Condena a Cheyre

Respecto de la condena al general Cheyre, leo con incredulidad que el juez confirma que “no hay certeza acerca de que haya participado con actos anteriores o simultáneos a la ejecución de las víctimas” (…), y que no tuvo parte en las ejecuciones “ni como autor ni como cómplice”. Así, la condena se fundamenta en que el entonces teniente Cheyre habría facilitado a los malhechores los medios “para ocultar los efectos del delito, suministrándoles además un cobijo noticioso”.

Es decir, estamos ante una condena que no tiene nada que ver con detenidos desaparecidos, ni con torturas, ni con la participación en algún ilícito, sino con la supuesta inacción del acusado con posterioridad a los hechos. Con tal criterio, todos los miembros de las FF.AA. y Carabineros en servicio activo en 1973, más los civiles que fueron parte del gobierno militar, son sospechosos de encubrimiento y deberían ser juzgados. Creo que debemos meditar a dónde nos puede llevar el activismo judicial.

Miguel A. Vergara Villalobos

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