EL TRIBUNAL APLICÓ LA LEY
EL TRIBUNAL APLICÓ LA LEY
22/04/2026
Por Humberto Julio Reyes
Leyendo este titular, el paciente lector quizás se pregunte: ¿cuál sería la noticia o que tiene eso de extraordinario?
Sin embargo, la frase corresponde a la abogada Carla Fernández, al comentar el reciente fallo de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que acogió por unanimidad el recurso de amparo que ella interpusiera en favor de su cliente, quien llevaba meses hospitalizado, sin poder valerse por sí mismo, esperando que alguien le aplicara la norma que lo protege.
La sentencia parece haber sorprendido ingratamente a un exitoso y conspicuo querellante, don Nelson Caucoto, quien apelaría, junto con reprochar que no lo haga la abogada de la Subsecretaría de Derechos Humanos quien sí alegó para evitar que un hombre de 95 años, en estado de enajenación mental irreversible, pudiera morir en su casa.
La actitud del mencionado querellante es comprensible, su trabajo pareciera consistir en impedir cualquier recurso que haga compatible el cumplimiento de una pena con la dignidad del preso y las obligaciones internacionales del Estado de Chile, predicamento que habitualmente ha sido coronado por el éxito.
Aunque una golondrina no hace verano, la sentencia es esperanzadora para quienes confían en la aplicación de la ley vigente y en forma imparcial, lo que no es frecuente en los procesos sobre causas de derechos humanos, como nuevamente lo deja en evidencia el abogado Adolfo Paúl en su recientemente publicada segunda edición ampliada de su libro “Prevaricato”, donde afirma que la obra maestra de la injusticia es parecer justo sin serlo y, para respaldar su juicio, analiza diecinueve casos que califica de aberrantes.
Paralelamente en la región de la Araucanía el poder judicial enfrenta una compleja situación a raíz de una querella por prevaricación, interpuesta por la misma abogada Carla Fernández, en contra del ministro Álvaro Mesa Latorre, que ha debido ser derivada a otra jurisdicción debido a su condición de presidente de la Corte de Apelaciones de Temuco.
Dicha querella se origina en la condena a presidio perpetuo impuesta por dicho ministro a un joven oficial que, en 1973 y según los testimonios aportados en la causa, no se encontraba en el lugar de los hechos.
Este es uno de los casos analizado por el abogado Paúl.
¿Se aplicará le ley en esta segunda oportunidad?
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