Democracia judicial

 

Por Axel Buchheister

 

En la semana dominó, más que cualquier hecho político, el protagonismo judicial. Un síntoma que algo no anda bien, pues los jueces no están llamados a tener protagonismo. Así, el ministro vocero (S) de la Corte Suprema opinó sobre el asilo político concedido en Francia a Ricardo Palma, condenado por graves delitos, diciendo que “entendemos y aceptamos la autonomía e independencia del Estado de Francia para esta decisión”. Un pronunciamiento poco “soberanista” que no cayó muy bien en diversos sectores, incluida la propia Corte. Pero lo más complicado fue que contradijo la reacción oficial del gobierno, importando ello una interferencia indebida en la conducción de las relaciones exteriores, que compete exclusivamente al Presidente de la República. Los jueces hablan por medio de sus fallos y la Corte ya habló al dar curso al pedido de extradición; y no había nada más que agregar.

El problema de fondo es por qué la Corte Suprema debe tener un vocero y opinar sobre la contingencia. En las democracias sólidas no se usa, los jueces deben ser sobrios y prescindentes. Ni siquiera explican sus fallos, que tienen que explicarse por sí mismos, pues de lo contrario hay un problema de calidad -en el mejor de los casos existen los silabus (resúmenes) para hacerlos accesibles al ciudadano común-, ni tampoco salen a defenderlos de las críticas. Es el debate de los expertos el que ilustra a la ciudadanía sobre su mérito y pertinencia.

Luego tuvimos un protagonismo del mismo tribunal, más delicado, porque no fue de mera opinión sino que de decisión, al ordenar al Estado financiar un medicamento para un niño por un valor exorbitante -unos $ 500 millones anuales-, más allá de lo que establece la ley que regula el tema. Este pronunciamiento ha sido sólidamente cuestionado por diversos analistas y no vale la pena repetir. No obstante, cabe reflexionar que si tal es el poder de los tribunales, para qué tenemos legisladores. No hacen falta, que todo se rija por fallos que se van dictando según los casos. No se entiende para qué se discutió la ley “Ricarte Soto”, si después los jueces disponen otra cosa. Más aún, también sobra el Tribunal Constitucional, porque si la ley existente no es suficiente al ser confrontada con el derecho a la vida consagrado en la Constitución -como en el fondo se dictaminó-, entonces es inconstitucional, algo que se supone que sólo podría ser declarado por la magistratura constitucional, y no por los tribunales de justicia.

La Corte Suprema está ampliando sus prerrogativas, asumiendo las que competen a otros órganos del Estado, y lo sorprendente es que el mundo político, principal afectado, no lo cuestiona. La izquierda porque está feliz, ya que lo que no pudo obtener en el Congreso lo agregan los jueces; y la derecha porque no se atreve, puede perder en las encuestas. Si la democracia chilena va a funcionar así, entonces que los jueces al menos sean electos.

 

 

 

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