley ; la Cosa Juzgada; la  prescripción; la ley de amnistía (DS. 2.191 de 19.Abr.1.978); la obediencia debida; la presunción de inocencia; la buena conducta anterior y posterior; la no aplicación del debido proceso; la denegación de beneficios carcelarios, son condiciones que no se aplican a los presos y procesados militares.

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Hoy  la  población penal  de Punta de Peuco, alcanza 122 reclusos (capacidad casi completa), cincuenta y seis de ellos tienen 70 años o más, siendo el promedio de edad de 76 años, varios de ellos  tienen cáncer en diverso grado de evolución, y al menos  60 internos están enfermos crónicos. Ocho internos han cumplido con los requisitos que se exigen para beneficios carcelarios los que han sido denegados.

Cabe hacer presente que el promedio de edad en los otros centros penitenciarios chilenos es de 25 años.

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Respecto del penal en cuestión el sacerdote Jesuita Fernando Montes, “tiene enormes controles y tiene incomodidades propias de una cárcel. Por lo pronto, no se pueden mover, hay horarios rígidos, no salen. Ahí no se aplica el régimen de beneficios y salidas que existen en otras cárceles, lo cual es bastante duro. Así como muchos consideran que en esa cárcel hay mejores condiciones de vida, es necesario reconocer que en cuanto a beneficios se discrimina al revés; las condiciones son más duras”.

Por  otra parte, casi 1.500 integrantes de las FF.AA., Carabineros y PDI en retiro hoy se encuentran en calidad de procesados, acusados o condenados.  De ellos, casi 100 son mujeres.

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Necesario es hacer presente que la gran mayoría de los hoy procesados y/o condenados en la época trágica de 1973, tenían entre 20 y 30 años y ostentaban grados muy subalternos, estando la mayoría de los jefes y superiores de entonces fallecidos.

Así,  los militares en retiro sienten que no se aplica la misma justicia que se da a todos los chilenos, donde se sienten considerados culpables antes de haber iniciado el juicio, cuando la mayoría del pueblo chileno desconoce y es indiferentejusticia-ciegate a su suerte, después de 28 años  (desde el retorno a la Democracia), escuchando una versión unilateral de la historia, que una importante cantidad de compatriotas cree y asume como verdad y divulga sin conocimiento de causa.

De esta forma, las declaraciones del Presidente de la Corte Suprema y las de otras personalidades relevantes en nuestro país, abren una pequeña ventana de esperanza a los militares en retiro que piden una justicia “justa”…, la misma que se aplica a todos los chilenos.

 

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